§ 17.
Derecho penal y procesal.
Acerca de las instituciones penales, no sabemos sino que los Lusitanos acostumbraban á despeñar á los criminales condenados á muerte, y que la pena del parricida era ser apedreado allende la más lejana frontera del territorio[103].
El duelo ó combate singular, como medio de terminar las contiendas judiciales, institución muy difundida aun en la actualidad entre los pueblos que alcanzan escaso grado de cultura, no era tampoco desconocida de los Españoles primitivos[104]. No parece, por otra parte, haber sido esta forma ordinaria del procedimiento, sino meramente supletoria; dependiendo del arbitrio de las partes contendientes, el preferir el azar de la lucha individual al fallo de los tribunales familiares ó civiles.
§ 18.
La Religión y el Culto.
Más copiosos son los datos que tenemos acerca de la Religión de los Iberos y Celtas españoles.
Los Celtíberos y los pueblos confinantes con ellos al Norte adoraban á una divinidad sin nombre, en cuyo honor se reunían todos los meses, en la época del plenilunio, por la noche ante la puerta de las casas y las familias y danzaban en coros hasta que llega la mañana[105]. Estrabón, no por cuenta propia, sino refiriéndose á otros autores, dice que los Gallegos eran ateos; pero las inscripciones hispano-latinas demuestran la inexactitud de semejante afirmación[106].
Estas mismas inscripciones nos dan á conocer los nombres de algunas de tales deidades, que como las adoradas por los Galos pueden reducirse á dos grupos, á saber: dioses mayores comunes á una región, y dioses tópicos ó peculiares de una localidad, como ciudades, ríos, montañas, fuentes, personificados y deificados. La invasión del culto romano en España dió por resultado la fusión de las deidades romanas con las indígenas, manifestada aquí como en la Galia por el hecho de encontrarse deidades indígenas con nombres romanos, en términos que el nombre de aquéllas sirve de epíteto al de la deidad romana correspondiente y viceversa. Servía de base ordinariamente á esta fusión, la semejanza entre el carácter y atributos de ciertas deidades en la mitología de ambos pueblos[107].
Júpiter[108] y Proserpina[109] son las únicas deidades romanas que aparecen hasta ahora en las inscripciones con cognombres ibéricos, circunstancia digna de ser notada y que permite inferir cuál era el carácter de las antiguas religiones ibéricas. Entre los Gallegos se halla memoria del culto de las Madres[110], muy difundido en la antigua Germania.
«Los Lusitanos hacían frecuentes sacrificios á los dioses y examinaban las entrañas sin arrancarlas del cuerpo de las víctimas. Solían observar también las venas del pecho, é inferían además, con solo el tacto de la víctima, ciertas indicaciones. Consultaban en ciertos casos las entrañas humanas, sirviéndose al efecto de los prisioneros de guerra, á quien vestían antes del sacrificio con una túnica de seda; y cuando la víctima caía herida por la mano del arúspice, sacaban augurios de la actitud del cuerpo al desplomarse. Acostumbraban á cortar la mano derecha á los cautivos y ofrecerla á los dioses... En los sacrificios á Marte, inmolaban bueyes, prisioneros de guerra y caballos, y hacían además hecatombes de varias clases de víctimas á la manera de los Griegos[111].»
Nada autoriza para creer que el Sacerdocio tuviera en la España antigua la influencia preponderante que tuvo entre los Galos; antes bien, el silencio de Estrabón y de los demás escritores clásicos en este punto es prueba evidente de lo contrario.