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(Año de 1553.—Octubre 8, Habana.)—El gobernador Angulo noticia la llegada de una carabela que no ha podido alcanzar la flota y propone que los 25.000 pesos de S. M. que conduce queden allí para emplearse en la nueva fortaleza que se ha de hacer.—(A. de I., 54, 1, 31).

S. C. C. M.—En la armada de que vino por general Bartolome Carreño escrevi a vuestra Magestad dando relacion y quenta de los negocios desta ysla; lo que al presente se ofrece de nuebo es que viniendo de Cartagena para esto puerto Bartolome Carreño, envió una caravela a Honduras para que truxiese el oro y plata que a vuestra Magestad le diesen en aquella provincia, y esta se detuvo de manera que la armada no la pudo esperar y salio deste puerto syn ella, y entre el General y mi, se acordo que si la caravela tocase en este puerto sacase della todo el oro y plata que truxiese y se pusiese en recaudo fasta tanto que viniese flota en que pudiese yr a buen recabdo. La caravela llegó a este puerto a ocho de setienbre y traya veinte e cinco mill pesos de vuestra Magestad y hizo dellos conforme a lo acordado, queden depositados en poder de Joan de Rojas vezino desta villa. Si viniere flota que me paresca que puedan yr a buen recaudo enbiarlos he en ella, y si no esperaré fasta ver lo que vuestra Magestad manda que se haga. Tambien venian unos dineros particulares y por escusar el riesgo que de franceses podrian correr, provey que se quedasen aqui hasta que puedan yr con mas seguridad.

Por otras mias tengo dado relacion a vuestra Magestad de la necesidad que ay de la fortificacion deste puerto y theniendo que la voluntad de vuestra Magestad, es querer mandar hazer en el otra fuerça mas vastante de la que tiene, y que para ello a mandado librar dineros en la Nueva España, aunque fasta agora no ha avido efecto, me parecio que devia en esta coyuntura avisar a vuestra Magestad que seria muy conveniente cosa que destos dineros que vuestra Magestad aqui tiene, ó de otros que por aqui pasasen, mandase librar la cantidad que fuese servido que se gastase en esta obra, porque desta manera con mas brevedad se haria la fuerça y se escusaria el riesgo que ay en traerse los dineros de Nueva España o de otra parte fasta aqui. Nuestro señor la S. C. C. R. persona de vuestra Magestad guarde por largos tiempos con acrescentamientos de mayores reynos y señorios.=De la Havana a VIII de otubre de IUDLIII años.—De vuestra S. C. C. Magestad humilde siervo y vasallo que sus reales pies y manos bessa.=El doctor Angulo.