28. Que como en la pregunta dice, quel dicho Licenciado trató mal de palabra al dicho Manuel de Rojas sin cabsa ninguna e que desta pregunta no sabe otra cosa, porque en el tiempo que tovo el dicho cargo este testigo estovo poco en esta cibdad.
29. A las veinte e nueve preguntas dijo que no lo sabe por lo que dicho ha en la pregunta antes desta, e questo es la verdad de lo que sabe deste caso para el juramento que hizo e firmólo de su nombre. Fuéle encargado el secreto de su dicho; prometiólo de complir, so cargo del dicho juramento.—Francisco Vázquez de Valdés.—Gonzalo de Guzmán.
(Los demás testigos hacen declaraciones análogas.)
Cargos.—Vistos por nos, Gonzalo de Guzmán, juez de residencia e teniente de gobernador en esta isla Fernandina por Su Majestad, e Andrés de Duero e Diego de Soto, regidores en esta cibdad de Santiago, acompañados del dicho señor Gonzalo de Guzmán, la pesquisa secreta fecha contra el licenciado Juan Altamirano, juez de residencia e teniente de gobernador que fué en esta dicha isla, damos por cargos al dicho licenciado Juan Altamirano, que resultan contra él de la dicha pesquisa secreta, los siguientes:
1. Primeramente le damos por cargo al dicho Licenciado, que siendo obligado según leyes destos reinos e tener arancel puesto en lugar público, por donde él e sus tenientes, alguaciles e escribanos e otros oficios habían de llevar los derechos, no lo tuvo, antes otro questaba mandado facer e fecho e pregonado públicamente por mandado de Manuel de Rojas, teniente que fué, el dicho Licenciado lo vido e tuvo en su poder, e no consintió que se guardase ni usasen dél seyendo fecho por el dicho teniente e por otros deputados del cabildo desta dicha cibdad y en pro de los vecinos y otras personas della e de las demás villas e lugares desta isla.
2. Item, se le hace cargo que no guardando el dicho Licenciado el dicho arancel ni otro alguno, contra lo que era obligado, llevó derechos demasiados de lo que le pertenescía llevar, así por los dichos aranceles, como conforme á la costumbre desta isla, especialmente llevando por cada firma cuarenta e cuatro maravedís, llevándose en esta cibdad e islas por las tales firmas diez y seis e veinte maravedís, en lo cual el dicho Licenciado, de las dichas firmas, rescibió de Pero Pérez, escribano, fasta diez pesos de oro; e de Juan de la Torre fasta seis pesos de oro, e demás rescibió de las dichas firmas fasta otros cinco ó seis pesos de oro, e asimismo rescibió de Jerónimo de Alanís en cierto tiempo que usó con él el dicho oficio, siete ó ocho pesos de oro.
3. Item, se le hace cargo que yendo contra las dichas leyes e premáticas e contra lo que era obligado á su oficio e cargo, que tenía cierto muchas promesas de dádivas de personas, así á quien él había de tomar residencia, como de personas que traían antél muchos pleitos, en muchas sumas de maravedís e pesos de oro, como lo hizo de Manuel de Rojas, teniente que fué, á quien él había de tomar la dicha residencia, del cual rescibió unas casas en mucho menos precio de lo que valían, e asimismo rescibió dél prestados cincuenta pesos de oro, el cual asimismo le dió una gorra de terciopelo, e demás de la dicha residencia que antél había de facer, e fizo traer pleitos antel dicho Licenciado, así con los herederos del adelantado Diego Velázquez, que haya gloria, en cantidad de más de cuatro mill pesos de oro, e asimismo Francisco de Solís de ciertos agravios que pedía al dicho Manuel de Rojas, diciendo que no los había fecho en el tiempo que fué teniente, e con Alonso de Aguilar, que le pedía mucha cantidad de pesos de oro por razón de ciertos indios que le quitó en el tiempo en que tovo el dicho cargo.
4. Item, que rescibió prestados de Andrés de Duero, vecino e regidor desta cibdad, á quien el dicho Licenciado había de tomar residencia del tiempo que tovo el dicho cargo, como se la tomó del oficio que fué de alcalde e regidor en esta dicha cibdad, que trayendo el dicho Andrés de Duero antel dicho Licenciado muchos pleitos criminales e otros así con los herederos del adelantado Diego Velázquez, en cantidad de más de diez mill pesos de oro, como con otras personas, rescibió del dicho Andrés de Duero ciento e cincuenta pesos de oro, poco más ó menos.
5. Asimismo rescibió prestados de Francisco Vázquez de Valdés ciento e un pesos de oro, trayendo el dicho Francisco Vázquez antel dicho Licenciado pleitos pendientes, especialmente sobre indios.