[179] Segun el Derecho Español [L. 3, tít. 15, Part. 5] los bienes que adquiere el deudor despues de la cesion solo quedan afectos al pago, en lo que excedan de lo que él necesite para su congrua sustentacion, (beneficio de competencia); mas no existe esta disposicion en el Derecho de la Luisiana. 3, Martin. [Louis] 588, id. 292.

[180] Código, 7, 71, 1 Dig. 42, 3, 4, y 6; Voet ad Pand 42, 3, 8; Heineccii Opera, tom. V. pág. 620; tom. VI, pág. 384, 387: Code de Commerce, núm. 568. Repertoire Universel et Raisonné de Jurisprudence, por Merlin, tít. cession de biens; Esprit des Lois, tom. I, 114; 2 Bell's com. 580-597; 16 Johns, 244 note. Hub. Prœlect. tom. II, 14-54; Heinec. Elem. Jur. Civ. secund. ordine Pandect, p. 6, 1. 42, tít. 3; Elem. Jur. Ger. Lib. 2, tít. 13, sec. 387.

[181] Voet ad Pand. 42, 3, 10.

[182] Para remover toda confusion en esta materia, es preciso no olvidar la diferencia que existe entre los derechos locales que confiere la ciudadanía de un Estado, y los que confiere la ciudadanía nacional en virtud de la Constitucion. Es incuestionable que, segun la mente de ésta, un extranjero solo puede adquirir la ciudadanía nacional cumpliendo con las prevenciones de las leyes de naturalizacion expedidas por el Congreso general; pero cada Estado, en uso de la soberanía local, que quedó reservada á los Estados en particular, puede constituir á los extranjeros ú otras personas sobre una base de absoluta igualdad con sus propios ciudadanos en cuanto á las garantías y derechos políticos que deban disfrutar dentro de su propia jurisdiccion, entendiéndose que las disposiciones que dictaren en este sentido no constituyen á dichos extranjeros en ciudadanos de los Estados Unidos, ni les confieren los derechos y prerogativas de ciudadanos en otros Estados.

Véase el caso de Dred Scott. 19, How 393.

[183] En el caso de «Berney v. Tax Collector,» 2 Bailey [S. C] 654 se declaró que era constitucional una contribucion impuesta por un Estado sobre dividendos de acciones de un banco nacional, que pertenecian á un ciudadano del mismo Estado. Y en el de «Union Bank v. The State» [9 Yerger, 490] que las acciones de los bancos del Estado estaban sujetas al pago de contribuciones como bienes de propiedad particular, cuando pertenecian á personas avecindadas en el mismo Estado; no así cuando pertenecian á personas no residentes, porque la contribucion es personal, y las acciones son derechos ad rem, no tienen localidad fija y siguen á la persona del dueño.

[184] Con el mismo fundamento se declaró en el caso de "Dobbins v. The Commissioners of Erie County" [16 Peters v. s. 435] que los empleados federales no estaban sujetos á la cuotizacion de los Estados por razon de sus empleos, porque esto equivaldria á disminuir la gratificacion que les dá la ley. En el caso de «Melcher v. The City of Boston» la Suprema Corte de Justicia de Massachusetts declaró en Marzo de 1845 [9 Metcalf 73] que aun no estaba decidido si seria legal imponer contribuciones sobre los sueldos de los empleados federales y si estaba ó nó comprendido en la resolucion del citado caso de Dobbins. En este caso se declaró que un empleado del correo, no estaba exento de las contribuciones impuestas sobre sus sueldos.

La Corte de Apelaciones de New York en el caso «Bank of The Commonwealth v. Commissioners of Taxes» [23 New York 192] decidido recientemente declaró que los bonos de la deuda pública de los Estados Unidos estaban sujetos á las contribuciones de los Estados, sea que pertenecieran á particulares ó á corporaciones. Los decretos del Estado previenen que las contribuciones se impongan sobre toda la masa de la propiedad existente en un territorio y no sobre los bienes individuales que posee cada causante. En esto se fundaba la distincion que hizo el magistrado Denio entre este caso y el de «Weston v. The City of Charleston.» Se declaró que los bonos de los Estados Unidos estaban sujetos á las contribuciones porque entraban en la masa comun de toda la propiedad del Estado, sin que se pudiera decir que habian sido impuestas por mala disposicion de ánimo respecto á las propiedades de la federacion. El Presidente de la Corte disintió y en tal virtud se llevó la cuestion á la Suprema Corte de los Estados Unidos, la que revocó el fallo, declarando que dichos bonos no estaban sujetos á las contribuciones de los Estados. 2 Black 620.

[185] «Commonwealth v. Clary» (8 Massachusetts, 72) «Commonwealth v. Young» (1 Hall's Journal of Jurisprudence, 53.)

[186] 1 Hall's journal of jurisprudence, 47. En el caso United States v. Ames, [1 Wood Minot 76] seguido ante el tribunal federal del circuito de Massachusetts, (Octubre de 1845) el Sr. Magistrado Woodbury, hizo un análisis muy prolijo y erudito de la jurisdiccion sobre las tierras ubicadas en sitios enagenados á ella por un Estado, declarando, que si las posee en propiedad, sin haber mediado cesion de jurisdiccion por parte del Estado, deberá regir en cuanto á sus derechos y acciones el fuero rei sitæ, que comprende á todos los que poseen tierras allí, sean ó nó vecinos del lugar, á no ser que las leyes del Congreso hayan dispuesto otra cosa, tal es por ejemplo el caso análogo en cuanto al principio, en que el gobierno federal es tenedor de una libranza. Véase «United States v. Barker» (12 Wheaton, 561) ó es responsable por pérdidas sufridas sobre letras de cambio de procedencia extrangera, por averías generales, por aluviones de los rios, compensacion &c. Pero si además de la enagenacion de las tierras ha habido cesion de jurisdiccion, aquellas quedan sujetas á las leyes del Congreso, y no á las de los Estados, y no deberá permitirse que éstos pongan obstáculos á la consecucion del objeto para que fueron cedidos los terrenos por medio de la imposicion de contribuciones, de anegarlos, ó de cualquiera otra manera que pugne en lo mas pequeño con las disposiciones que diere el gobierno general, quien podrá castigar cualquier delito que se cometiere allí y expeler á los intrusos. Mas si el Congreso no hubiere prescrito ningun recurso especial y adecuado á la propiedad pública, deberá aplicarse el derecho comun ó las leyes de los Estados. Pero los Estados Unidos tienen jurisdiccion sobre su territorio, aun cuando no haya habido cesion respecto á las tierras en particular, pues que la posesion de éstas tiene objetos especiales y debe ser protegida.