»Vuestras esposas pueden andar descubiertas en presencia de sus padres, de sus hijos, sobrinos, mugeres y esclavos. Temed al Señor, que es testigo de todas vuestras acciones.
»Las mugeres de edad avanzada pueden quitarse su velo, con tal que no pongan estudio en hacerse ver.»
(Art.º 17 y 18, cap. Del matrimonio.—Leyes morales etc. de Mahoma, Coleccion cit. de Lefèvre.)
[163] Véase art. 11, cap. cit., obra cit. de Lefèvre.
[164] Véase nota 2, pág. 72.
[165] «Cumplen en los casamientos alegría et alhuelulas (gritos de alegría ó de dolor que acostumbran á dar las moras), et panderos, et testimonios.» Título VIII. Leyes de moros. «Y permítese en las bodas el adufe, y este es de dos maneras: el uno un arco redondo y por la una parte pergamino que esté sin cuerdas... Y el otro es de la misma suerte, sino que está por las dos partes con pergamino... y si tiene cuerdas, ó son sonajas ó gayta no se permite, y los demas instrumentos, como laud, rabel y semejantes, como mas fuerça, es haram (prohibicion) usarlos en las bodas.» Anon. Valenc. cit. por el Sr. Gayangos en su nota 3 al tít. VIII arriba mencionado.
Aunque estas leyes fueron recopiladas en época muy posterior á los Califas, merecen considerarse como primitivas, puesto que el ilustrado orientalista que las ha anotado advierte en el prólogo que las precede no haber nada en ellas que no esté enteramente conforme con los principios consignados en el Coran, con la tradicion y la Zunna, con las doctrinas del rito Malequí que se siguió en Africa y en España, y con la letra de otras compilaciones legales del mismo género.
[166] El acidaque es la dote ó la carta dotal. Entre los musulmanes el marido es el que dota á la muger. «El guaquil (procurador casamentero, tutor ó curador) dará la novia con palabras conocidas, como decir: ya fulano, yo te caso con fulana; y el novio dirá: yo estoy contento ó la recibo por esposa, y deste dar y recibir, y cantidad del çitaq (acidaque ó dote) presente y dilatado, es la que an de testiguar los testigos, de suerte que estos an de hablar con ella antes. Si es doncella y no tiene padre, llamarla y que responda al llamado, y le dirán: fulano te a pedido para su esposa y te a nombrado de çitaq presente tanto, y de muajar (lo que se da despues) tanto. Si estás contenta, calla y no respondas, y tu callar es señal cierta que concedes y estás contenta; y si no lo estás, habla y di lo que te parece y está bien. Si á todo esto calla, su callar es otorgar, y si despues de tiempo habla y dice que no sabia que el callar era otorgar, no le es de provecho, ni será creida. Y si al tiempo de llamarla se rie ó llora, se casará, y no importa, porque el reirse puede ser de contento, y el llorar por faltalle en aquella ocasion su padre, con que le escusaba á ella de hablar; pero si no quiere hablar ó se levanta de su lugar, y se va y se echa de ver en su cara que aborrece el casarse ó no querer al novio, se dejará por casar.» Anon. Valenc. citado en la nota 1 al tít. X, Leyes de moros.
[167] Art. 3, cap. Del repudio, Leyes morales etc. de Mahoma, Colec. cit. de Lefèvre.
[168] Cuando un mahometano jura repudiar á su esposa, rompe todo comercio con ella. La esposa, así que llega á su noticia el juramento, se cubre con un velo y se retira á su aposento sin volver á presentarse á su marido. Para la reconciliacion hay un término improrogable de cuatro meses, llamado la alheda, pasado el cual todo vínculo queda disuelto y la muger recobra su libertad. Al salir de la casa marital recibe su acidaque y se lleva consigo sus hijas, dejando los hijos varones en poder del padre. Véase el cap. cit. Del repudio.