Art. 3.º Todos los oficiales y soldados españoles que hayan prestado juramento de fidelidad, podrán, si quieren, entrar al servicio para la defensa de S. M. católica.

Art. 4.º Los que no quieran tomar servicio irán prisioneros de guerra a Francia.

Art. 5.º Todos los habitantes de Zaragoza y los extranjeros, si los hubiere, serán desarmados por los alcaldes, y las armas se entregarán en la Puerta del Portillo al mediodía del 21.

Art. 6.º Las personas y las propiedades serán respetadas por las tropas de S. M. el emperador y rey.

Art. 7.º La religión y sus ministros serán respetados: se pondrán guardias en las puertas de los principales edificios.

Art. 8.º Mañana al mediodía las tropas francesas ocuparán todas las puertas de la ciudad y el palacio del Coso.

Art. 9.º Mañana al mediodía se entregarán a las tropas de S. M. el emperador y rey toda la artillería y las municiones de toda especie.

Art. 10. Las cajas militares y civiles todas se pondrán a disposición de S. M. católica.

Art. 11. Todas las administraciones civiles y toda clase de empleados prestarán juramento de fidelidad a S. M. católica.

La justicia se ejercerá como hasta aquí y se hará en nombre de S. M. católica José Napoleón I. Cuartel general delante de Zaragoza 20 de febrero de 1809. — Firmado. — Lannes.