Por el Sr. D. José Pastor Lezica, se dijo: Que se conforma en todo con el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

Por el Sr. D. Juan Bautista Castro, se dijo: Que se conforma con el voto del Sr. D. Luis José Chorroarin.

Por el Sr. D. Hermenegildo Aguirre, se dijo: Que con concepto á haber caducado la soberania en la Suprema Junta Central, es su dictámen se subrogue provisionalmente el gobierno general del Exmo. Sr. Virey al Exmo. Cabildo, prévias las circunstancias de acompañar á este Exmo. Ayuntamiento, en calidad de consejeros por lo que pertenece á lo político del gobierno, el Dr. D. Julian de Leiva, el Sr. D. Juan José Casteli, el Dr. D. Juan José Passo, el Dr. D. Mariano Moreno; y en lo militar D. Cornelio de Saavedra: todo esto provisionalmente, hasta la formacion del nuevo gobierno.

Por el Sr. D. José Francisco Vidal, se dijo: Que reproduce en todas sus partes el voto del Sr. Dr. D. Luis José Chorroarin.

Por el Sr. D. Agustin Pio de Elia, se dijo: Que atentas las razones que han espuesto los Señores D. Cornelio Saavedra y D. Pedro Andres García, reproduce el voto del primero, concurriendo el Sr. Síndico con voto activo.

Por el Sr. D. Miguel Escuti, se dijo: Que no halla mérito para innovar; pero que en el caso de que á pluralidad de votos deba hacerse, que entonces gobierne el Exmo. Sr. Virey, asociado con los Señores Regente de esta Real Audiencia y Síndico Procurador general.

Por el Sr. D. Pedro Francisco de Arteaga, se dijo: Que no halla mérito para innovar el mando en el Exmo. Señor Virey; y que en caso de no tener la pluralidad de votos para el privativo mando, siga asociado con el Sr. Regente de la Real Audiencia, y el cabellero Síndico Procurador de ciudad; opinando igualmente que de tratarse de alguna innovacion substancial, se acuerde previamente con las provincias interiores.

Por el Sr. D. José Maria de las Carreras, se dijo: Que reproduce el anterior voto del Sr. D. Pedro de Arteaga, con solo el aditamento de que en su caso deba ser tambien adjunto el Sr. D. Cornelio de Saavedra.

Por el Sr. D. Francisco Antonio de Letamendi: Que en todo se conforma con el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

Por el Sr. D. Domingo Lopez: Que reproduce el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.