Obligación de España á enviar á estas Islas ministros de la Religión católica y á garantirla sólidamente.

Y no será así, finalmente, porque el Gobierno de la Patria jamás puede olvidar (respecto á este punto y á los demás que interesamos en la presente Exposición) el testamento de Isabel la Católica, ley fundamental y capital en estos dominios, por la cual está obligado á enviar aquí prelados y religiosos, y otras personas doctas y temerosas de Dios, para instruir sus vecinos en la fe católica y los doctrinar y enseñar buenas costumbres; porque ninguna cosa debe desear más que la publicación y ampliación de la ley evangélica y la conversión y conservación de los indios en la santa fe católica. «Y porque á ésto, como al principal intento que tenemos, enderezamos nuestros pensamientos y cuidado, mandamos y cuanto podemos encargamos á los de nuestro Consejo de Indias que, pospuesto todo otro respeto de aprovechamiento é interés nuestro, tengan por principal cuidado las cosas de la conversión y doctrina, y sobre todo se desvelen y ocupen con todas sus fuerzas y entendimiento en proveer y poner ministros suficientes para ello, y todos los otros medios necesarios para que los indios y naturales se conviertan y conserven en el conocimiento de Dios nuestro Señor, honra y alabanza de su santo Nombre, de forma que, cumpliendo Nos con esta parte que tanto nos obliga y á que tanto deseamos satisfacer, los del dicho Consejo descarguen sus conciencias, pues con ellos descargamos la nuestra.» (Ley 1a, Título X, lib. 6.o, y ley 8a, Tít. II, lib. 2o, de la Recop. de Indias.)

Al Consejo de Indias ha sustituído el Consejo de Ministros con el Ministerio de Ultramar, de cuya religiosidad y celo por cumplir los deberes fundamentales de su cometido no nos es permitido abrigar la menor duda.

Muy expresiva es también al propósito que nos ocupa la ley 65 del Tit. XIV, lib. 1.o de la misma Recopilación: «Mandamos á los virreyes, presidentes, oidores, gobernadores, y otras justicias de las Indias, que á los Religiosos de las órdenes que residen en aquellas provincias y se ocupan en la conversión y doctrina de los naturales, con entera satisfacción nuestra, de que Dios ha sido y es servido, y los naturales muy aprovechados, les den todo el favor para ello necesario, honren mucho y animen á que prosigan, y hagan lo mismo y más, si fuere posible, como de sus personas y bondad esperamos.»