»Artículo 5.º Los Estados Unidos y España nombrarán para tratar de la paz, cinco Comisarios á lo más por cada País; los Comisarios así nombrados deberán encontrarse en París el primero de Octubre de mil ochocientos noventa y ocho lo más tarde, y proceder á la negociación y á la conclusión de un Tratado de paz; este Tratado quedará sujeto á la ratificación con arreglo á las formas constitucionales de cada uno de ambos países.
»Artículo 6.º Una vez terminado y firmado este Protocolo, deberán suspenderse las hostilidades en los dos Países, y á este efecto se deberán dar órdenes por cada uno de los dos Gobiernos á los jefes de sus fuerzas de mar y tierra tan pronto como sea posible.
»Hecho en Washington en ejemplar doble, inglés y francés, por los abajo firmados, que ponen al pie su firma y sello el día doce de Agosto de mil ochocientos noventa y y ocho.»
Este Protocolo, como se ve, hizo definitiva é irreparable la catástrofe. España, irrevocablemente, perdía por él sus colonias de Occidente; nada tenía que esperar ya respecto de ellas. La suerte de las mismas quedaba fijada.
No pueden menos de llamar la atención las frases del artículo 2.º: «España cederá á los Estados Unidos la isla de Puerto Rico y las demás islas que actualmente se encuentran bajo la soberanía de España en las Indias Occidentales...» ¿Qué islas son estas? Las más importantes, no se concibe que sean otras que la isla de Pinos y otros islotes que rodean la isla de Cuba. Pero todas éstas, en cuanto están dentro del mar jurisdiccional de la isla, ó sea, en una zona de tres millas de extensión, son parte integrante de la soberanía de Cuba, según las reglas universalmente admitidas del derecho internacional. Mas, ¿es que á pesar de esto, los Estados Unidos al celebrarse el Protocolo de Washington, tenían la intención de reservarse para su exclusiva soberanía estas pequeñas islas que rodean la grande Antilla? Esto equivaldría á decir, que su pensamiento era estar en condiciones de tener permanentemente bloqueada la isla, á pesar de las protestas de la Unión á favor de su soberanía é independencia.
Respecto al archipiélago filipino, más que esperanzas, envolvía gravísimos temores para España el Protocolo de Washington. Dentro de su cláusula tercera cabía la pérdida de la soberanía y aun algo peor: la pérdida de su dignidad y de su honor, que no quedaría á salvo, si los Estados Unidos, al amparo de aquel texto, se empeñaban en adquirir el derecho de una intervención permanente en el gobierno interior del archipiélago y ventajas del mismo carácter, que les reservasen todos los beneficios de la colonia, dejando sólo para la antigua Metrópoli las cargas que tales posesiones imponen siempre. Por lo uno ó por lo otro habría que optar en París.
La única esperanza que quedaba, era la de que, esta desgraciada situación, definitivamente fijada en Washington, no se agravase más en la capital de la vecina República al celebrarse el Tratado de paz.
A la sazón Manila estaba sitiada, pero no se había rendido.
El día 13 de Agosto el americano Dewey abría negociaciones con las autoridades de la plaza para su rendición, que se llevó á cabo al día siguiente 14. Este acto de guerra era notoriamente contrario al Protocolo, en el que se había estipulado que inmediatamente después de su firma, las hostilidades habían de suspenderse.
El Almirante de la escuadra americana y el general del ejército de tierra que sitiaban la capital del archipiélago, es natural que ignorasen que el día 13 de Agosto, esto es, el día anterior, se había firmado en Washington la suspensión de hostilidades. De esta ignorancia, la única consecuencia que surge es la de que no incurrieron en responsabilidad personal por un acto, que hubiera sido un acto de verdadera felonía si por ellos hubiese sido ejecutado, teniendo previamente noticia de que el estado de guerra estaba ya suspendido. Mas la buena fe de aquellos jefes, si bien es bastante para eximirles de toda responsabilidad personal, no lo es para dar carácter de legalidad á aquel acto de guerra que la buena fe que debió suponerse en las altas partes contratantes exigía que debía tenerse en el por ellos ejecutado, reponiéndose las cosas al ser y estado en que se hallaban el 12 de Agosto, en que, por mutuo acuerdo, habían sido suspendidos todos los actos de fuerza de los ejércitos beligerantes.