Como es lógico, no debe confundirse el efecto de esta insuficiencia de ocupación con su disminución, que resultaría de una rebaja general de la jornada de trabajo. En el primer caso, el precio ordinario del trabajo se calcula suponiendo que la jornada regular es de doce horas, y si el obrero trabaja menos, supongamos ocho horas, no percibe lo suficiente; mientras que, en el segundo caso, el precio ordinario del trabajo se calcularía estableciendo que la jornada regular fuese, por ejemplo, de ocho horas, y, por consecuencia, el precio de la hora sería más elevado. Podría suceder que aun entonces el obrero no percibiese su salario regular; pero esto solo sucedería si estaba ocupado menos de ocho horas, mientras que en el primer caso ocurre no estando ocupado doce horas.

El precio inferior del trabajo y la prolongación de la jornada.

En ciertos ramos de la industria en que domina el salario a jornal, es costumbre contar como regular una jornada de cierto número de horas, diez, por ejemplo. Después comienza el trabajo suplementario, el cual, tomando como tipo la hora de trabajo, está algo más remunerado. A causa de la inferioridad del precio del trabajo durante el tiempo reglamentario, el obrero se ve obligado, para obtener un salario suficiente, a trabajar durante el tiempo suplementario que está menos mal pagado. Esto conduce, en provecho del capitalista, a una prolongación de la jornada de trabajo. La limitación legal de la jornada de trabajo pone fin a esta canallada.

Hemos visto más arriba que, dado el precio del trabajo, el salario cotidiano o semanal depende de la duración del trabajo suministrado. De esto resulta que, mientras más inferior sea el precio del trabajo, más larga debe ser la jornada para que el obrero alcance un salario suficiente. Si el precio de la hora de trabajo es de 15 céntimos, el obrero debe trabajar quince horas para obtener un salario cotidiano de 2,25 pesetas; si el precio de la hora de trabajo es de 25 céntimos, una jornada de doce horas le basta para obtener un salario cotidiano de 3 pesetas. El precio inferior del trabajo, pues, hace forzosa la prolongación del tiempo de trabajo.

Pero si la prolongación de la jornada es el efecto natural del precio inferior del trabajo, puede ser también causa de una baja en el precio del trabajo, y, por consiguiente, en el salario cotidiano o semanal. Si, gracias a la prolongación de la jornada, un hombre ejecuta la tarea de dos, la oferta de trabajo aumenta, por más que no haya variado el número de obreros que hay en el mercado. La competencia así creada entre los obreros, permite al capitalista reducir el precio del trabajo, reducción que, como ya hemos visto, permite a su vez que prolongue aún más la jornada. Por consiguiente, el capitalista saca doble provecho de la disminución del precio corriente del trabajo y de su duración extraordinaria.

No obstante, esta facultad de disponer de una cantidad considerable de trabajo no pagado, no tarda en convertirse en medio de competencia entre los mismos capitalistas; para atraer el mayor número de compradores, rebajan el precio de venta de las mercancías, que les salen a menos coste; este precio concluye por fijarse en una cantidad excesivamente pequeña, la cual, a contar desde ese momento, forma la base normal de un salario miserable para los obreros de aquellos industriales.

CAPÍTULO XXI

EL SALARIO A DESTAJO

Esta forma del salario no altera en nada su naturaleza. — Particularidades que hacen de este forma del salario la más conveniente para la producción capitalista.

Esta forma del salario no altera en nada su naturaleza.