[72] August., Serm. V de Calend., Jan., Opp., tomo X, págs. 621 y siguientes.—Tertul., De idolatría, cap. 14.—Cons. á Bingham, Antiq. Chr., vol. IX, págs. 6-8.

[73] Conc. Ant Isidor., can. 1.—Turon. II, a. 576, can. 17.—Roman., a. 744, can. 7.

[74] Concil. Trullanum. d. a. 692, can. 62.

«Por tanto, decretamos que sean abolidas entre los fieles las fiestas llamadas Calendas, y las llamadas Bota, y la que se celebra el día 1.º de marzo. Y reprobamos las danzas públicas de mujeres, causa de mucho daño y perjuicio, y las de hombres ó mujeres, que se celebraban entre los griegos en alabanza de sus falsos dioses, antigua costumbre contraria á la vida de los cristianos; y mandamos que ninguna mujer se disfrace de hombre ni al contrario, ni que se pongan máscaras cómicas, trágicas ó satíricas, ni que aclamen al abominable Baco al pisar la uva en los lagares ni al llenar de vino los odres; ni, por último, que arrastrados de su muy vana ignorancia, den furiosas carreras.»

[75] Bingham, Antiq. Christ., vol. VII, págs. 228 y 229, indica que los [Greek: bota] griegos no son distintos de los Vota latinos.

[76] Indudablemente son restos de las Dionisiacas, ó acaso de las Anthesterias ó fiestas celebradas en la primavera á Dionisio de Nysea, en el mes de febrero. V. Böckh, Staatshaushalt der Athener II, pág. 170, y las Abhandlungen der Berl., Acad. d. W. hist. philol. Classe, 1816, XVII, pág. 70. Siglos hacía ya que se habían prohibido las fiestas del dios del vino, aunque todavía subsistiesen vestigios de ellas; no sé si ya se ha hecho la observación de que probablemente dieron nacimiento á la fiesta del Carnaval.

[77] Sermón de San Eligio (nacido en 588, muerto en 659), inserto en d'Achery, spicileg., tomo V, págs. 215 y siguientes (en París, 1661), en donde dice:

Nullus in Calendis Januarii nefanda aut ridiculosa, vitulos aut cervulos, aut jotticos (al. uterioticos) faciat,—nullus in festivitate S. Joannis vel quibuslibet sanctorum solemnitatibus solstitia aut vallationes vel saltationes aut caraulas aut cantica diabolica exerceat.—Ludos etiam diabolicos et vallationes vel cantica gentilium fieri vetate nullus hæc christianus exercat, quia per hæc paganas efficitur. (V. Grimms deutsche Mithologie, Anhang., pág. 29.)

(Que ningún cristiano ejecute en las Calendas de enero acciones nefandas ó ridículas, ni remede novillos ó cervatillos ó enanos; que ninguno en la fiesta de San Juan ni en las de otro cualquier santo, sea el que fuere, celebre el solsticio con bailes, ni danzas, ni músicas, ni cánticos diabólicos.—Prohibid los juegos diabólicos, las danzas y los cánticos gentílicos, y que ningún cristiano haga esto, pues por ende se hace pagano.)—(T. del T.)

[78] Antigua costumbre romana, de que habla Dionisio de Halicarnaso. Fué abolida en. el Conc. Ant.-Isid, can. 1, y en el Pœnitential Roman. (Ap. Hetlinyarum, lib. VI, cap. 6.º)