278. Leonor Valls, viuda de Gregorio Forteza, botiguero, como los anteriores.

Todos los reos contenidos en esta relacion, han sido condenados por este Santo Oficio publicamente como herejes formales; confiscados todos sus bienes y aplicados al real Fisco declarados por inhábiles, é incapaces de tener ni obtener dignidades, ni beneficios, así eclesiásticos como seculares, ni otros oficios publicos, ni de honor, ni poder llevar sobre sí ni sus personas, oro, plata, perlas, piedras preciosas, ni corales, seda, chamellote, ni paño fino, ni andar á caballo, ni traer armas, ni ejercer, ni usar de las otras cosas y por derecho comun, leyes y pragmáticas de estos reinos é instrucciones y estilo del Santo Oficio á los semejantes inhábiles, son prohibidas, extendiéndose esta prohibición en las mujeres relajadas á sus hijos é hijas, y en los varones relajados hasta sus nietos por línea masculina, condenando asimismo la memoria y fama de los difuntos relajados en estátua, mandando desenterrar sus huesos entregándolos á la justicia y brazo seglar, para que fuesen quemados é incinerados, quitados y raidos cualesquiera títulos que hubiese sobre sus sepulcros ó armas si estuviesen puestas ó pintadas en alguna parte, por manera que no quedase memoria de ellos sobre la faz de la tierra, sino la de su sentencia y su ejecución.

Concuerda con la relacion original, que se halla en la cámara de este secreto y se ha mandado sacar al público de órden del tribunal é imprimir por el impresor del Santo Oficio; certificada por mí el infrascrito secretario de esta inquisicion de Mallorca á 15 dias del mes de Setiembre de 1755 años de que certifico.==Lugar del ✠ sello.==Don Jaime Fábregues.==Secretario.==

APÉNDICE VI

REAL CEDULA DE S. M. Y SEÑORES DEL CONSEJO, POR LA QUE SE DECLARAN Á LOS

INDIVIDUOS VULGARMENTE LLAMADOS DE LA CALLE, DE LA CIUDAD DE PALMA DEL REINO DE MALLORCA, APTOS AL SERVICIO DE MAR Y TIERRA EN EL EJÉRCITO Y ARMADA REAL Y PARA OTRO CUALQUIER SERVICIO DEL ESTADO EN LA FORMA QUE SE PREVIENE.--AÑO 1786.--EN MALLORCA.--EN LA IMPRENTA DE DON IGNACIO SARRÁ Y FRAU IMPRESOR DEL REY NUESTRO SEÑOR.

Don Jorge de Puig y de Mauréll, del Consejo de S. M. y regente de la real Audiencia de todo el reino de Mallorca, etc.