Por el Reverendo Padre Prior de Santo Domingo, Fray Manuel Alvariño, se dijo: Que se conformaba en todo con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Reverendo Padre Comendador de la Merced, Fray Juan Manuel Aparicio, se dijo: Que se conformaba en todo con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, reproduciendolo en todas sus partes.

Por el Reverendo Padre Prefecto de Bethelemitas, Fray José Vicente de San Nicolas, se dijo: Que se conformaba en todo con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Reverendo Padre Maestro, Fray José Ignacio Grela, se dijo: Que ha fenecido la autoridad del Exmo. Sr. Virey: que esta debe recaer en el Exmo. Cabildo, hasta tanto que, reunido el pueblo por medio de los Representantes que el mismo elija, designe los sugetos que deben componer la Junta Gubernativa hasta la reunion de las provincias interiores.

Por el S. Dr. D. Luis José de Chorroaria, se dijo: Que bien consideradas las actuales circunstancias, juzga conveniente al servicio de Dios, del Rey y de la Patria, se subrogue otra autoridad á la del Exmo. Sr. Virey; debiendo recaer el mando en el Exmo. Cabildo, en el interin se dispone la ereccion de una Junta de Gobierno y que entretanto tenga voto decisivo el caballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. Dr. D. Francisco Planes, se dijo: Que es de parecer, que en atencion á los justos temores del pueblo, acerca de la total perdida de la península, D. Baltazar Hidalgo de Cisneros subrogue el mando político en el Exmo. Cabildo, y el militar en el Sr. D. Cornelio Saavedra, por convenir que la fuerza armada se halle solo bajo una cabeza; y que hecha la abdicacion por el Exmo. Sr. D. Baltazar Hidalgo de Cisneros, se le deba á este tomar residencia acerca de los procedimientos de la Paz.

Por el Sr. Dr. D. Antonio Saenz, se dijo: Que ha llegado el caso de reasumir el pueblo su originaria autoridad y derechos; y mientras que los afianza en una junta sábia y estable, deben subrogarse en el Exmo. Cabildo, con voto en su lugar al caballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. Dr. D. Juan Damaso Fonseca, Cura rector de la Concepcion, se dijo: Que se conformaba con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. Dr. D. José Leon Planchon, se dijo: Que habiendo caducado la autoridad suprema, era su parecer recayese esta en el Exmo. Cabildo, teniendo voto decisivo el caballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola, se dijo: Que en atencion á las críticas circunstancias del dia, es de sentir que debe subrogarse el mando en el Exmo. Cabildo, con voto decisivo el caballero Síndico Procurador general: debiendose entender esto provisionalmente, hasta la ereccion de una Junta gubernativa cual corresponde, con llamamiento de todos los diputados del Vireinato.