Pero Núñez de Guzmán.—Hay una rúbrica.
50.
(1519.—Mayo.)—Extracto de cartas de Diego Velázquez y de los oficiales reales, pidiendo que S. M. prohiba que nadie vaya á la tierra nueva que por su industria se ha descubierto. Avisa la llegada clandestina á la isla de una carabela cargada de oro, en que iban Francisco Montejo y Alonso Portocarrero, y haber salido en su persecución Gonzalo de Guzmán. Avisa también la ida de Pánfilo de Narváez contra Hernán Cortés.—A. de I., Pto. 2, 1, 2/26.
Diego Velázquez, XXIIII de mayo 1519.
Dice: la Armada postrera que envió al descubrimiento de la tierra nueva, en que forneció e aparejó XIII muy buenos navíos e DC hombres de tierra, sin la gente de la mar, que en ellos fueron, demás de otras dos carabelas e un bergantín que al presente quedaba haciendo cargar de todos mantenimientos, que con la ayuda de Dios se partirían á la dicha tierra por todo el dicho mes de mayo.
Que en dar logar como hasta aquí se ha dado á que algunas personas hagan Armadas para ir á rescatar e descobrir por la tierra nueva, que él ha descobierto, se le hace muy notorio agravio, como claramente parece, porque su fin de los tales no es pacificar ni amansar los indios, ni atraellos á nuestra fe, antes á roballos e alborotarlos, porque desamparen sus haciendas, como se ha visto por experiencia de dos navíos que con licencia de los Padres Jerónimos fueron de la isla Española á rescatar por la costa de Tierrafirme, e dejaron los indios tan desabridos e temorizados, que han aborrecido el tracto et conversación de los cristianos que por allí agora pasan. Suplica á V. M. que pues él en esta demanda tan buena manera se da, e le cuesta lo que hasta hoy está principiado más de XXXU ducados, mande por su provisión que ninguno puedan ir á rescatar, ni descobrir, ni contratar en la dicha tierra nueva quél ha descubierto, ni en las que más de aquí adelante descobriere, salvo habiendo necesidad de bastimentos, ó tiempo forzoso, ó á conversar con los cristianos que allá estovieren.
Asimismo suplica que acatando los muchos gastos e señalados servicios que en esta conquista ha hecho, así á Dios Nuestro Señor, como á V. M., sea V. A. servido que en remuneración dellos ninguna persona pueda ir á descobrir ni rescatar quinientas leguas adelante de donde hasta agora está descobierto por su industria.
Que la renta del almojarifazgo de aquella isla estaba rematada en estos reinos por el Cardenal en XIIIUCC pesos de oro de primero remate; como quiera que estando él mejor informado de lo que la dicha renta valía, la hizo pujar en XXVIU pesos de oro poco más ó menos en que está puesta, e aun se espera que valdrá más.