La segunda: si no teniendo estos padres jurisdiccion alguna temporal, causan al mundo tan graves y tantas inquietudes, ¿qué seria si por ventura hiciesen Papa á alguno de ellos? Lo primero llenaría el Colegio de Cardenales de su religion, y por este camino se perpetuaría en ellas el pontificado: secundariamente, gobernándose ellos por sus intereses y teniendo el apoyo y brazo del Papa, podian poner en peligro los estados de muchos príncipes, particularmente de los mas vecinos.

La tercera: procurarian por todos caminos que el Papa les diese alguna ciudad ó jurisdicción temporal, con la cual se harian camino para otras mil pretensiones, que no se podian conseguir sin daño de otros príncipes.

La cuarta: cuando el Colegio fuese renovado de estos padres, todo el patrimonio de Cristo estaria en sus manos, y como el hidrópico mientras mas bebe tanto es mayor su sed, así estos creciendo en su codicia con la grandeza, serian ocasion de mil alborotos; y porque no hay cosa mas sujeta á mudanza que los estados, procuran estos padres con todas sus fuerzas y artificios alterar las cosas mas que nunca para poder mejor por este camino introducir la forma de su dominio; entre tanto van ahora buscando y procurando reducir á su religion á algun primogénito de algun principe, que les haga donacion de su estado; y hubieran ya conseguido este su intento, si algunos habiéndoles entendido su pensamiento y traza, no se les hubieran opuesto; pero en el caso de arriba, sin dificultad se señorearian del estado eclesiástico; y como son sagaces y advertidos intentarian mil pretensiones para ensancharse, y no les faltarian medios para conseguir sus intentos, y cuando de esto no se siguiera otra cosa que los medios y sospechas en que vivieran los príncipes, y particularmente los mas vecinos, no seria inconveniente de poca consideracion.

Ello es necesario que para la conservacion de la quietud pública y para, los sosiegos de los estados de cada uno, para aumento de la Iglesia y bien del mundo, que la Santidad de Urbano VII, juntamente con la ayuda de otros príncipes cristianos, pongan algun freno á esta Compañía, que en los efectos anda sumamente desconcertada, para que despues no les suceda lo que les sucedió antiguamente á los de la familia de Dabio (cuyos pasos parece que imitan estos padres) que fueron destruidos en tiempo del emperador Claudio.

Cuando me sea mandado que escriba, y dé mi parecer acerca del remedio que se podia poner para regular estos padres sin ofensa ni daño suyo, antes con grandisimo útil, deseándoles hacer monarcas de las almas que son el verdadero tesoro de Cristo, y no del mundo y de sus intereses que es cieno vilisimo, me ofrezco á hacerlo con toda caridad y con las fuerzas que mas se sirviese darme su Divina Magestad.—Unum pro cunctis sufficiat opus.

Carta escrita al rey Felipe II en 18 de Febrero de 1571 en Amberes por Benito Arias Montano.

S. C. R. M.

Como leal criado y obligado por simplicidad cristiana y por fe de afectuoso servicio á todas las cosas que tocaren al de Dios y de V. M. y desembarazada administracion de las repúblicas que á V. M. son sujetas, haciendo en razon de esto, lo que en mí fuere, digo: Que una de las cosas que V. M. ha de mandar encarecidamente al gobernador y ministros que en estos estados están, ó á los que de nuevo vinieren, es que no se embaracen con los Teatinos ni les den mano alguna en los negocios, ni los adelanten en autoridad ó hacienda, mas de aquello en que al presente están en estos estados, y especialmente que el gobernador no se encargue de predicador ni confesor de ellos, porque en Dios y en mi conciencia, sé que esto cumple tanto como lo que mas al servicio de Dios, de V. M. y libre ejecucion del buen gobierno de estos estados; y V. M. tenga por cierto que de sus pretensiones y fines y del ingenio y fuerzas que ponen para conseguirlos, y de otras cosas particulares suyas, hay pocos en España (que no sean de su Compañía) que tengan cogidas en mas número y mas ciertas prendas, que yo, y no de un año sino de mas de quince á esta parte.