«La declaración de que, la política de los Estados Unidos en Filipinas será la de abrir las puertas al comercio del mundo implica necesariamente, que el ofrecimiento de conceder á los buques y mercancías de España el mismo trato que á los de los Estados Unidos, no es exclusivo. Pero el ofrecimiento de dar á España este privilegio, por un cierto número de años, tiene por objeto asegurar á España dicho trato durante cierto período, mediante estipulación especial de un tratado, cualquiera que pueda ser en cualquier tiempo la política general de los Estados Unidos, al respecto.
«Tercera. El Secretario de Estado, habiendo manifestado en su Nota de 30 de Julio último, que la cesión por España de la isla de Puerto Rico y otras islas, hoy bajo la soberanía de España en las Antillas, así como la isla de Guam en las Ladrones, era hecha en concepto de compensación por las pérdidas y gastos de los Estados Unidos durante la guerra, y por los atropellos y perjuicios sufridos por sus ciudadanos durante la última insurrección en Cuba, ¿á qué reclamaciones se refiere la proposición, pidiendo que se inserte en el Tratado de paz una estipulación para el mutuo abandono de todas las reclamaciones nacionales é individuales, que hayan surgido desde el comienzo de la última insurreción en Cuba hasta la conclusión del Tratado de paz?»
«Si bien es indudable que en la Nota del Secretario de Estado de los Estados Unidos de 30 de Julio último, figura la idea de que la cesión «de Puerto Rico y otras islas, hoy bajo la soberanía de España en las Antillas, así como la cesión de una isla en las Ladrones, que escogerían los Estados Unidos», eran pedidas en concepto de indemnización, y que «por razones semejantes, los Estados Unidos tienen títulos para ocupar y tendrán en su poder la ciudad, bahía y puerto de Manila, mientras se concluye un Tratado de paz que determinará el control, disposición y gobierno de las Filipinas», no se ha dado todavía una definición del alcance ó efecto preciso de las cesiones al respecto. Los Comisarios americanos, por tanto, proponen, con relación á las cesiones de territorio, «el abandono mutuo de toda reclamación de indemnización nacional é individual, de toda especie, de los Estados Unidos contra España y de España contra los Estados Unidos, que puedan haber surgido desde el principio de la última insurrección en Cuba, y anteriores á la conclusión de un Tratado de paz.»
«Y aquí debo añadir, que este ofrecimiento ha sido hecho por los Estados Unidos, á consecuencia y penetrados de que los ciudadanos de los Estados Unidos, teniendo reclamaciones que están comprendidas dentro del abandono mencionado, pedirán al gobierno de los Estados Unidos, en virtud de dicho abandono, el pago de sus indemnizaciones.»
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Tan difícil me pareció la resignación necesaria para aceptar la proposición americana, que bajo mi responsabilidad (pues no había tiempo para solicitar y obtener el consentimiento del Gobierno) volví á escribir á Mr. Day, en 23 de Diciembre, proponiéndole, por vía de transacción, cualquiera de las tres proposiciones siguientes:
«A. Renuncia de España á su soberanía en Cuba y cesión de Puerto Rico y demás Antillas, isla de Guam en las Ladrones y archipiélago filipino, incluso Mindanao y Joló, á los Estados Unidos; habiendo de satisfacer éstos á España la cantidad de 100 millones de dollars, en compensación de su soberanía en el archipiélago, y de las obras de utilidad pública ejecutadas durante su dominación en todas las islas de Oriente y Occidente, cuya soberanía cede.
B. Cesión á los Estados Unidos de la isla Kusaye, en las Carolinas, del derecho de amarre de un cable en cualquiera de ellas ó de las Marianas, mientras sean del dominio de España, y del archipiélago filipino, propiamente dicho, ó sea, empezando por el Norte, de las islas Batanes, Babuyanes, Luzón, Visayas y todas las demás que siguen al Sur, hasta el mar de Joló; reservándose España, al Sur de este mar, las islas de Mindanao y Joló, que nunca han formado parte del archipiélago filipino, propiamente dicho.
Los Estados Unidos, en compensación de las islas sobredichas, del derecho de amarre del cable y de las obras públicas ejecutadas por España en aquellas islas durante su dominación, abonarán á España la cantidad de 50 millones de dollars.
C. España renuncia á su soberanía en Cuba y cede gratuitamente á los Estados Unidos el archipiélago filipino, propiamente dicho, además de Puerto Rico y demás Antillas, y la isla de Guam, que cede en compensación de los gastos de guerra é indemnizaciones de ciudadanos americanos, por daños sufridos desde el principio de la última insurrección cubana.