Avezados los que de ellos había en las Cortes a no acometer de frente ciertas cuestiones, y conociendo lo mucho que ayudan en los cuerpos los antecedentes para no precipitar las resoluciones y dar buena salida a los vocales que, deseosos de no comprometerse, ansían hallar alguna a fin de no decidirse ni en pro ni en contra en asuntos peliagudos, habían tomado de antemano medidas que llenasen su objeto. Fue una introducir, en un decreto aprobado en 25 de marzo último sobre la creación del tribunal supremo de justicia, un artículo que decía: «Quedan suprimidos los tribunales conocidos con el nombre de Consejos». Estaba en este caso la Inquisición, y, o se conceptuaba abolida por la decisión anterior, o a lo menos exigíase por ella que, dado que se restableciese, se verificase bajo otro nombre y forma; lo cual daba largas y proporcionaba plausible efugio para esquivar cualquiera sorpresa. Mayor le ofrecía otro acuerdo de las mismas Cortes, propuesto con gran previsión por Don Juan Nicasio Gallego al acabarse de discutir el 13 de diciembre la segunda parte del proyecto de Constitución. Se hallaba concebido en estos términos: «Que ninguna proposición que tuviese relación con los asuntos comprendidos en aquella ley fundamental fuese admitida a discusión sin que, examinada previamente por la comisión que había formado el proyecto, se viese que no era de modo alguno contraria a ninguno de sus artículos aprobados.» Hizo ya entonces el diputado Gallego esta proposición pensando en el Santo Oficio, como recordamos que nos dijo al extenderla. Acertó en su conjetura. Mas antes de determinar sobre ella, y en vista ya de lo resuelto en cuanto a supresión de consejos, habíase aprobado después de largo debate «suspéndase por ahora la discusión de este asunto [el de la Inquisición], señalándose día para ella.» En seguida fue cuando suscitándose nueva reyerta, se logró que, conforme a la propuesta aprobada del señor Gallego, pasase el expediente a la comisión de Constitución. Providencia que paró el golpe preparado tan de antemano por el partido fanático, y dio esperanzas fundadas de que más adelante se destruiría de raíz y solemnemente el Santo Oficio; porque tanto confiaban todos en la comisión de Constitución, cuya mayoría constaba de personas prudentes, instruidas y doctas. No desayudó este triunfo a Don Bartolomé Gallardo, origen de semejante ruido. Permaneció dicho autor preso tres meses: duró bastante tiempo su causa, de la cual se vio al cabo quito y libre, no a tanta costa como era de recelar, y anunciaba en un principio la tormenta que levantó su opúsculo.
Promuévese
que se disuelvan
las Cortes.
Tras esto, exasperados cada vez más los enemigos de las reformas, y viendo que cuanto intentaban otro tanto se les frustraba y volvía contra ellos, idearon promover que se disolviesen las actuales Cortes, y se convocasen las ordinarias conforme a la Constitución. Lisonjeaba el pensamiento a muchos diputados, aun de los liberales, y retraía a otros manifestar francamente su opinión el temor de que se les atribuyesen miras personales o anhelo de perpetuarse, según propalaban ya sus émulos.
Para el golpe
la comisión
de Constitución.
En tal estado de cosas presentó el 25 de abril la comisión de Constitución un informe acerca del asunto, siendo de parecer que deberían reunirse las Cortes ordinarias en el año próximo de 1813, y no disolverse las actuales antes de instalarse aquellas, sino a lo más cerrarse. Apoyaba la comisión en este punto juiciosamente su dictamen, diciendo: «Que si se disolviesen las Cortes, sucedería forzosamente que hasta la reunión de las nuevas ordinarias quedaría la nación sin representación efectiva, y consiguientemente imposibilitada de sostener con sus medidas legislativas al gobierno, y de intervenir en aquellos casos graves que a cada paso podían y debían ocurrir en aquella época.» Y después añadía que si se cerrasen las actuales Cortes, pero sin disolverse, «los actuales diputados deberían entenderse obligados a concurrir a extraordinarias, si ocurriese su convocación una o más veces, hasta que se constituyesen las próximas ordinarias.»
Por lo que respecta al mes en que convenía se juntasen las últimas que se llamaban para el año de 1813, opinaba la misma comisión que en vez del 1.º de marzo, como señalaba la Constitución, fuese el 1.º de octubre, por quedar ya poco tiempo para que se realizasen las elecciones, y acudiesen diputados de tan distantes puntos, en especial los de ultramar. A la exposición de la comisión mesurada y sabia, acompañaba la minuta de decreto de convocatoria, y dos instrucciones, una para la península, y otra para América y Asia, necesarias por las circunstancias peculiares en que se hallaban los españoles de ambos hemisferios: acá con la invasión francesa, allá con las revueltas intestinas.
Se convocan
las Cortes
ordinarias
para 1813.
En los días 4 y 6 de mayo aprobaron las Cortes el dictamen de la comisión, después de haberse pronunciado en pro y en contra notables discursos; con cuya resolución vinieron al suelo hasta cierto punto los proyectos de los que ya presumían derribar, disolviéndose las Cortes, la obra de las reformas, todavía no bien afianzada.
RESUMEN