Ni yo me tengo por impugnada, pues dice una regla del derecho: Accusatio non tenetur, si non curat de persona, quae produxerit illam. Lo que si es de ponderar es, el trabajo que le ha costado el andar haciendo traslados; ¡rara demencia! cansarse mas en quitarse el crédito, que pudiera en grangearlo.
Yo (señora mia) no he querido responder, aunque otros lo han hecho (sin saberlo yo) hasta que he visto algunos papeles, y entre ellos uno que por docto os remito, y porque el leer os desquite parte del tiempo que os he malgastado en lo que yo escribo. Si señora, vos, gustáredes de que yo haga lo contrario de lo que tenia propuesto á vuestro juicio y sentir, al menor movimiento de vuestro gusto cederá (como es razon) mi dictámen, que, como os he dicho, era de callar, porque aunque dice San Juan Crisóstomo, Calumniatores convincere oportet, interrogatores docere; veo que tambien dice San Gregorio: Victoria non minor est, hostes tolerare, quám hostes vincere; y que la paciencia vence tolerando y triunfa sufriendo. Y si entre los gentiles romanos era costumbre en la mas alta cumbre de la gloria de sus capitanes, cuando entraban triunfando en las naciones, vestidos de púrpura y coronados de laurel, tirando el carro en vez de brutos coronadas frentes de vencidos reyes, acompañados de los despojos de las riquezas de todo el mundo, y adornada la milicia vencedora de las insignias de sus hazañas, oyendo los aplausos populares en tan honrosos títulos y renombres, como llamarlos padres de la patria, columnas del imperio, muros de Roma, amparos de la república, y otros nombren gloriosos; que en este supremo auge de la gloria y felicidad humana fuese un soldado en voz alta diciendo al vencedor (como consentimiento suyo y órden del Senado): “Mira que eres mortal; mira que tienes tal y tal defecto;” sin perdonar los mas vergonzosos, como sucedió en el triunfo de César, que voceaban los mas viles soldados á sus oidos: Cavete Romani, adducimus vobis adulterum, calvum; lo cual se hacia porque en medio de tanta honra, no se desvaneciese el vencedor, y porque el lastre de estas afrentas hiciese contrapeso á las velas de tantos aplausos, para que no peligrase la nave del juicio entre los vientos de las aclamaciones: si esto, digo, hacian unos gentiles con sola la luz de la ley natural, nosotros católicos, con un precepto de amor á los enemigos, ¿qué mucho haremos en tolerarlos?
Yo de mi puedo asegurar que las calumnias algunas veces me han mortificado; pero nunca me han hecho daño, porque yo tengo por muy necio al que, teniendo ocasion de merecer, pasa el trabajo y pierde el mérito; que es como los que no quieren confesarse al morir, y al fin mueren, sin servir su resistencia de escusar la muerte, sino de quitarles el mérito de la conformidad, y de hacer mala muerte, la muerte que podia ser bien. Y así (señora mia) estas cosas creo que aprovechan mas que dañan; y tengo por mayor el riesgo de los aplausos en la flaqueza humana, que suelen apropiarse lo que no es suyo; y es menester estar con mucho cuidado, y tener escritas en el corazon aquellas palabras del Apóstol: Quid autem habes, quod non accepisti? Si autem accepisti, quid gloriaris quasi non accepisti? para que sirvan de escudo que resista las puntas de las alabanzas, que son lanzas; que en no atribuyéndose á Dios, cuyas son, nos quitan la vida y nos hacen ser ladrones de la honra de Dios y usurpadores de los talentos que nos entregó y de los dones que nos prestó, y de que hemos de dar estrechísima cuenta. Y así (señora) yo temo mas esto que aquello; porque aquello, con solo un acto sencillo de paciencia, está convertido en provecho; y esto, son menester muchos actos reflexos de humildad y propio conocimiento, para que no sea daño. Y así de mí lo conozco y reconozco, que es especial favor de Dios el conocerlo para saberme portar en uno y en otro con aquella sentencia de San Agustin: Amico laudanti credendum non est sicut nec inimico detrahenti. Aunque yo soy tal que las mas veces lo debo de echar á perder, ò mezclarlo con tales defectos é inperfecciones, que vicio lo que de suyo fuera bueno; y así en lo poco que se ha impreso mio, no solo mi nombre, pero ni el consentimiento para la impresion ha sido dictámen propio, sino libertad ajena, que no cae debajo de mi dominio, como lo fué la impresion de la Carta atenagórica; de suerte que solamente unos Ejercicios de la Encarnacion, y unos ofrecimientos de los Dolores se imprimieron con gusto mio, por la pública devocion, pero sin mí nombre; de los cuales remito algunas copias, porque (si os parece) las repartais entre nuestras hermanas las religiosas de esa santa comunidad, y demas de esa ciudad. De los Dolores va solo uno, porque se han consumido ya y no pude hallar mas. Hícelos solo por la devocion de mis hermanas, años ha, y despues se divulgaron; cuyos asuntos son tan improporcionados á mi tibieza como á mi ignorancia, y solo me ayudò en ellos ser cosas de nuestra gran Reina; que no sé qué se tiene, el que en tratando de María Santísima, se enciende el corazon mas helado. Yo quisiera (venerable señora mia) remitiros obras dignas de vuestra virtud y sabiduría, pero como dijo el Poeta:
Ut desint vires, tamen est laudanda voluntas:
Hac ego contentus, auguror esse Deos.
Si algunas otras cosillas escribiere, siempre irán á buscar el sagrado de vuestras plantas y el seguro de vuestra correccion, pues no tengo otra alhaja con que pagaros; y en sentir de Séneca el que empezó á hacer beneficios, se obligó á continuarlos; y así os pagará á vos vuestra propia liberalidad, que solo así puedo yo quedar dignamente desempeñada, sin que caiga en mí aquello del mismo Séneca: Turpe est beneficijs vinci; que es bizarría del acreedor generoso dar al deudor pobre con qué pueda satisfacer la deuda. Así lo hizo Dios con el mundo imposibilitado de pagar: dióle á su hijo propio para que se le ofreciese por digna satisfaccion. Si el estilo de esta carta (venerable señora mia) no hubiere sido como á vos es debido, os pido perdon de la casera familiaridad, ó ménos autoridad de que tratándoos como á una religiosa de velo hermana mia se me ha olvidado la distancia de vuestra ilustrísima persona, que á veros yo sin velo, no sucediera así; pero vos con vuestra cordura y benignidad suplireis ó enmendareis los términos; y si os pareciere incongruo el vos de que yo he usado, por parecerme que para la reverencia que os debo es muy poca reverencia la Reverencia, mudadlo en el que os pareciere decente á lo que vos mereceis, que yo no me he atrevido á exceder de los límites de vuestro estilo ni romper el márgen de vuestra modestia. Y mantenedme en vuestra gracia para impetrarme la Divina, de que os conceda el Señor muchos aumentos, y os guarde, como le suplico y he menester. De este convento de N. Padre San Gerónimo de Méjico, á primero dia del mes de Marzo de mil seiscientos y noventa y un años.
B. V. M. vuestra mas favorecida,
Juana Ines de la Cruz.
FIN.