33. Item si saben quel dicho Licenciado no tomó residencia á los dichos tenientes e alcaldes e otras justicias de las dichas villas, antes el dicho Licenciado volvió de nuevo á los dichos Diego Dovando e Diego de Orellana e Juan de Rojas los dichos cargos de tenientes, á los cuales el dicho Licenciado les dió para que llevasen á las dichas villas á vender por el dicho Licenciado ciertas botas de vino e calzado e otras cosas de mercaderías, los cuales dichos tenientes las vendieron e enviaron al dicho Licenciado retorno de las dichas mercaderías, en muy excesivos precios.
34. Item si saben, etc., quel dicho Licenciado, después que vino á esta isla e usó del dicho cargo de justicia, si vesitó la tierra adentro e lugares desta isla; e si saben que en mucha parte de la dicha isla estaban los indios de ella alzados e que los dichos indios enviaron á decir que si el gobernador fuese á los disputar e que lo que les prometiese compliría con ellos, que se vernían á servir e no andarían alzados.
Testigo.—Francisco Vázquez de Valdés, vecino de la villa del Puerto del Príncipe, testigo recebido para la dicha información, habiendo jurado según derecho, fué preguntado por las preguntas del dicho interrogatorio, dijo e depuso lo siguiente.
1. Que conosce á los en ella contenidos e que sabe que han tenido e tienen los dichos cargos en esta pregunta contenidos.
3. Queste testigo en el tiempo que el dicho Licenciado tenía el dicho cargo se trataba pleito antel dicho Licenciado contra su mujer e hija con un Alonso de Hinojos, vecino de la dicha villa del Puerto del Príncipe, e el dicho Licenciado las tenía presas, e que después que le quitaron el cargo, hablando este testigo un día con el dicho Alonso de Hinojos le dijo que el dicho Licenciado le había agraviado en el dicho pleito, e que si él le hobiera dado dinero para la comida á los indios del dicho Licenciado e le diera pan por sacar oro con sus indios en aquella villa, que él hiciera en la justicia liberalidad con su hija e su mujer, e queste testigo le preguntó que en qué lo había conocido, e él dijo que había visto en sus palabras quel quisiera que le acometieran á dar algo desto, pero que no se lo había demandado, e que asimesmo el dicho licenciado, teniendo el dicho cargo de justicia, pidió á este testigo cien pesos de oro emprestados, los que le dió. Preguntado si á la sazón traía pleito antel dicho Licenciado, dijo que no traía pleito antél e que después puso cierta demanda sobre cosas de indios á Francisco Madrigal.
4. Que luego queste testigo vino á esta cibdad, el dicho Licenciado le tomó su dicho e le preguntó si hacía justicia á las partes e este testigo declaró que á lo que hasta entonces había visto le parecía que hacía justicia, e que después desde ciertos días vido que Manuel de Rojas trataba pleito con Cristóbal de Nájara sobre unos indios e el dicho Licenciado en todo favorescía mucho al dicho Cristóbal de Nájara contra el dicho Manuel de Rojas, e sobre ello dijo al dicho Manuel de Rojas algunas palabras descorteses, seyendo el dicho Manuel de Rojas caballero, como dicho es, y el dicho Nájara un hombre de baja suerte, e que á lo queste testigo vido, el dicho Licenciado agravió al dicho Manuel de Rojas favoresciendo al dicho Nájara, porque después los señores oidores en grado de apelación, que apeló el dicho Manuel de Rojas, revocaron lo fecho por el dicho Licenciado contra el dicho Manuel de Rojas e lo dieron por libre, e queste testigo oyó decir á muchas personas que la cabsa porque así favorescía al dicho Cristóbal de Nájara era porque entre el dicho Licenciado e el dicho Nájara trocaban aquellos indios quel dicho Nájara pedía al dicho Manuel de Rojas por otros quel dicho Licenciado le daba, e que eran los indios sobre que traían el dicho pleito muchos más que no los quel dicho Licenciado daba al dicho Cristóbal de Nájara, e queste testigo á la sazón lo tovo por cierto porque parescia á la clara cómo favorescía en todo al dicho Cristóbal de Nájara e creyó que lo hacía por el dicho trueque que entrellos decían que se había de hacer.
12. Que vido que el dicho Licenciado tenía preso á Jerónimo de Alanís e á una mujer que se decía la Portuguesa, diciendo que eran amancebados, e que desta pregunta no sabe ni sabe otra cosa más de que estando preso lo dió en fiado e no se terminó la cabsa á los dichos, e que no sabe si lo castigó.
13. Queste testigo vido á la sazón que estuvo en esta cibdad, que el dicho Licenciado jugó ciertas veces á los naipes dineros secos á la primera en poca cantidad.