Fué hecha en Medina del Campo á 22 de Julio del dicho año 1497.


CAPÍTULO CXXVI[4].


Estando el Almirante para se despachar de la corte, y los Reyes que lo deseaban ver partido, acaeció que murió el rey D. Juan de Portogal, y sucedió en aquel reino el rey don Manuel, que era Duque de Verganza. Tractaron los Reyes de casar la princesa Doña Isabel, que fué reina de Portugal y princesa de Castilla, con el dicho rey D. Manuel, y, concluido, la Reina Católica, su madre, la llevó en fin de Setiembre deste año de 97 á Valencia de Alcántara, donde vino el rey de Portugal, y la recibió sin fiestas ningunas. La razon fué, porque yendo el Rey y la Reina juntos á llevar la dicha señora Reina Princesa á Ávila, por ver el monasterio de Sancto Tomás de Ávila, de la órden de Sancto Domingo, y que habia hecho el Prior de Sancta Cruz, fraile de la mesma órden, Inquisidor mayor, y el primero que hobo en España, como obra insigne y señalada y hecha de los bienes que se habian confiscado á los herejes que se habian quemado, supieron los Reyes que el príncipe D. Juan, que de Medina del Campo, de donde salió la corte, se habia ido con la Princesa, madama Margarita, su mujer, á Salamanca, se habia sentido enfermo; volvióse luego el Rey, é sola la Reina prosigió el camino con la Princesa, como dije, para Valencia de Alcántara. Desde á pocos dias ántes que la Reina volviese, plugo á nuestro Señor de atribular y poner en luto y en lloro á toda España, con la muerte del príncipe D. Juan, y desde á algunos dias, por el mes de Deciembre, permitió la divina clemencia otro azote, que poco ménos amargó á los Reyes y á los reinos que el primero, que quedando la princesa Margarita preñada, movió una hija muerta de siete meses. Los Reyes mostraron grandes ánimos de paciencia, y, como prudentísimos y animosos Príncipes, consolaban todos los pueblos por escrito y por palabra. Nombraron y declararon luego al rey de Portugal y á la Reina, su mujer, por Príncipes de aquellos reinos de Castilla, y así, aquella señora, Doña Isabel, hija de los católicos Reyes, fué llamada la Reina Princesa. El luto que se mandó poner por la muerte del Príncipe fué jerga blanca muy basta, que ver los grandes y pequeños que la traian era cosa extraña y penosísima de ver; despues desto, nunca se acostumbró más en España, por muerte de Rey ó Príncipe, traer por luto jerga. Todos estos trabajosos acaecimientos que venian á los Reyes y á aquellos reinos, eran penosísimos para el Almirante, por ser de su despacho retardativos, no viendo la hora de su partida, como que sospechara la confusion y perdicion que, por la rebelion de Francisco Roldan, en esta isla, entre los cristianos y en destruccion de los humildes y desamparados indios, habia. É fuele tambien impedimento, que acordaron los Reyes que no tuviese ya el cargo de las cosas destas Indias, en Sevilla, el susodicho Arcediano de aquella iglesia, D. Juan Rodriguez de Fonseca, que ya era Obispo de Badajoz, sino que lo tuviese el hermano del ama del Príncipe, Antonio de Torres, y porque pidió tantas condiciones y preeminencias si habia de tener aquel cargo, se enojaron los Reyes y lo aborrescieron; tornaron á confirmar en el encargo al dicho Obispo D. Juan de Fonseca, y como estaban hechos los despachos, suponiendo que habia de tener el encargo dicho Antonio de Torres, y rezaban con él muchas de las Cédulas y Cartas de los Reyes, hubiéronse de tornar á hacer, por manera que hobo de tener más tardanza el despacho. Finalmente, hóbose de despachar de la corte á 21 de Julio del dicho año de 1497, con sus provisiones é instrucciones de los Reyes.

El primer capítulo de la Instruccion principal decia desta manera:

Capítulo primero de la Instruccion que dieron los Reyes al Almirante el año de 1497.—Primeramente, que como seais en las dichas islas, Dios queriendo, proveereis con toda diligencia de animar é atraer á los naturales de las dichas Indias á toda paz é quietud, é que nos hayan de servir y estar so nuestro señorío é sujeccion benignamente. É principalmente que se conviertan á nuestra sancta fé católica, y que á ellos, y á los que han de ir á estas tierras en las dichas Indias, sean administrados los Sanctos Sacramentos por los religiosos y clérigos que allá están y fueren, por manera, que Dios nuestro Señor sea servido y sus conciencias se aseguren.»

Por este capítulo y por el de la Instruccion primera del segundo viaje, que se puso arriba en el cap. 82 desta historia, parece claro que nunca la intencion de los Reyes fué que se hiciese guerra á estas gentes, ni tal jamás mandaron, por que fuera injustísima su entrada en estas tierras, ni tal intincion y mando fuera digno de tales y tan católicos Reyes, y no sólo ellos, pero ni sus sucesores, hasta estos tiempos del año de 1530, que su nieto, el rey D. Cárlos reina, como parecerá por el discurso desta historia; sino sola la cudicia y ambicion de los que á estas tierras vinieron, mayormente de los Gobernadores, fué la causa de inventar y mover las guerras contra estas desarmadas y pacíficas naciones, con las cuales han destruido este nuevo mundo.

Otra cláusula llevó en esta Instruccion, que dice así: