Este momento hubo de llegar. Los horrores de la guerra, por una parte, y de la otra los perjuicios que por consecuencia de la misma venían sufriendo intereses norteamericanos muy importantes, fueron causa de que en 23 de septiembre de 1897 el Gobierno de Washington le exigiera al de España, terminantemente, que dejara pacificada la Isla. Dos meses después España le ofrecía la autonomía a Cuba; pero ya era tarde. La solución no satisfizo a los cubanos; y a pesar de que el Presidente Mc. Kinley, en su Mensaje de 6 de diciembre de dicho año, expuso que no se debía reconocer la beligerancia y que nada se debía hacer mientras no se evidenciara el fracaso del nuevo régimen autonómico, la opinión pública no cejaba en su empeño de que se tomara alguna acción decisiva en favor de los cubanos. El Poder Ejecutivo resistió cuanto pudo; pero la explosión del "Maine", en la bahía de la Habana, suceso bien reciente que todos recordamos, vino a ser el colmo de la ansiedad. El 20 de abril de 1898, el Presidente de la República suscribió la joint resolution por la cual se declaraba

que el pueblo de Cuba era y de derecho debía ser libre e independiente;

y al ser apoyada esta declaración por medio de las armas, y quedar triunfantes las de Norteamérica, terminó la dominación de España en el Continente Americano.

El escritor norteamericano Hiram Bingham, en un folleto que dió a luz el año 1915, en que trata de la doctrina de Monroe y que titula La doctrina de Monroe como una consigna anticuada, se refiere a los sucesos que acabamos de mencionar, en los siguientes términos:

Nuestros vecinos pensarán (se refiere a los hispanoamericanos) que se ha producido un cambio muy grande en la doctrina de Monroe. Declaramos en 1823 que no habíamos intervenido ni intervendríamos en las colonias o dependencias existentes de ninguna potencia europea, y en 1898 hicimos algo más que intervenir: terminamos con el poderío colonial de España, quedándonos con Puerto Rico, Guam y las Filipinas y libertando a Cuba, no sin antes asegurarnos una valiosa estación naval en Guantánamo. No entro a discutir la bondad de nuestro proceder: me limito a señalar la enorme diferencia que existe entre la vieja doctrina de Monroe y la nueva.

Quizás tenga razón el distinguido escritor norteamericano; pero aparte de que, como se ha visto, en aquellos sucesos el Presidente de la República se mantuvo, hasta donde pudo, adicto a la política tradicional en esta materia, y que si se desvió del camino que se había trazado fué porque no podía olvidar su condición de Jefe de un Estado en que dirige y gobierna la opinión pública, y ésta así lo exigía, no se puede negar que la adhesión a una de las reglas enunciadas por el Presidente Monroe no podía impedirle al Gobierno que adoptara la actitud que le trazaban los principios de libertad y de justicia tan hondamente vinculados en el pueblo norteamericano.


(F).—Los Estados Unidos no intervienen en las demostraciones puramente punitivas que hagan los gobiernos europeos contra naciones americanas, con tal de que de esos actos no se derive una ocupación de territorio.

Este aspecto de la doctrina de Monroe lo encontramos enunciado, por primera vez, por el Presidente Teodoro Roosevelt, en su Mensaje anual de 3 de diciembre de 1901, a que anteriormente nos hemos referido examinando otro aspecto de dicha doctrina. En efecto, según se recordará, hubo de declarar Roosevelt en dicha ocasión lo que sigue:

No impedimos que un Estado, que no sea americano, tome las represalias que estime oportunas contra una nación de la América, con tal de que el castigo no traiga, como consecuencia, la adquisición de territorio.