La avaricia de Fernando V ni aun respetaba á los muertos. Hacíalos desenterrar i ser convertidos en cenizas á impulsos de la voracidad de las hogueras, i al mismo tiempo los hijos i herederos de los difuntos eran despojados de las haciendas que justamente i por la lei habian adquirido, i se veian reducidos en un punto á la mayor pobreza. Esto obraba aquel rei tan celebrado en nuestras historias por hombres aduladores, neciamente engañados ó cobardes. En las confiscaciones estribaba todo el gran celo por el acrecentamiento de la religion cristiana en sus tierras i señoríos: en las confiscaciones aquel deseo de mantener en sus estados la unidad religiosa, accion que tanto nos han cacareado sus panegiristas. Es cierto que las aplicaba á conquistar otras tierras; pero empobreciendo las suyas: i es cierto tambien que fué quien abrió la puerta á sus sucesores para que con la ruina del comercio i de la labranza en España, llevase á los reinos estraños la fama del valor español; el cual, como solo se ejercitó en su daño, i solo en guerras injustisimas, no consiguió mas que la admiracion i la envidia de los vencidos i opresos, i el hacerse entonces aborrecidisimo en todas las provincias del orbe que sintieron el yugo de sus armas, i el tiránico gobierno de sus reyes.
En el año de 1485, ofendidos muchos judaizantes de las disposiciones que contra ellos tomaba Pedro de Arbues (inquisidor entonces i hoi santo) determinaron darle muerte; la cual recibió estando de rodillas en la Iglesia Metropolitana del Salvador en Zaragoza á la hora de maitines, mientras que los demás canónigos rezaban en el coro. Pedro de Arbues iba armado, debajo del vestido, con una cota de malla, i llevaba para defensa de la cabeza un casquete ó cerbellera de hierro, oculto con un gorro sobrepuesto, por donde se ve que el santo iba prevenido para un lance semejante, aunque no le aprovechó en manera alguna ir tan armado i á punto de guerra. Amotináronse los cristianos viejos contra los judíos conversos, prendiéronse á varios, de estos, hiciéronse algunos autos de fe donde salieron á ser quemados vivos los muchos cómplices que hubo en la muerte del Santo inquisidor. I con las riquezas confiscadas á los castigados aumentóse nuevamente el real erario. Hernan Perez del Pulgar hablando de ellos decia: «E fueron aplicados todos sus bienes, para la cámara del rei é de la reina: los cuales fueron en gran cantidad.»
Cualquiera imaginara que con tantas confiscaciones que se llevan referidas, estarian poderosisimos los dos Católicos esposos; pero bien es que sepa que en imaginar tal cosa camina separado de la verdad cien millones de leguas de camino.
Los reyes don Fernando é Isabel, á pesar de la escelente negociacion que hacian por mano de los inquisidores, estaban reducidos á la mayor pobreza. I esto consistia en que encontraron el reino con grandisima miseria, i que ellos en vez de repararla, ocupados en las conquistas gastaban lo poco suyo, i á mas lo mucho ajeno que sacaban de los judíos conversos, castigados por el tribunal que componian los lobos i demás bestias feroces i carniceras que andaban por el mundo encubiertos con las apariencias de hombres.
Para mostrar lo que gastaron los Reyes Católicos en la guerra de Granada, voi á citar lo que acaeció en el cerco de Baza, i la forma que tuvo la reina para mantener todo el campo cristiano, segun se lee en Hernan Perez del Pulgar, pues aunque no soi mui amigo de ingerir en las historias en que pongo la pluma, muchas citas de pasajes de autores antiguos, con todo no será fuera de razon trasladar aquí algunos, porque con ellos correrá lleno de mas autoridad este mi trabajo, i hará enmudecer á los incrédulos con la relacion de muchas verdades que á ir desnudas en la sola narracion andarian en duda á riesgo de no ser acreditadas. Dice, pues, Perez del Pulgar en su citada Crónica de los Reyes Católicos, hablando del cerco de Baza: «E porque ningun mercader se movia á llevar mantenimientos para los vender por su interese propio, por las dificultades é pérdidas que habia en los llevar, la reina á fin de tener bastecida su hueste mandó alquilar catorce mil bestias. Otrosí, mandó comprar el trigo é cebada que se pudo haber en todas las cibdades é villas é lugares del Andalucía, i en las tierras de los maestrazgos de Santiago é Calatrava, é del priorazgo de San Juan fasta Cibdad-Real; é dió cargo á unos que lo recibiesen é á otros que los llevasen á los molinos, solicitando las moliendas.... lo cual (la cebada i harina) recibian oficiales puestos por la reina, é lo ponian en un lugar que se llamaba el alhóndiga. E aquellos que lo recibian, tenian cargo de lo vender á los de la hueste á un precio tasado, que ni bajaba ni subia mas. En esta negociacion, contado el precio que costaba el trigo é la cebada i el precio á como se vendia, i las costas que sobre ello se facian, se falló de pérdida en tiempo de seis meses, mas de cuarenta cuentos de maravedís. Pero allende de los otros gastos que se facian, convenia á la reina facer este gasto, á fin que las gentes del real estoviesen proveidas é no oviesen razon de se quejar de los mantenimientos. Otrosí, porque el cerco que se puso sobre esta cibdad se dilataba i el tiempo avia consumido gran suma de dineros que la reina al principio tenia, ansi de la cruzada como del subsidio é de sus rentas para sostener esta guerra, acordó de echar prestido en todos sus reinos. E luego embió sus cartas á todas las cibdades e villas para que le prestasen cierta suma de maravedís, según el repartimiento que á cada uno cupo. Allende de esto, escribió á perlados é caballeros é dueños é mercaderes é otras personas singulares que le prestasen lo que le podiesen prestar. E todos conociendo que la reina tenia cuidado de pagar bien estos prestidos, le prestaban cada uno lo que podia segun su facultad. E algunos caballeros é dueños é otras personas, conociendo la necesidad en que estaba, é veyendo en que lo gastaba, se movian de su voluntad á le prestar algunas sumas de oro é plata sin se lo demandar. E porque estos prestidos que podian ser en número de cien cuentos, no bastaban á los gastos continos que se recrecian en la guerra, acordó vender alguna cantidad de maravedís de sus rentas para que los oviesen por juro de heredad cualesquier personas que los querian comprar, dando diez mil maravedís por un millar. E destos maravedís que á este precio compraron muchas personas de sus reinos, les mandaba dar sus privilegios para que fuesen situados en cualesquier rentas de las cibdades, villas é lugares de sus reinos, para que los oviesen é llevasen todos los años fasta que les mandasen volver las quantías de maravedís que por ellos dieron. E este empeñamiento de rentas se ovieron asaz quantías de maravedís; pero porque todo este dinero se consumia é no bastaba á los grandes gastos del sueldo contino é otras cosas concernientes á la guerra, la reina envió todas sus joyas de oro é plata, é joyeles é perlas é piedras á las cibdades de Valencia é Barcelona, á las empeñar, é se empeñaron por grande suma de maravedís.»
I así como cada vez se empeñaba mas la guerra de Granada, mayores eran los gastos que tenian los Reyes Católicos, i menos las fuentes de donde sacarlos; i por eso, oprimidos de la necesidad determinaron acudir á muchos de los judíos no convertidos que mas famosos eran por sus riquezas, para que les hiciesen grandes préstamos pagaderos cuando se rindiese Granada. Así consta de muchos historiadores.
Luego que los Reyes ganaron esta ciudad en 2 de Enero de 1492, se vieron en el caso de pagar lo que habian ofrecido á los judíos sus acreedores; pero lo exhausto del erario les estorbaba desempeñar sus palabras, porque eran grandisimas las cantidades de dinero que habian consumido en una guerra tan larga i de curso tan vario i tan estraño, i las rentas menguaban de dia en dia; i andando en este apuro discurrió Fernando V el medio mejor de acabar con la deuda, que fué dar una cédula en 31 de Marzo de 1492 para que los judíos todos que habitaban por las aljamas de sus reinos se cristianasen en el término de cuatro meses, ó que saliesen espulsos del reino.
«Sepades (decian los Reyes Católicos) é saber debedes que porque Nos fuimos informados que hai en nuestros reinos é avia algunos malos cristianos, en las Córtes que fecimos en la ciudad de Toledo en el año pasado de 1480 mandamos apartar los judíos en todas las ciudades, villas é lugares de los nuestros reinos i señoríos, é dándoles juderías é logares apartados en que viviesen en su pecado, é que en su apartamiento se remorderian; é otrosi, ovimos procurado é dado órden, como se ficiese Inquisicion, en los nuestros reinos é señoríos: la cual como sabeis há mas de doce años que se ha fecho é face é por ella se han fallado muchos culpantes, segun es notorio é segun somos informados de los muchos inquisidores é de otras muchas personas religiosas, eclesiásticas é seglares, é consta é paresce ser tanto el daño que á los cristianos se sigue i ha seguido de la participacion, conversacion i comunicacion que han tenido é tienen con los judíos, los cuales se precian que procuran de subvertir de nuestra Santa Fe Católica &c. E porque los dichos judíos é judías puedan, durante el dicho tiempo fasta en fin del dicho mes de Julio, dar mejor disposicion de sí é de sus bienes é hacienda, por la presente los tomamos é recibimos só el seguro é amparo é defendimiento real é los aseguramos á ellos é á sus bienes para que durante el dicho tiempo fasta el dicho dia fin del dicho mes de Julio puedan andar é estén segaros é puedan vender i trocar i enajenar todos los muebles é raices, é disponer libremente á su voluntad é que durante el dicho tiempo, no les sea fecho mal, nin daño, nin desaguisado alguno en sus personas, ni en sus bienes contra justicia, só las penas en que incurren los que quebrantan nuestro seguro real. E asimesmo damos licencia é facultad á los dichos judíos é judías que puedan sacar fuera de todos los dichos nuestros reinos é señoríos sus bienes é faciendas por mar é por tierra, en tanto que no sean oro nin plata, nin moneda amonedada, ni las otras cosas vedadas por las leyes de nuestros reinos, salvo mercadurías que non sean cosas vedadas ó encobiertas.»
I en prueba de que el rei don Fernando V no se dejó llevar al disponer la cédula para la espulsion de los judíos, de mas propósito que el interés, bien quedándose con el dinero que no podia pagar á tantos i tan grandes acreedores, bien obligando á muchos de los judíos á convertirse á la fe, para que luego la Inquisicion formase proceso á los mas acaudalados con que todas sus riquezas pasasen al fisco, voi á contar el suceso mas importante para confirmar nuestro parecer, porque él claramente demuestra que Fernando el Católico no miraba en todas sus empresas mas que el triunfo de su ambicion en conquistar tierras i dominios, i de su codicia en buscar dineros para conseguir sus intentos. Los judíos, pues, conociendo al rei, le hicieron la oferta de treinta mil ducados, con tal que revocase él i su esposa la cédula ordenada para su espulsion; i como estuviese ya dispuesto por el sabor del dinero á dejarse vencer de las instancias de los hebreos, i fuese sabido este propósito por el inquisidor Torquemada, valióse este bellaco de la confianza que le daba la autoridad de confesor del rei, para entrar en el aposento suyo, llevando encubierto en sus hábitos la imágen de Cristo crucificado, la cual descubrió diciendo: Júdas vendió una vez al Hijo de Dios por treinta dineros de plata. Vuestras Altezas piensan venderlo segunda vez por treinta mil. Ea, señores, aquí le teneis, venderlo. Así escriben este suceso Posevino en su Aparato sacro, i Luis de Páramo en su Origen de la Inquisicion, autores antiguos i fanáticos: lo cual prueba bien claramente cuanto se engañan aquellos autores que corrompiendo la verdad creen que este suceso es invencion de los estranjeros para manchar la buena fama de los Reyes Católicos, ó por mejor decir, de Fernando V. El mismo Torquemada, orgulloso con haber estorbado los designios de este favorables ya á los desventuradisimos hebreos, dió un furibundo edicto en que vedaba, conminando con los mas fuertes anatemas á los que caminasen en contrario, que ningun cristiano, pasado el plazo señalado en la real cédula, diese alimento ni otra cosa á los judíos que aun no se hubiesen convertido á la fe de Cristo.
Entonces dicen que los judíos españoles escribieron á los de la sinagoga de Constantinopla pidiéndoles parecer i consejo en lo que deberian obrar en tal lance, i que los de Constantinopla les respondieron con la brevedad que el caso requeria, i que consentian las distancias.