22 estos comeréis de ellos: la langosta según su especie, y el langostín según su especie, y el argol según su especie, y el hagab según su especie.
23 Todo [otro] insecto alado que tenga cuatro [patas], tendréis en abominación.
24 Y por estas cosas seréis inmundos: cualquiera que tocare a sus cuerpos muertos, será inmundo hasta la tarde;
25 y cualquiera que llevare [algo de] sus cuerpos muertos, lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la tarde.
26 Todo animal de pezuña, pero que no tiene pezuña hendida, ni rumia, tendréis por inmundo; cualquiera que tocare sus [cuerpos muertos] será inmundo.
27 Y de todos los animales que andan en cuatro [patas], tendréis por inmundo cualquiera que ande sobre sus garras; cualquiera que tocare sus cuerpos muertos, será inmundo hasta la tarde.
28 Y el que llevare sus cuerpos muertos, lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la tarde; habéis de tenerlos por inmundos.
29 Y estos tendréis por inmundos de los animales que [se] van arrastrando sobre la tierra: la comadreja, y el ratón, y la rana según su especie,
30 y el erizo, y el lagarto, y el caracol, y la babosa, y el topo.
31 Estos tendréis por inmundos de todos los animales; cualquiera que los tocare, cuando estuvieren muertos, será inmundo hasta la tarde.