En estos descubrimientos y al lado de los genios á quienes se deben, dos fueron los héroes en dicho primer período: el soldado que impulsado por su sangre presentaba su pecho en inexpugnable baluarte pues lo sostenía hasta morir y el misionero católico que con su cruz y estandarte, sucumbía tambien por conseguir que el catolicismo se estendiera en el suelo que nuevamente se conocía. En el segundo hubo de unirse á ellos el hombre de letras, de ciencia y de administracion; y si una sábia prudencia no hubiera existido al empezar á legislarse para seres agregados á antiguas nacionalidades, podían haber quedado inútiles los inmensos sacrificios que habían costado sus descubrimientos y conquistas.

De la antigua Roma se dice, que sometía á los pueblos que dominaba por la fuerza de sus armas y los conservaba por la perfeccion de sus leyes; y de un modo idéntico las naciones que han hecho sus conquistas y creado por consecuencia de ellas la civilizacion en los pueblos conquistados, solo han podido cumplir tan sublime fin, asegurando á la vez su propio poder, por medio de una buena Administracion pública, centro impulsivo que comunica el movimiento de los diversos ramos en que se halla dividido su ejercicio, para así poder atender á los diferentes derechos y deberes de los asociados. Esta por consiguiente ha sido el cimiento para que dieran un resultado práctico y tangible, las esperanzas de los descubrimientos hechos de terrenos é individuos desconocidos y en regiones por cierto en que la naturaleza se ostenta llena de bellas impresiones en su contemplacion.

Formando importantísima parte del régimen administrativo en general, la organizacion judicial, su más perfecto desarrollo ha significado para las nuevas sociedades, el adelanto de las mismas en la senda del progreso y de la moralidad.

En estas islas Filipinas, muy especialmente, se puede observar lo que ha contribuido á su actual estado de prosperidad y de cultura, la atencion que siempre ha merecido á los Gobiernos de España cuanto se relaciona con el establecimiento y funciones de sus Tribunales de justicia. La bien pensada organizacion de estos y que corresponden á la division administrativa de municipios y provincias, en cuya cabecera ó capital funciona el juzgado de primera instancia; la del Tribunal Superior en el Archipiélago, que con el histórico y glorioso nombre de Audiencia reside en Manila; la alta inspeccion que ejerce el Gobernador general de las islas y las facultades que para los asuntos judiciales están además asignadas al primero de los Tribunales del Reino, el Supremo de Justicia en la capital de la Metrópoli, todos estos elementos imprimen una marcha activa y ordenada á los asuntos á que está llamado á conocer el poder judicial.

Como queda consignado al principio de esta memoria, en el punto del Catálogo general que se cita, se demandan noticias diversas sobre la justicia indígena y escasas son las que respecto á estas islas pueden darse, en atencion á que en este territorio judicial sus habitantes así españoles de origen peninsular, como los insulares de cualquier raza que sean, son regidos por las mismas leyes y juzgados por los tribunales constituidos.

Solo conservan sus costumbres primitivas en orden á la Administracion de justicia, las tribus infieles salvajes que en algunos puntos del territorio existen y cuyo número no es considerable en relacion con el de la totalidad de los habitantes del Archipiélago.

Estos seres se van aminorando, mediante los esfuerzos de atraccion primero y en su defecto de fuerza que los Gobernadores Superiores Capitanes Generales de estas islas vienen haciendo para someterlos á poblado y á cuyas autoridades prestan siempre los Misioneros religiosos sus poderosos auxilios, hasta llegar á sacrificar sus vidas por conseguir allegarlos á las fuentes del cristianismo.

De cuales sean esas costumbres y la forma con que dichos infieles obtienen la decision de sus cuestiones, tanto de carácter civil como penal, muy pocas noticias pueden suministrarse referentes á la justicia, pues la situacion de vivir los mismos en tribus ó agrupaciones que se conocen con el nombre de rancherías, alejados por tanto del trato social de los cristianos, en ese estado salvaje sin más religion que sus supersticiones ni más sociedad que la del bosque, hace que su organizacion sea puramente rudimentaria, hija de las costumbres en que se convierten sus ideas y á las que se atienen para mandar entre ellos, en unos, el más fuerte, en otros el más anciano, constituir la familia, establecer las formalidades para contraer matrimonio, fijar la estension del poder del padre sobre la mujer ó hijos y relacion de dependencia de estos para con sus mayores, y últimamente, partiendo de la base del derecho natural, en los hechos que consideran delitos, castigar á los delincuentes, pero con la penalidad sangrienta inherente á la situacion de barbarie en que viven. Tal es el estado de dichas agrupaciones infieles que existen en estas islas y que no pueden ofrecer sobre las ideas de propiedad, de familia y de justicia, sino las imperfecciones descritas consiguientes á carecer de luz alguna de civilizacion.

Las pruebas que con el nombre de Ordalías ó juicios de Dios y tambien llamadas vulgares, de las que segun la historia del derecho se hizo uso en los siglos IX, X y XI, y que pueden reducirse á las del juramento, duelo, fuego, la del agua hirviendo (calderia) y fría, no son conocidas en estas islas, pues quedaron abolidas en el siglo XIII, ó sea mucho antes del descubrimiento de las mismas.

Corno antes se ha indicado, los habitantes de este Archipiélago cualquiera que sea su raza, viven bajo el amparo de las mismas leyes; por lo que en primer lugar se mencionará la legislacion propia del mismo, que formará una parte de esta memoria y en segundo se describirá la organizacion de los tribunales constituidos, que comprenderá otra parte; pero subdividiéndose ésta en secciones dedicadas á los establecidos en los pueblos, á los de primera instancia, á los superiores y terminará con otra en la que se manifiesta el traje, insignias y tratamiento de los funcionarios de la Administracion de justicia.