La Chronica de los Reys de Espanna debió de acabarse en 1256 y el códice está en la Biblioteca de Toledo, escrito en la segunda mitad del siglo xiii.
179. La Historia Gothica, de Ximénez de Rada, en Hispaniae ilustratae... scriptores varii, ed. A. Schott, Francofurti, 1603-1608, t. I; PP. Toletanorum Opera, ed. Lorenzana, Madrid, 1782-1793, t. III. Consúltense: Marqués de Cerralbo, El Arzobispo Don Rodrigo, discurso, Madrid, 1908; Rafael Ballester y Castells, Las fuentes narrativas de la Historia de España durante la Edad Media, Palma de Mallorca, 1908, pág. 75; Estoria de los godos; ed. V. E. Lidforss, Acta Universitatis Lundensis, Lund, 1871-1872, t. VII y VIII; ed. A. Paz y Meliá, Colección de documentos inéditos para la historia de España (1887), t. LXXXVIII.
180. Cuanto á otros escritos en latín, en la primera mitad del siglo xiii florecieron los hagiógrafos Don Martín de León, abad; Don Alfonso Ramírez, obispo de Orense, y el celebrado Diego de Campos, entre cuyas obras citemos la llamada Planeta; "trata de materia de gran claridad", cuyo códice, del 1218, está en la Biblioteca toledana. Véase Nicolás Antonio, Bibliotheca Vetus, l. VIII, c. 1; Rodríguez de Castro, Bibl. Esp., t. II, págs. 504, 510, 514. Entre los filósofos y gramáticos Pedro Hispano y Fr. Bartolomé: véase Nic. Antonio. Bibl. Vet., l. VIII, c. 3; Rodríguez de Castro, t. II, págs. 598 y 616. Entre los jurisconsultos: Juan Hispano, que honró en Bolonia el nombre de su patria; Fabricio, Bibl. mediae et infimae latinitatis, l. IV.
181. Año 1263.—Don Lucas de Túy ó el Tudense nació en León á mediados del siglo xii, estuvo en Roma, Constantinopla, Chipre, Jerusalén y, vuelto á España, escribió, de orden de doña Berenguela, las Crónicas, en latín, acabadas en 1236; dos años antes había escrito Contra los albigenses; más tarde acabó la Vida de San Isidoro, comenzada en su mocedad. Muestra poco juicio crítico en sus Crónicas, y se le tiene por "fabuloso". Más bien es copilación de obras con añadiduras. Fueron romanzadas á fines del siglo xiii, ó poco después, con el título de Corónica de Spaña por don Luchas de Tui, con otros sucesos desde 1236 á 1252 añadidos. Imprimióse la obra latina en Francfort, 1608; de la castellana hay códice en la Academia de la Historia.
182. El Fuero Viejo de Castilla ó de los fijosdalgos formólo en parte el conde don Sancho, probablemente en latín; fué añadido en las Cortes de Nájera del 1128, donde probablemente se romanceó y quedó aumentado y corregido en 1222 (era de 1250). Don Alfonso el Noble lo convirtió de particular en Código general. Derogólo Alfonso X, sustituyéndole el Fuero Real; pero hubo de declararlo vigente en 1272 por la sublevación de los nobles; reformólo don Pedro el Cruel en 1356. Galindo cree que su lenguaje es anterior al de las Partidas, salvo pocas palabras. Discútese, sin embargo, actualmente, la autenticidad del Fuero Viejo, que no parece haber sido la única colección de antiguas fazañas (sentencias memorables) formada en Castilla.
La primera versión castellana, llamada Fuero Juzgo, de las leyes visigodas, se hizo en virtud de lo dispuesto en el Fuero particular que en 4 de abril de 1241 dió el rey San Fernando á la ciudad de Córdoba, después de haberla conquistado de los moros, en el cual dice que le da por Fuero el libro de los jueces ó Código latino visigodo, á cuyo fin manda que se traduzca en lengua vulgar y que le tenga perpetuamente por fuero con el nombre de Fuero de Córdoba.
183. El Códice del Fuero Juzgo impreso por la Academia es el que, según la tradición de Murcia, regaló á aquella ciudad Alfonso X, aunque ello es dudoso (León Galindo, Progreso y vicisitudes del id. castell., pág. 19); de todos modos no ofrece la forma primitiva de la traducción cuanto al castellano y á la ortografía, y aun tiene variantes en el texto respecto del latino. Además de este códice del siglo xiii, la Academia gozó otros siete del mismo siglo, de los cuales dió Galindo la prioridad, por el lenguaje más arcaico, al de Campomanes, y al de Villadiego el segundo lugar, antes del de Murcia. El lenguaje del Fuero Juzgo murciano tiene muchas voces puramente latinas, propias de la erudición de los traductores; algunas arábigas, maravedí (de los Almoravides, siglo xi), alcalde ó alcall por juez, fasta, mezquino, azote; las formas leonesas son muchas y mezcladas con las castellanas y aun las gallegas, como el artículo el, la, lo y o, a, os, as y llo, lla, llos, llas; además, variantes dialectales castellanas como sus y sos, su y so, to y tu, suyo y sua, suyos y suas y suyas, que y qui, o y u y hu (ubi), sin y sen y sien; mas y mays y mes, ni y ne y nin y nen, si y se.
Los códices y ediciones del Fuero Juzgo véanse en el Prólogo de la edición latino-castellana de la Academia Española, 1815.
Fuero Juzgo. Ed. Academia Española, Madrid, 1815. Consúltense: R. de Ureña y Smenjaud, La legislación gótico-hispana, Madrid, 1905; R. de Ureña y Smenjaud, Historia de la literatura jurídica española, Madrid, 1906; M. Rodríguez y Rodríguez, Fuero Juzgo, su lenguaje, gramática y vocabulario, Santiago, 1905.
184. Con la subida al trono castellano de Alfonso el Sabio, el año de 1252, puede decirse que pasó á los cristianos y al castellano la sabiduría oriental y todo linaje de sabiduría. Probablemente se deben á sus ruegos, deseos y trabajos, las primeras obras didácticas, que se compusieron, según se cree, durante el reinado de San Fernando (1230-1252), de autores y fechas no averiguadas todavía: Las Flores de Filosofía, en que por estilo sentencioso, á la oriental, Séneca y treinta y siete otros filósofos discurren sobre la moral. El libro de los buenos Proverbios, traducción del libro arábigo de Honein-ben-Ishāk Al-Ibâdi (809-875). El libro de los doce sabios ó Libro de la Nobleza ó Lealtat, que trata el gobierno y educación de los príncipes. Algo más tardías y con mayor probabilidad aconsejadas del Rey Sabio, son las dos obras Poridad de las Poridades, de fuente arábiga, y el Bonium, así llamado del supuesto nombre de su autor, fabuloso Rey de Persia, ó por otro título, Bocados de Oro, obra sacada de la de Abul Uafá Mubashir-bin-Fatik (s. xii). El Libro de los doze Sabios créese haberse traducido en tiempo de San Fernando (1217-1252), y tomó el nombre por los doce sabios que se juntaron para averiguar "lo que todo príncipe et regidor de regno a de fazer en ssi et de commo deve regir et castigar et mandar et conoscer a los de su regno". El libro de Poridat de las Poridades ó Castigos de Aristotil a Alexandre, es traducción del Secreta secretorum. En él se halla una de las cartas atribuidas á Alejandro y otra en el Bonium.