45.

(1518.—Diciembre 12.)—Real cédula á Diego Velázquez, ordenando que consienta á los vecinos de la isla hagan hasta diez navíos que no suban de cien toneladas, para contratar con las otras islas y Tierrafirme.—A. de I., 139, 1, 5.

El Rey.—Diego Velázquez, lugarteniente de nuestro gobernador de la isla Fernandina, que antes se llamaba de Cuba, e nuestro capitán e repartidor della: Por cuanto Pánfilo de Narváez, en nombre de los vecinos y moradores, me fizo relación que así para traer mantenimientos y cosas necesarias de labranzas y crianzas de las otras islas comarcanas á esa dicha isla, para el buen proveimiento della, como para ir á descubrir algunas islas e tierras, tienen nescesidad de hacer algunos navíos, y que, á causa del vedamiento que por Nos está puesto para que no se hagan los dichos navíos, no los hacen, ni pueden hacer, y me suplicó e pidió por merced les diese licencia e facultad para ello, ó como la mi merced fuese, por ende, yo vos mando que dejéis e consintáis á las personas que os paresciere que en esa isla son abonadas, y de quien tengáis buena seguridad que son tales personas, hacer hasta en cantidad de diez navíos e con tanto que no suban ni sean de cien toneladas de porte arriba, cada uno, y que los que así se ficieren en la dicha isla, en la dicha cantidad, los puedan tener e ir con ellos á contratar, así en las islas e Tierrafirme que se han descubierto, como á otras cualesquier que se descubrieren de aquí adelante, y traer todas las provisiones y mantenimientos y otras cosas en los dichos navíos que quisieren, e por bien tovieren, con tanto que como dicho es no suba del número de hasta diez navíos en toda la dicha isla, sin embargo de cualquier prohibición e vedamiento que por Nos esté puesto, y por esta mi cédula mando á vos el dicho Diego Velázquez les fagáis guardar e cumplir, y guardéis y cumpláis según y como en esta mi cédula se contiene, e contra ello no vayan ni pasen, ni consientan ir ni pasar por alguna manera, tomándose la razón desta mi cédula en los libros de la Casa de la Contratación de Sevilla por los nuestros oficiales della. Fecha en Zaragoza, á XII días de diciembre de DXVIII años.—Yo el Rey.—Refrendada del secretario Cobos y señalada del gran Chanciller, del Obispo de Burgos e Zapata.


46.

(1518.—Diciembre 12.)—Real cédula mandando se paguen á Pánfilo de Narváez los salarios de procurador en la córte, desde que salió de la isla hasta su regreso.—A. de I., 139, 1, 5.

El Rey.—Adelantado Diego Velázquez, lugarteniente de nuestro gobernador de la isla Fernandina, que antes se llamaba de Cuba, y nuestro capitán e repartidor della, y á los concejos, justicias, regidores, caballeros, escuderos, oficiales e omes buenos de la dicha isla: Pánfilo de Narváez, procurador desa dicha isla, me fizo relación quél vino por mandado della y con su poder, en vida del católico Rey nuestro agüelo y señor, que haya santa gloria, á procurar y suplicar ciertas cosas que trajo por instrucción, tocantes á esa dicha isla, y que á cabsa del fallecimiento de Su Alteza, él no pudo entonces negociar lo que así traia á cargo y asoló en estos nuestros reinos, esperando mi venida á ellos, negociando algunas cosas con nuestros gobernadores, e que despues acá él ha estado procurando las dichas cosas en mi córte y vuelve con el despacho que yo he sido servido de mandarle dar, y porque al tiempo que así le enviastes diz que asentastes con él de le dar cierto salario, y á cabsa de la dilación que ha habido en su despacho se teme que le sea puesto en la paga dello algún impedimento, e me suplicó mandase proveer en ello como la mi merced fuese; por ende, yo vos mando que conforme á lo que con el dicho Pánfilo de Narváez asentastes, al tiempo que lo enviastes por procurador, le paguéis lo que hobiere de haber de salario, todo el tiempo que acá ha estado, desdel dia que partió desa dicha isla hasta que allá vuelva, llevando por fe el día que desta mi córte partiere despachado, sin que en ello le pongáis ningún impedimento, e con que se tome la razón desta mi cédula en los libros de la Casa de la Contratación de las Indias que reside en la cibdad de Sevilla, por los nuestros oficiales della. Fecha en Zaragoça á doce días del mes de diciembre de quinientos e diez e ocho años.—Yo el Rey.—Refrendada del secretario Francisco de los Cobos.—Señalada del gran Chanciller, del Obispo de Burgos, del Obispo de Badajoz y del licenciado Zapata.


47.