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(Año de 1534.—Mayo 21, Toledo.)—Cedula dirigida al capitan Francisco Pizarro para que pueda dar á las personas que se han hallado en la conquista y poblacion, y de nuevo fueren a se avecindar, tierras solares y caballerias residiendo cinco años.—(A. de I., 109-7-1, lib. 1.º, fol. 179 vuelto.)
El Rey. Capitan francisco piçarro nuestro governador dela provincia del Peru, sebastian Rodriguez en nonbre delos conquistadores e pobladores desa provincia me suplico vos mandase dar licencia para que en los lugares que poblasedes pudiesedes repartir entre los vezinos y pobladores dessa provincia solares en que hedificasen y casas e huertas y caballerias e peonias de tierras o como la mi merced fuese et yo acatando lo suso dicho tovelo por bien e por la presente vos doy licencia y facultad para que ansy a las personas que se han hallado en la conquista y poblacion desa dicha provincia como a los que de aqui adelante fueren a se avezindar en ella les podays repartir solares en que edefiquen casas e huertas e las caballerias e peonias de tierras en que puedan labrar e granjear guardando en ello la orden y moderacion que thenemos mandado guardar en los semejantes repartimientos e resydiendo los vezinos a quien asy los repartierdes los cinco años que son obligados les hazemos merced dellos y mandamos que los puedan gozar segun y como y en aquellas cosas que los vezinos de las nuestras yndias gozan y pueden gozar delas caballerias de tierras e solares que les estan repartidos por nuestro mandado e comision. Fecha en Toledo a veynte y un dias del mes de mayo de mill e quinientos y treynta y quatro años. Yo el Rey. Refrendada del comendador mayor y señalada del cardenal y beltran y bernal.