Apoyados en su soberanía según la entienden las naciones europeas, estos Estados del continente americano y de sus islas contraen obligaciones internacionales, celebran Tratados y levantan empréstitos nacionales, se dan á reclutar en Europa trabajadores inmigrantes, que abrumados por el dolor y la miseria roturen los terrenos de sus países y lleven al desierto la afición al trabajo y el beneficio de la paz, como peones de una civilización la más adelantada. Pero si aquellos Estados,—cuya cifra de mortalidad alcanza el más elevado tanto por ciento con relación á los Presidentes que con la categoría de Generales han sido fusilados,—se niegan á cumplir sus compromisos, y si los extranjeros que allí han inmigrado experimentan un trato que sin perder la estimación de sí misma no podría su madre patria aplicar á sus hijos extraviados, entonces desaparece súbitamente la soberanía, á la europea, de aquellos Estados, súbitamente se enarbola la estrellada bandera de la Unión y se proclama la doctrina de Monroe como elemento de salvación, con cuya cooperación poderosa se puede continuar mediante nuevas energías el antiguo impulso de la civilización.

En la vida privada tal conducta de doble juego, la negativa de la fianza para asegurar el lucro, suele reputarse por cosa deshonrosa, por cosa indigna, especialmente cuando el ingenioso fraude se ha ensayado solamente en aquellos casos, en los cuales, mediante una actitud enérgica, se ha conjurado de antemano el doble juego: recuérdese el conflicto entre Alemania y Haití.

En un porvenir muy inmediato se repetirán necesariamente los casos. La Deuda pública de México, la Argentina, el Brasil, Chile, etc., dentro de un plazo no lejano, reclamará con apremiante urgencia un arreglo internacional á falta de arreglo nacional; entonces se llegará á ver si la bandera estrellada y la doctrina de Monroe tienen la suficiente consistencia para impedir que penetren en aquellos territorios las reclamaciones de una honrada confederación de las naciones.

Demostrado, en lo que precede, á dónde conduce el suprimir el principio de la libre autonomía de los Estados,—que es la piedra fundamental del edificio político,—y el sustituirla con una arbitraria y versátil razón utilitaria, así y todo, aún no queda suficientemente explicada la total manera de ser del Derecho internacional americano. Aún se manifiestan en otros puntos discrepancias esenciales respecto á las máximas fundamentales que hasta ahora han sido las reguladoras de la certeza jurídica en las naciones civilizadas. En materia de las cuestiones extremadamente delicadas de la representación diplomática, los Estados Unidos han hecho valer con tesón la tendencia á no medir con el patrón adoptado por el derecho consuetudinario de Europa los requisitos de la llamada persona grata, indispensables para la personal y oficial comunicación. Las tentativas para hacer que la vieja Europa se someta á las formas diplomáticas del nuevo Continente, desde luego han resultado inútiles siempre hasta el presente, pero también han hecho comprender el claro designio de estimar únicamente como cantidad despreciable la tradición histórica de la vida cortés de los Estados europeos.

De ninguna manera demos exagerado alcance á esta discrepancia. Por más que la sublevación del radicalismo, que confía sólo en la fuerza de sus puños, y con esto cuenta contra lo histórico, tenga aquí únicamente la importancia de un síntoma, ella encontrará ocasión propicia para manifestarse inmediatamente en otro punto.

Bajo el imperio inevitable de las masas y de la gravitación, los Estados Unidos tratarán en lo sucesivo de procurar un crédito grandemente amplio para su sistema de principados á costa de los derechos bien adquiridos y de la propiedad consolidada de las potencias europeas en América. Es la necesaria é inmediata consecuencia del principio del derecho internacional de la Unión: esa última exigencia en la continuación, no de la primitiva doctrina de Monroe, sino de la de los representantes novísimos de esa doctrina, alcanzará éxito, ya por la compra, ya por la absorción de pequeños Estados de la América central y meridional, que están desorganizados hasta el desamparo; ya, finalmente, por el despojo de las posesiones coloniales que aún tienen los Estados europeos en el territorio del nuevo mundo. El menosprecio del derecho bien adquirido es la indispensable fuerza de palanca en la mecánica de tal sistema. La colonia que tiene en el Norte la Gran Bretaña está, en primer término, en la serie de los territorios que se han de anexionar, conforme á la célebre fórmula «crecimiento, no colonización». Hace ya tiempo que los Estados Unidos perseveran en la actitud de un boxeador que se apercibe para la lucha, y la tentativa de Chamberlain de agrupar estrechamente las colonias alrededor de la Metrópoli, uniéndolas á la Gran Bretaña, no impedirá el curso natural de las cosas, si oportunamente no se pone enérgica resistencia al desbordado sistema de principado de los Estados Unidos. Ya el Presidente Monroe, en su con repetición citado Mensaje de Diciembre de 1823, se expresa en estos términos: «No hemos intervenido ni intervendremos en las existentes colonias ó dependencias de cualquier Gobierno europeo; pero respecto á los Gobiernos que han declarado su independencia y la han mantenido, y cuya independencia hemos reconocido meditándolo mucho y por justas causas, no veríamos bajo otro aspecto que como la manifestación de un sentimiento hostil á los Estados Unidos la tentativa de cualquier Estado europeo para oprimirlos ó para influir de cualquiera otra manera sobre su modo de ser.» (Wharton, l. c., página 292, párrafo 57).

En el infundado ataque actual de los Estados Unidos contra España, los estadistas norteamericanos que están al frente de aquel Gobierno han olvidado la primera parte de esa declaración y han invertido sin criterio en la acción política la segunda parte. Eduardo J. Phelps, ex Ministro de los Estados Unidos en Inglaterra, califica de infame el ataque de los Estados Unidos contra la débil España, en su carta á Levi P. Morton, ex Vicepresidente de los Estados Unidos y ex Gobernador del Estado de Nueva York.—Véase la traducción alemana de Edmundo Carlos Preiss, en el opúsculo «Sobre intervención en Cuba».

Además, por ningún concepto puede mantenerse en serio acerca de esto la añagaza de que los Estados Unidos han venido reprimiendo desde 1845 sus apetitos de anexión con respecto á Cuba, únicamente por miedo á serios conflictos con Inglaterra, y que ahora están suficientemente enterados para estimar en su verdadero valor revolucionario las perturbaciones y las luchas de guerrillas de una parte de la población de color, como lo es en la reina de las Antillas la población hispano criolla.

La indignación, generalmente afectada, por lo que llaman atrocidades, ha sido utilizada varias veces tan infundadamente y de modo tan transparente como en este caso, con el fin de paliar una especulación política de baja estofa. A la pregunta que se ha formulado de quiénes son propiamente los insurrectos, cuya demanda de libertad han colocado los Estados Unidos bajo la protección de su estrellada bandera, responde, con razón, Eduardo J. Phelps en estos términos: «Una aglomeración de gentes, cuyo número se ignora, que se hallan escondidos, que no poseen una ciudad de importancia ni ningún otro lugar fijo de residencia, y que tampoco han constituído Gobierno alguno organizado, á no ser que valga como tal la Junta de Nueva York. Guerrillas y bandidos, que denominan táctica á crímenes que en ningún pueblo civilizado tienen el valor de hechos de guerra, tales como la destrucción de los hogares y de las fuentes de la industria de ciudadanos pacíficos, hasta que la isla se convierta en un desierto, la voladura de los trenes ferroviarios llenos de viajeros inofensivos y el asesinato á sangre fría de un oficial español, que bajo bandera de paz ofrecía la autonomía política. Su fuerza para la lucha se compone de negros cubanos y de renegados y aventureros de todo género, procedentes de los Estados Unidos y de otros países. ¿Es eso lo que vamos á reconocer? ¿Puede constituir deber de humanidad el arrojar al único Gobierno que existe, al que domina en la isla, y entregar la población á la benevolencia de semejantes cuadrillas de malhechores?» (C. c. Preiss, l. c., pág. 14).

Este juicio, emitido por persona intachable é imparcial, viene á demostrar que el haber proclamado violentamente los Estados Unidos la libertad y la independencia de la Isla—la cual realmente está ya en posesión de la autonomía nacional desde el Real decreto de 25 de Noviembre de 1897—de ninguna manera ha sido por pensar en el derecho de libre soberanía del pueblo cubano, sino visiblemente con otro designio, en cuya ocultación hay que ver un síntoma de mucha transcendencia. Es el más reciente homenaje rendido á la pública moral política por una nación que, devorada en su interior por codiciosos partidos, cree que no tiene que reconocer ni temer en parte alguna en sus relaciones exteriores, obstáculos jurídicos para la manifestación de su egoísmo.