M. Morel Fatio ha encontrado declaración por la que consta, con fecha 31 de diciembre de 1609, haber recibido Antonio Pérez del Tesorero del Rey la cantidad de 3.600 libras por la pensión que S. M. le acordaba en el presente año[304]. En vista del documento, piensa el mismo Sr. Morel Fatio que se engañó M. Mignet al afirmar que la pensión no fué devuelta[305]; pero habiendo sido necesario un milagro para conseguir este socorro que pronto liquidarían los acreedores, no parece que el engañado fuera M. Mignet. Si la pensión corriera, no hubiera escrito Pérez al Embajador D. Pedro de Toledo, á poco:
«Estoy en el extremo último con haber ya agotado á mis amigos que me socorrían y con no saber dónde hallar el pan de mañana[306].»
Bermúdez de Castro formuló suposición, también errónea, al referir ocurrencias posteriores. «Sea que no le descubriese, como esperaba (dice) secretos de la corte francesa; sea que tuviera malas noticias de su lealtad, la buena disposición de D. Pedro de Toledo por Antonio Pérez cesó repentinamente; llególe casi á echar de su casa, rogándole en seco tono que no le importunase con sus súplicas, y al presentarse otro día D. Gonzalo con un billete de su padre, delante del Embajador de Austria se lo devolvió sin abrirlo[307].»
Pues que D. Pedro de Toledo seguía diciéndole que no dependía de la voluntad del Rey ni de la de su Ministro una gracia opuesta á las atribuciones del Santo Oficio[308], sabiendo bien á qué atenerse, evidentemente esquivaba la ocasión de destruir las ilusiones del pobre anciano, restringidas al único pensamiento de dejar los huesos en tierra española. Con toda probabilidad, la insistente recomendación del Embajador cuando marchó llevándola Gonzalo Pérez le valdría reprimenda; prefirió, sin embargo, á comunicarla, cerrar la puerta á la importunidad del ruego: procedió piadosamente.
Corría el año de 1610 cuando mano alevosa cortó el hilo de la vida de Enrique IV, aunque tibio, protector todavía del proscripto; y como produjera la ocurrencia embajada extraordinaria de España confiada al Duque de Feria, acudió ansioso buscando la nueva que esperaba. El Duque no había recibido órdenes que le concernieran[309].
Quedaba todavía un recurso, el último: el Tribunal de la Inquisición. Gonzalo Pérez emprendió viaje á Roma con recomendaciones del Nuncio para interesar al Papa; Antonio escribió á Fr. Francisco de Sosa, General de la Orden de religiosos observantes, Obispo de Canarias y Consejero del Santo Oficio, para que le alcanzara salvoconducto con que presentarse voluntariamente en las cárceles del Tribunal á la defensa de su causa, y con su aquiescencia dirigió memorial al Consejo en 22 de septiembre de 1611. Por entonces ni aun á la iglesia le consentían ir los achaques; pasaba el día rezando en el oratorio instalado en su casa con licencia del Pontífice, que le había acordado además absolución de las censuras en que pudiera haber incurrido en sus relaciones con heréticos[310]. Antes de llegar la contestación de la instancia cayó gravemente enfermo, y sintiéndose á las puertas de la muerte dictó á Gil de Mesa esta declaración[311]:
«Por el paso en que estoy, y por la cuenta que voy á dar á Dios, declaro y juro que he vivido siempre y muero como fiel y católico cristiano, y de esto hago á Dios testigo. Y confieso á mi Rey y señor natural, y á todas las coronas y reinos que posee, que jamás fuí sino fiel servidor y vasallo suyo; de lo cual podrán ser buenos testigos el señor Condestable de Castilla y su sobrino el Sr. D. Baltasar de Zúñiga, que me lo oyeron decir diversas veces en los discursos largos que tuvieron conmigo, y los ofrecimientos que muchas é infinitas veces hice de retirarme á donde me mandase mi Rey á vivir y morir como fiel y leal vasallo. Y ahora últimamente, por mano del propio Gil de Mesa y de otro mi confidente, he escrito cartas al Supremo Consejo de la Inquisición, y al ilustrísimo Cardenal de Toledo, Inquisidor general, al señor Obispo de Canarias, ofreciéndoles que me presentaría al dicho Santo Oficio para justificarme de la acusación que en él me había sido puesta; y para esto les pedí salvoconducto, y que me presentaría donde me fuese mandado y señalado, como el dicho señor Obispo podrá atestiguar. Y por ser ésta la verdad, digo que si muero en este reino y amparo desta corona, ha sido á más no poder, y por la necesidad en que me ha puesto la violencia de mis trabajos, asegurando al mundo toda esta verdad, y suplicando á mi Rey y señor natural que con su gran clemencia y piedad se acuerde de los servicios hechos por mi padre á la Majestad del suyo y á la de su abuelo, para que por ellos merezcan mi mujer é hijos, huérfanos y desamparados, que se les haga alguna merced, y que éstos, afligidos y miserables, no pierdan, por haber acabado su padre en reinos extraños, la gracia y favor que merecen por fieles y leales vasallos, á los cuales mando que vivan y mueran en la ley de tales. Y sin poder decir más, lo firmo de mi mano y nombre en París á 3 de noviembre de 1611.»
Pocas horas después, auxiliado por Fray Andrés Garín, de la Orden de Santo Domingo, espiró[312], cerrándole los ojos los fidelísimos amigos Gil de Mesa y Manuel Don Lope, que acompañaron el cuerpo, seguidos de algunos mendigos con hachas, hasta la iglesia del Convento de los Celestinos, donde fué sepultado. En toda probabilidad, ellos pondrían el epitafio que subsistió hasta el derribo del edificio, á fines del siglo pasado[313]:
Hic jacet
illustrissimus D. Antonius Perez,
olim Philippo II, hispaniarum regi,
a secretioribus consiliis,
cujus odium male auspicatum effugiens,
ad Henricum IV, galliarum regem,
invictissimum se contulit,
ejusque beneficentiam expertus est,
demum parisiis diem clausit extremum
anno salutis MDCXI.