¿Es cierto que la prosperidad y la seguridad de los Estados Unidos hasta tal punto están empeñadas en el hecho de que las naciones de América mantengan su independencia, que en caso de agresión a una de éstas están compelidos a defenderla? Desde luego que sí. Todas las naciones de la América, tanto las del Norte como las del Sur, por su proximidad geográfica, por la simpatía que las une y por haber establecido todas el gobierno constitucional, son amigas y aliadas, tanto comercial como políticamente, de los Estados Unidos; y si permitiéramos que alguna nación de Europa dominara a una de aquéllas, perderíamos todas las ventajas de nuestra posición. Pero hay más. El pueblo de los Estados Unidos tiene un interés vital en el mantenimiento del principio del gobierno popular, por nosotros proclamado a costa de mucha sangre y muchos sacrificios y arraigado con admirable lozanía; y hasta tal punto tenemos fe en dicho principio, que entendemos que el grado de civilización de un pueblo se puede medir por el mayor o menor esplendor con que lo mantenga. Dominado por este sentimiento el pueblo de los Estados Unidos, no es de extrañar que se mantenga tan adicto a esa causa. Pero ya pasó la edad de las cruzadas: si los Estados Unidos mantienen con tanta devoción el principio del gobierno popular, es porque en su sostenimiento está vinculada su seguridad y su prosperidad. Es por esto por lo que no toleramos que ninguna nación de Europa controle a una de la América.
Tenemos que prevenirnos contra ese mal; y si podemos, debemos evitar que ocurran las circunstancias que puedan acarrearlo. Las naciones cristianas, en sus relaciones entre sí, deben mantener análogos principios a los que regulan la conducta de los hombres. Los estados más fuertes están obligados a enseñar, con su ejemplo, que los pueblos se deben gobernar de acuerdo con las reglas del derecho y la justicia. Cuando un estado poderoso se sienta tentado del deseo de engrandecerse a costa de otros, debe tener presente que, por lo mismo que es poderoso, no debe hacer mal uso de su fuerza. Los Estados Unidos, de hecho, son soberanos en este Continente; y al mezclarse en esta cuestión, lo hacen invocando títulos muy legítimos. Si se mezclan en esta cuestión, es no sólo por razones de amistad y de civilización, no sólo por su invariable adhesión a los principios de justicia y equidad, sino porque sus enormes recursos y su aislamiento los hacen dueños de la situación y les exigen que se pongan frente a las pretensiones de los otros estados.
Todas las ventajas de esta superioridad las perderíamos si alguno de los estados de América se convirtiera en colonia de una nación europea. Perderíamos nuestras ventajas desde el momento en que cada nación de Europa tuviera en América una base de operaciones contra nosotros. Las ventajas que adquiera una potencia, querrían conseguirla también las otras; y, en definitiva, el espectáculo de las luchas por el reparto de Africa tendría un nuevo escenario en la América. Se comenzaría por el reparto de los países menos fuertes; pero, en definitiva, toda la América del Sur sería objeto de reparto entre las potencias de Europa. Las consecuencias que de semejante orden de cosas se derivaría, serían desastrosas para los Estados Unidos. Perderíamos toda nuestra autoridad y todo nuestro prestigio, y en definitiva no vendríamos a significar nada en la comunidad de las naciones desde el momento en que tuviéramos a nuestras puertas a los que en la paz vendrían a ser nuestros rivales y nuestros enemigos en caso de guerra. Hasta ahora, afortunadamente, no hemos necesitado acumular los enormes recursos militares con que cuentan otras naciones, y quizás de esto dependa, en gran parte, no sólo nuestra riqueza, sino hasta la felicidad de los ciudadanos. Nuestras condiciones variarían desde el momento en que las naciones de Europa tuvieran posiciones en este Continente. Por lo pronto, nos veríamos obligados a armarnos hasta los dientes; nuestra juventud tendría que ingresar en la marina o en el ejército, y, al distraerla de las industrias de la paz, suprimiríamos en gran parte nuestra poderosa energía productora.
Es difícil precisar la magnitud del mal que tal cosa nos traería. No es que nos preocupe el hecho de que pudiéramos mantener buenas o malas relaciones de amistad con las potencias europeas, si semejante eventualidad ocurriese. Es que el pueblo de los Estados Unidos sabe por experiencia que las relaciones exteriores de los estados no se inspiran en sentimientos, ni en principios, sino en su propia conveniencia. No se nos olvida que en momentos, para nosotros de grave peligro, todos nuestros temores y nuestras calamidades se vieron agravados con actos, atentatorios para nuestra nacionalidad, por parte de potencias con las que habíamos mantenido las mejores relaciones. Todavía tenemos presente que Francia aprovechó la circunstancia de vernos envueltos en una guerra civil, para pretender convertir en una monarquía la vecina República Mejicana. No abrigamos duda con respecto a que, de buen grado, Francia y la Gran Bretaña aumentarían sus actuales posiciones en este hemisferio, hasta conseguir ponerle fin al predominio de nuestra gran República. De todos estos peligros hemos escapado hasta el presente, gracias a la manera eficaz, aunque sin mucho ruido, con que hemos mantenido la doctrina que enunció el Presidente Monroe, y la que no podemos abandonar a menos que nos decidiéramos a abandonar los consejos de la experiencia, renunciando a la política que, al par que nos ha evitado agresiones exteriores, ha sido causa, en gran parte, de nuestra prosperidad.
Tal es la doctrina del Derecho Público Americano, que se inspira en principios admirables y que, fundándose en múltiples antecedentes, le exige a los Estados Unidos que consideren como atentatorio a ellos mismos el acto de una potencia europea por el que se pretenda ejercer control sobre una nación americana.
Demuestra por último la "nota" la pertinencia de la aplicación de la doctrina de Monroe a la cuestión planteada, en esta forma:
Es indiscutible la aplicación que en este caso tenemos que hacer de la doctrina de Monroe. La controversia se refiere al dominio—por tanto, al control político—sobre una extensión territorial que abraza, según las reclamaciones inglesas formuladas en estos dos últimos años, unas 33,000 millas cuadradas. Esa extensión superficial llega hasta la misma boca del río Orinoco y su posesión tiene, por eso, gran importancia en relación con la navegación de dicho río, y hasta para las regiones del interior de la América del Sur. De ninguna manera podemos mirar la disputa entre una nación de la América y otra de Europa, por el hecho de las posesiones que tenga ésta en este Continente, cual si se tratara de una cuestión surgida por la fijación de los linderos entre Venezuela y Brasil o entre Venezuela y Colombia. Este caso, en que no sería procedente la intervención, es distinto al de que aquí se trata.
En este caso, la controversia no es con la Colonia de la Gran Bretaña, sino con la Gran Bretaña directamente. No tendríamos inconveniente en que se apelara a la fuerza, si la lucha fuese entre Venezuela y la Guayana Inglesa; pero bajo ningún concepto podemos admitir la tesis de que, por tratarse de una posesión que es europea, no es de aplicarse la doctrina de Monroe, supuesto que, de admitirla, perdería toda su fuerza y todo su prestigio dicha doctrina y se autorizaría a las naciones europeas, que tienen posesiones en este Continente, para ensancharlas, ya por la fuerza, ya por medios pacíficos.
El extremo de la doctrina de Monroe relativo a que los Estados Unidos nada tendrían que ver con las colonias o dependencias europeas existentes cuando aquélla se promulgó, se refiere a dichas dependencias y colonias con la extensión que tenían en el momento de promulgarse la citada doctrina; y no podemos concederle a ese extremo otra interpretación, so pena de quitarle a ésta toda su importancia. Es evidente que tanto infringe la doctrina de Monroe la Gran Bretaña ensanchando los linderos de su antigua colonia en perjuicio del territorio venezolano, como pretendiendo establecer una nueva colonia. Se trata de casos distintos en la apariencia, pero, en el fondo, idénticos.
En 26 de noviembre del propio año, Lord Salisbury expidió un despacho contestando la nota de Olney. En él dice que la doctrina de Monroe tuvo su razón de ser en la época que se promulgó, esto es, en momentos en que determinadas naciones de Europa pensaban en la reconquista de los territorios de América; que en el caso en cuestión, como no se trataba por Inglaterra de establecer una colonia en Venezuela, ni de obligar a esta República a cambiar su forma de gobierno, sino que sólo se debatía una simple cuestión de linderos, era improcedente la apelación que se hacía a la referida doctrina del quinto Presidente.