El casco y aparejo del buque que formaban toda la propiedad del oficial Brown, no puede calificarse por ningun sólido principio de propiedad inglesa: ella pertenecia antes al mencionado gobierno que habia comprado dicho buque para su servicio, del que hizo donacion á uno de sus oficiales premiando al mérito y animando la emulacion de los que le servian.
«El arribo de la fragata «Hércules» á la Barbada, considerado como buque de guerra no ha contravenido á ninguna ley marítima de comercio ó colonial que autorice á su aprehension y confiscacion, y aun cuando se le gradue de buque mercante, habiendo arribado por necesidad, y no probándole hecho ni intencion de hacer alguna introduccion clandestina, como lo comprueba el proceso, por los tratados y leyes coloniales de España misma, no puede negársele en tal caso el auxilio que su necesidad demanda ni menos detenerlo....»
Hemos dicho que sobre la conducta del coronel Brown pesaban algunas sombras; él bien lo conocia, pues ofreció al Sr. Rivadavia una plena satisfaccion prestándose á darla personalmente en Paris mismo si asi se lo exijiese el Diputado de su gobierno.
El Sr. Rivadavia con la imparcialidad que correspondia en negocios tan graves, no quiso disimularle ni la naturaleza ni la fuerza, tal vez aparente, de los actos que empañaban la fama del buen marino; pero tomando en cuenta la instancia que este hacia para lavarse de toda mancha, tuvo la discrecion el Sr. Rivadavia de tranquilizar el espíritu de quien podia aun prestar á la causa de la independencia servicios de consideracion. En la nota mencionada del 27 de Junio le decia: «Pasando á lo que toca á su honor personal, aseguro á V. S. con la franqueza que me pide; que mi opinion del benemérito coronel Brown es siempre la misma que he tenido la satisfaccion de manifestar en toda oportunidad, y le protesto que me lisongeara mucho poder obrar siempre conforme á ella. Persuádase V. S. que conozco sobradamente los enemigos que forman el mérito y la desgracia, mayormente si los accidentes prestan la decoracion del celo á la calumnia. En caso semejante, donde hay un mérito bien fundado y un talento que hacer valer no falta mas que el carácter, y yo me congratulo de entreveer este en su persona.»
La nobleza de este lenguaje, los principios de derecho público y los pormenores históricos que encierran las dos notas que en parte dejamos copiadas, las dan una importancia que hace que tengamos á dicha la conservacion de tan preciosos documentos. Por cierto que de la lectura de ellos no podría traslucirse la situacion personal del autor, ni los motivos de desaliento que en el instante de firmarlos debian obrar sobre su ánimo. Dejaremos que él mismo pinte esa situacion en el siguiente párrafo de su comunicacion de 24 de Mayo de 1817, al Director Puyrredon, que dice asi: «Acabo de recibir un oficio de V. E. datado en esa capital á 3 de Enero del corriente año .... en que me íntima que no apareciendo motivo de conveniencia que pueda fundar mi residencia en Europa para lo sucesívo, regrese á ese pais .... Yo obedezco á la órden de V. S. y desde luego no promederia un momento entre la obediencia y la ejecucion si no me retuvieran motivos insuperables por el presente. En los puertos de Francia no será fácil encontrar buque que haga viaje directo á esa por lo que probablemente me veré obligado á pasar á Inglaterra. Mas no tengo recurso alguno para hacer frente á los gastos precisos de mi transporte. Y sobre todo, no hace honor á ese gobierno ni á mi persona el salir de esta capital sin cubrir lo que debo en ella, mayormente cuando se me ha anticipado bajo la sola garantia de mi persona.»
El 10 de Diciembre de aquel mismo año recibió nuevos plenos poderes para constituirse en órgano del gobierno de las Provincias Unidas de Sud-América cerca de los soberanos de Europa, con el objeto de conquistar la estima de estos á favor de aquel gobierno, el cual estaba seguro de granjeársela por la bondad de su conducta, segun la espresion oficial de los respectivos documentos diplomáticos.
Por los antecedentes que tenemos á la vista venimos en conocimiento de la importancia de los trabajos del Sr. Rivadavia en Europa; pero no podemos trazar una historia de ellos por lo incompleto de aquellos mismos antecedentes.
El Diputado argentino no dejó de negociar un solo momento, á fin de inclinar al gabinete francés á protejer con su fuerza moral la independencia de esta parte de América, conato principal de nuestra política esterior. El Sr. Rivadavia habia conseguido captarse la amistad de escritores y personajes influyentes capaces de obrar sobre la opinion del pueblo francés y sobre la política de su gabinete. Monseñor Deprat puso su pluma calorosa al servicio de la gran causa americana, y los sentimientos democráticos del noble general Laffayette, no permanecieron inoficiosos ante las hábiles instancias del Sr. Rivadavia cuyo elevado carácter supo apreciar aquel hombre tan simpático para los amigos de la libertad.
Debiendo respetar el punto político de partida del monarca francés de aquella época, el Sr. Rivadavia declaró que el gobierno que representaba habia seguido una conducta conforme con las doctrinas conservadoras proclamadas por el Congreso de Viena de 9 de Junio de 1815. Que aquel creia, por consiguiente, cumplir con sus deberes, perseverando en la línea de conducta que habia seguido, empleando con respecto del Rey de España todos los medios de conciliacion que estuvieran á su alcance, aumentando y fortificando los medios de defensa, al mismo tiempo que se esforzaba por mejorar y perfeccionar sus instituciones. Hacia esta declaracion con motivo del Congreso de soberanos que debia tener lugar en Aix-Lachapelle, y en el cual, segun los cálculos del Sr. Rivadavia, deberia tratarse la gran cuestion americana á instancias del gabinete peninsular. Los esfuerzos de nuestro diplomático se contrajeron por tanto á presentar la causa y el crédito del gobierno de las Provincias Unidas bajo puntos de vista favorables, demostrando en laboriosas memorias que redactó al efecto, el progreso creciente del comercio, de la riqueza y de la civilizacion del Rio de la Plata, asi como de los demas Estados que tenian un propósito comun con nuestras Provincias.—“La existencia politica, la organizacion interior y las relaciones esteriores de la parte mas vasta, hermosa y fértil de la América, (decia el Sr. Rivadavia en 15 de Octubre de 1818, en nota confidencial escrita en frances al Jeneral Dessales, ministro de Relaciones Esteriores) no es negocio que pertenezca esclusivamente á la España: es del interés de todo el mundo civilizado. Las dos potencias americanas reconocidas por la Europa, se encuentran comprometidas en las numerosas complicaciones que acarrea la prolongacion de una lucha desoladora, sostenida en el nuevo mundo durante casi nueve años; lucha cuyas consecuencias son perniciosas para todas las naciones mercantes. Ha ya muchos años que las Provincias Unidas de Sud América y recientemente Chile, han conquistado cuanto título puede exijirse á un pais nuevo para merecer una constitucion nacional.... .... Hasta hoy no se ha presentado á la América la ocasion de hacerse oir y de esplicar de una manera adecuada la gravedad é importancia de sus intereses .... Yo me hallo en situacion de dar á este respecto todas las esplicaciones que se creyeren necesarias.”
Nuestra diplomácia en Europa no perdió de vista, ni por un solo instante, un peligro cuya gravedad debia disimularse y en prevision del cual era prudente captarse simpatías en los gabinetes de primer órden. Consistia ese peligro en una espedicion preparada en Cádiz, cuyo número de soldados montaba á 18 ó 20,000 hombres, segun los Bandos que en tinta colorada imprimia y hacia colocar el gobierno de Buenos Aires en las esquinas de esta ciudad, y ante cuyo buen éxito probable trepidaban aquellos gabinetes para decidirse al reconocimiento de nuestra independencia. “La España, decia con este motivo el Sr. Rivadavia al ya mencionado ministro de relaciones esteriores de Francia, podrá causar una sorpresa á la buena fé de la Europa; pero no está en su poder el alucinar á la América.... No nos és indiferente, por cierto, que esa espedicion parta ó no, puesto que en las Provincias Unidas de Sud-América, la vida y la fortuna de cada ciudadano están identificadas con las de todos los demas; pero el señor Ministro me permitirá asentar aquí dos verdades que sobradamente se justificarán con el tiempo. La primera es que ni el gobierno ni el plenipotenciario de aquellas provincias consentirán jamás en desviarse un solo paso del camino que llevan, ni cederán un punto de la justa solicitud de que se impida á la espedicion militar el zarpar de los puertos de la península. La segunda es, que si la espedicion llegase á realizarse, entonces cesarán todas las consideraciones y miramientos, y la fuerza se encargará de hacernos justicia.”