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(Año de 1536.—Setiembre 4, Valladolid.)—Real cédula concediendo á D. Fr. D. Sarmiento, Obispo presentado de Cuba, cien mil escudos adelantados para su aviamiento. (Acad. de la Hist. Colecc. Muñoz, t. 80, fol. 280 vuelto. Extracto y A. de I., 79, 4, 1.)
La Reyna=Nuestros oficiales dela ysla Fernandina: sabed quel emperador Rey my señor por la buena Relacion que tuvo de la persona meritos y vida de don fray Diego Sarmiento, le presento al Obispado de la dicha ysla, questa vaco, por muerte de don fray Miguel Ramirez, e agora el dicho don fray Diego Sarmiento me ha hecho Relacion ques poca la Renta dese dicho obispado y no se podrá sustentar con ella, y me suplicó mandase que sobre lo que valiesen los diezmos le diésedes a cumplimiento de mill ducados cada un año ó como la mí merced fuese, lo qual visto por los del mio consejo delas yndias y conmigo consultado, tovelo por bien; por ende yo vos mando que averigueys lo que monta la quarta parte de los diezmos dese dicho obispado el primero año quel dicho obispo llegare a esa dicha ysla, y sy la dicha quarta parte no valiese mill ducados de oro, cumplirleys lo que dello le faltase de qualesquier pesos de oro y otras cosas del cargo de vos el nuestro thesorero desde el dia quel dicho obispo se hiziere a la vela en el puerto de Sant Lucar de Barrameda para seguir su viaje a esa dicha ysla todo el tiempo que Resydiese en ese dicho obispado, de los quales ha de gozar e goze desde como dicho es el dicho obispo se hiziese a la vela en el dicho puerto de Sant Lucar de Barrameda para seguir su viaje a esa dicha ysla a adelante en cada un año por todos los dias de su vida, Resydiendo en ese dicho obispado y llegando la dicha quarta parte de los dichos diezmos a conplimiento de los dichos mill ducados cada un año no le deys cosa alguna de nuestra hazienda, e mando á las personas que por nuestro mandado os tomare cuenta de vuestros cargos, que vos Reciban y passen en cuenta lo que por virtud y conforme a esta cédula pagáredes al dicho obispo con su carta de pago o de quien su poder hoviese y con el traslado desta my cédula, quedando asentadas en los nuestros libros que vosotros teneys, y sobre escripta y librada de vosotros, tornad este original al dicho obispo, e no fagades ende al; fecha en Valladolid a quatro dias de Setiembre de mill e quinientos e treynta e seys años. Yo la Reyna.=Refrendada de Sámano; señalada del cardenal, Beltran, Bernal, y Velazquez.