124.

Relación de los pesos de oro que se han entregado, recibido y cobrado, por el Factor Fernando de Castro, Andrés de Duero y Lope Hurtado, Tesoreros que han sido de S. M., desde 4 de Abril de 1528, hasta 30 de Abril de 1529. Así de los diezmos de lo fundido, como de almojarifazgo y deudas pertenecientes á S. M. (A. de I., 54, 1, 34.)

Cargo de Andres de Duero.

Primeramente se le cargan al dicho Andres de Duero ciento e dos pesos e siete tomines e quatro granos de oro que recibió, que perteneció a Vuestra Magestad de diezmo de oro fino que se fundió. CII pesos, VII tomines, IIII granos.
Yten se le cargan quarenta pesos e quatro tomines e honce granos que recibió de la Renta del almojarifazgo. XL pesos, IIII tomines, XI granos.
CXLIII pesos, IIII tomines, II granos.

Descargo al dicho Andres de Duero.

Descárgansele al dicho Andres de Duero que pagó por libramiento del contador de Vuestra Magestad. XI pesos, II tomines, VIII granos.
Yten se le descargan que se halló en su arca despues de su fallecimiento. CXXX pesos, VII granos.
CXLI pesos, III tomines, IIII granos.
Hasele de alcanse, dos pesos e honce granos. II pesos, XI granos.

Cargo al fator Hernando de Castro.

Primeramente se le cargan que recibió, que se halló en el arca del dicho thesorero Andres de Duero. CXXX pesos, VIII granos.
Yten se le cargan que recibió de la Renta del almoxarifazgo. DCCL pesos, II tomines, VIII granos.
Yten se le cargan que rrescibió de diezmo que pertenescia a Vuestra Magestad de oro que se fundió fino. CCCCX pesos, V tomines, I grano.
Yten se le cargan que rrescibió de diezmo de oro baxo de quilates e syn ley que se fundio. LVI pesos, V tomines, I grano.
Yten se le cargan que rrescibio de debdas pertenescientes a Vuestra Magestad, devidas en la villa de la Habana. XLIIII pesos.
Yten se le cargan que rescibió de debdas del cargo del thesorero Andres de Duero. XVIII pesos.
Yten se le cargan que rescibió de debdas que se debian al thesorero Pero Nuñez de Guzman. CXXXI pesos, IIII tomines, VIII granos.
Yten se le cargan que rescibió de debdas de Vuestra Magestad del cargo del thesorero Pero Nuñez. XXV pesos, XI granos.
Suma todo el cargo del dicho fator. IƆDIX pesos, VI tomines.

Descargo del fator Fernando de Castro.

Descárgansele que parece que ha dado he pagado por libramientos del contador de Vuestra Magestad. CCLVIII pesos, II tomines, VI granos.
Yten se le descargan que dio en entrego al thesorero Lope Hurtado, oro fino. IƆLVL pesos.
Yten se le descargan que entregó al dicho thesorero Lope Hurtado los LVI pesos, V tomines, I grano de oro baxo de su cargo. LVI pesos, V tomines, I grano.
Yten da en descargo que ha tomado para su salario como thesorero, por virtud de la provision de Vuestra Magestad. CXLVIII pesos, IIII tomines.
Hasele de alcance al dicho fator. IƆCCCCLXI pesos, VI tomines, VI granos.
XLVII pesos, VII tomines, VI granos.

Cargo al thesorero Lope Hurtado.

Primeramente se le cargan que le entregó el dicho fator Hernando de Castro. IƆLV pesos.
Yten se le cargan que le entregó el dicho fator en oro baxo. LVI pesos, V tomines, I grano.
Yten se le cargan que rescibió de diezmo de oro fino que se fundió. IƆCLXXXV pesos, VII tomines.
Yten se le carga que rescibió de diezmo, de oro baxo de XXI quilates que se fundió. CCCLI pesos, VII tomines, V granos.
Yten se le cargan que rescibió de la renta del almoxarifazgo. CCXXIIII pesos, V granos.
Yten se le cargan que rescibio de las debdas que se devian al thesorero Pero Nuñez de Guzman. IƆDCVI pesos, V tomines, IX granos.
Yten se le cargan que rescibió de los bienes del thesorero Andres de Duero por el alcance de sus quentas. CCCCLXXXVII pesos.
Yten se le carga que rescibió de debdas devidas a Vuestra Magestad. CVI pesos, IIII tomines, IIII granos.
Por manera que monta todo el cargo hecho al dicho thesorero Lope Hurtado, IIIIƆDCLXV pesos, III tomines, VI granos de oro fino e CCCƆVIIII pesos, IIII tomines, VI granos y medio de oro baxo. IIIIƆDCLXV pesos, III tomines, VI granos.

Descargo al dicho thesorero Lope Hurtado.

Da en descargo y parece que ha dado e pagado por libramientos del contador de Vuestra Magestad. CCCV pesos, III tomines, II granos.
Yten se le descargan que pagó al almirante de las yndias de su décima de oro fino. CLXIX pesos, VII tomines, VII granos.
Yten se le descargan que pago al dicho almirante de su décima de oro baxo. XL pesos, VI tomines, VI granos.
Yten se le descargan que dió al secretario Francisco de los Cobos por provision de Vuestra Magestad IIƆ ducados. IƆDCLXVI pesos, V tomines.
Yten se le descargan que dió para enbiar a Vuestra Magestad en oro fino. IƆCCXCVII pesos.
Yten se le descargan que dió para enbiar a Vuestra Magestad en oro marcado de culeanacan. CCCLXXVIII pesos.
Yten se le descargan que dió para enbiar a Vuestra Magestad los CCCLI pesos VII tomines V granos y medio de or baixo de XIX quilates que estan en su cargo. CCCLI pesos, VII
Yten se le descargan que dió para enviar a Vuestra Magestad DCXLI pesos VII granos de oro baxo de XIX quilates que son de oro fino. DXLI pesos, II tomines, IX granos y medio.
Yten se le descargan que dió para Vuestra Magestad CXIIII pesos II tomines VI granos de oro de XIII quilates que son de fino. LXXI pesos, I tomin.
Yten dió para Vuestra Magestad XI pesos III tominesVgranos de oro de XVI quilates, son de fino. VIII pesos, V tomines, II granos.
Yten dió para Vuestra Magestad IX pesos IIII tomines de oro de guanines e VI pesos II tomines VII granos de oro de XIII quilates. XV pesos, VI tomines, VII granos.
Yten dió para Vuestra Magestad XXII pesos VI tomines de oro de XII quintales, son de fino. XII pesos, I tomin, V granos.
Yten dió para Vuestra Magestad en oro fino. LVIII pesos, VI tomines, V granos.
Yten se le descargan que toma para su salario de thesorero de Vuestra Magestad por la provisyon Real que tiene. CLVI pesos, III tomines.
IIIIƆDCLXV pesos, III tomines, VI granos.

Gonçalo Fernand.=Hay una rubrica.=Este oro que va agora para Vuestra Magestad se enbia por via de la ysla Española en XXV de mayo de IƆDXXIX años.