Repartireis toda la gente que tuvieredes y llevaredes en vuestra Nao para la vela y guarda de noche y dia, poniendo conforme á la cantidad de vuestra gente, guarda a popa, y al combes, y a proa, y las guardas no sean de mas de 2 ampolletas[30] cada uno, porque se govierne y vele mejor, y porque vastaran dos hombres para la vela en cada parte de estas, con que el de proa sea marinero, y estos sean demas del que govierna; y el que se dormiere en la guardia y le tomaren dormido, o supieren que se durmio; si fuere hombre de cargo lo tenga perdido, y no le tengan en numero de soldado, ni de hombre que se le pueda confiar cosa, y si le quisieren tornar a provar en la vela, y se tornare a dormir que le echen a la mar; y al soldado que no fuere hijodalgo le estropen 3 estropadas[31] mojadas por la primera vez, e por la segunda vaya á la mar. Entiendese que esto de las guardas tome el Capitan cada noche una guardia; y reparta las demas a los otros como veniere, no escusando a nadie que no tenga muy justo impedimento.

Terneis cuidado de cada semana visitar todas las armas ofensivas y defensivas, y al soldado que no las toviere bien aderezadas le castigueis y riñais, de manera que siempre las tenga a punto.

Y porque en esta mar suele haver algunos desastres, por evitar inconvenientes terneis 6 hombres de quien os confieis que duerman cerca de vos y velen vuestra persona, y sepan lo que se hace en la Nao en el tiempo de su guardia.

No consintais que a do esta la polvora metan lumbre, sino que la saquen fuera a escuras, y terneis mucho cuidado que los artilleros tengan cargados los tiros que mando que lleven a punto, y sus botafuegos y aderezos, por manera que al tiempo de la necesidad esten aderezados para usar dellos.

Iten. Si acaesciere en vuestra Nao algunas palabras de motin, aunque sean livianas, ni se digan con intencion de tal motin, sino simplemente, si fueredes en mi conserva, como espero en Dios que sera, luego que lo tal acaesciere arrivareis sobre la Capitana; porque yo hare tomar el tal hombre para que sea castigado; y si por ventura, lo que Dios no permita, acaesciere en mi absencia, prendereis el tal hombre que cosa semexante simplemente dixere, y preso lo llevareis hasta que en buena hora llegueis a do yo estuviere; y si las palabras fueren graves en qualquier manera, o vinieren a las armas, luego me avisar si ser pudiere, y sino hareis vuestro proceso, y brevemente como Capitan hareis Justicia, porque para ello por esta Instruccion, que es firmada de mi nombre, os doy poder cumplido como en tal caso se requiere.

It. Llevareis una aguja de marear siempre en vuestra camara[32], y terneis cuidado de requerilla y miralla muchas veces de noche y de dia, por la qual vereis si os hurtan la derrota; y terneis cuidado de algunas veces con sagacidad, de manera que no lo sientan, de mirar si los hierros[33] de la aguja con que la Nao se govierna si os lo han mudado, y para saver bien lo que conviene a entender vuestra navegacion travajareis de deprender a tomar el Sol y el Norte, y cartear[34] y terneis memoria por escrito de los grados que toma el Piloto cada dia, y a que viento corre, y esto aveislo de ver por vista de ojos, para que quando vinieredes sobre la Capitana veais si me informa bien el Piloto de lo que le preguntare.

It. Si acaesciere, como tengo dicho, que el Navio se derrotare[35], en tal caso el tal Navio a la tierra que llegare sin mi estad avisado y mandareis que no se haga ningun mal tratamiento a los naturales en poco ni en mucho, por palabra ni por obra, caso que los naturales den ocasion a ello; ni consentireis que entren en sus casas, ni Pueblos, ni Templos, ni les hablen a las mugeres, ni les tomen cosa ninguna de comer ni de otra calidad, antes pondreis una persona tal que sepa contratar, y este compre por todos los que ovieren menester; y travajareis de informaros de lo que hay en la tierra, y de haver algunas muestras della, y de la manera de la gente y tierra, para que quando nos juntaremos me aviseis dello, y se pueda informar de todo a Su Señoria Ilustrisima.

It. Quando hubiere necesidad de saltar en tierra, no saldreis vos de vuestra Nao en ninguna manera, sino embiareis una persona de calidad con la gente, y a este tomalle eis juramento que hara lo que vos mandaredes, y a los que fueren con el que le ovedeceran, mandarle eis lo susodicho, y lo que mas os pareciere que toque al buen tratamiento, porque por ninguna via se pueda quebrar con los naturales, sino que siempre queden pacificos y nuestros amigos, y desen nuestra conversacion, mas con todo esto estad avisados de no confiaros dellos, y mandar que ande vuestra gente armada, y se recoja antes que anochezca dos horas; de manera que nadie duerma en tierra, y hareis muy buena guardia ansi a las amarras, como a las guardias de la Nao; y si por ventura os recivieren de paz, y quisieren contratar con vosotros, y para ello fuere menester salir alguno de vuestra compañia en tierra, hacello eis teniendo en la Nao antes que nadie para esto salga muy buenos rehenes fiables, de calidad que quedeis satisfecho, y entonces salga quien sepa hacer la contratacion; pero vos en ninguna parte saltareis en tierra.

It. Terneis cuidado en que Dios nuestro Señor no sea ofendido por causas de las Indias que llevais; y para esto dalles eis lugar en la Nao que duerman donde sean vistas; y el que velare mire que en el tiempo de su vela no haga alguna suciedad; y mirareis que en lo que se ofreciere de delitos y sentencias que dieredes que las penas las apliqueis a obras pias.

It. Vereis las Instrucciones de los Pilotos, y mandalles eis guardar y cumplir como en ellas se contiene; y para que sepais lo que les mando, os doy la Instruccion que ellos llevan, que es esta que se sigue[36].—Rui Lopez de Villalobos.