Haciendo vuestra averiguacion, como está dicho, al Poniente descubrireis lo que pudierdes en todo lo que cae en la demarcacion de Su Magestad no entrando en los dichos Malucos como está declarado, y donde quiera que hallardes tierra poblada os reformareis de todo lo necesario para vuestra Armada, y si topardes alguna que sea rica, y que los naturales della huelguen de tener vuestra amistad entendiendo que algunos Religiosos, y algunos Españoles con ellos, ó ellos solos quedaran seguros entre los dichos naturales, dareis orden para que queden los que os parescieren, comunicandolo con los mesmos Religiosos, y algunas personas prencipales del Armada; y si la tierra fuere tan prospera, rica y bien poblada, que os paresca que es cosa conveniente y provechosa, asi para el servicio de Dios nuestro Señor, como para el aumento de la corona Real, y aprovechamiento de la gente que va en vuestra compañia, y de los que adelante irán, poblareis en la tal tierra en la parte y lugar que mas conveniente os paresca, asi para la seguridad de los Navios, como para la salud de la gente, donde mas seguros podais estar de que los enemigos os puedan empecer, y con toda la brebedad posible despachareis un Navio, ó dos los que os paresciere para esta Nueva España, dando aviso y relacion larga y particular á S. M. y á esta Audiencia de todo lo sucedido en la Jornada desde que os hicieredes á la vela en el Puerto de la Navidad, hasta el punto que los despacharedes, y de la calidad y riqueza de la tierra, y del asiento y poblacion que hubieredes hecho, y de lo que adelante pensais hacer, y del socorro que conviene se os imbie, asi de Navios, como de gente, Artilleria, Municiones, y de otras qualesquier cosas, y que derrota deben llebar los que hubieren de ir en busca vuestra con el tal socorro; y en los Navios que asi despacharedes de vuelta para esta Nueva España, procurareis imbiar para Su Magestad la mayor quantidad de oro, Piedras, Drogas, y Especies, y otras qualesquier cosas de valor que hubiere, y hallaredes en la tal tierra, asi de lo que pudieredes haber por rescate de las mercaderias y rescates que llebais de Su Magestad como de lo que los naturales de la tal tierra quieran dar de su voluntad para su Real servicio, ó que le pertenezca en otra qualquier manera; lo qual todo verná rexistrado en el rexistro del Navio, ó Navios en que lo imbiaredes, haciendo cargo de todo ello á la persona, ó personas que os paresciere.

Con los naturales destas partes que en el capitulo antes desto se trata, terneis muy gran cuidado que nadie no los enoje, y haberos heis con ellos con mucho recatamiento, como con gente de mucha pulicia, que segun se tiene noticia son hombres de buena razon, y de mucho ser, y blancos como nosotros, porque quanto en mayor altura lo son mas, y converna que hallandoos cerca de tierra en qualquiera parte destas, ó en otras del Poniente, y aun antes que las veais mandeis en todos los Navios á los capitanes, y demas gente que vayan apercividos con sus armas aparejadas para si encontraredes algunos Navios que os quieran ofender; y asimismo irá la Artilleria puesta en orden, y apercevida para el mismo efecto.

En qualquier Puerto, Isla, ó tierra que asi descubrierdes y reconocieredes por las Navegaciones que están dichas, y por otras qualesquier que hicierdes, os informareis particularmente de las costumbres, calidades, y manera de vivir, y trato de la gente dellas, y sabreis que religion y secta tienen, y que adoran, y que sacrificios y maneras de culto tienen, y como se rigen y gobiernan, si tienen Reyes, y si son por eleccion, ó por derecho de sangre, y si gobiernan como Republicas, ó por Linages, y que rentas, ó tributos dan y de que manera, y á que personas, y que cosas son las que ellos mas precian de las que hay en la tierra, y que otras cosas les trahen de otras partes que ellos tengan en estimacion, y de las que de aca llebais, terneis asimismo cuenta para ver quales son las que mas precian.

Y en las tierras Islas, y partes que asi descubrieredes y llegaredes en saltando en ellas hareis tomar la posesion de todas y de qualquier dellas en nombre de Su Magestad agora sea por vuestra propia persona, ó por las que para ello nombraredes, haciendo por ante Escribano y testigos los autos y diligencias que convengan con la solenidad que se requiere, los quales trahereis, ó los imbiareis á esta Real Audiencia en publica forma en manera que hagan fé, con la relacion de todo lo demas sucedido en la Jornada.

Otrosi: Mandareis á los Pilotos que van en la dicha Armada que vayan echando sus puntos en la Navegacion que hicieren de ida, y vuelta, mirando muy bien las derrotas, considerando las corrientes y aguages, y los vientos que en cada tiempo del año mas ordinariamente corren; y que asienten y pinten todas las Islas y tierras que descubrieren, y poniendolas en sus alturas verdaderas, y el camino que les habrá parescido que habran andado desde el Puerto de la Navidad, hasta alli, y que todos los Pilotos asienten sus derrotas, y lo demas que está declarado, y los baxios que toparen y todo lo demas de que convenga tener noticia para las Navegaciones que adelante se han de hacer, y en que Puertos y partes podran los Navios á la ida, y á la vuelta hacer escala, y proveherse de agua, leña y bastimentos, en caso que tubiese necesidad dellos, y que á cerca desto se comuniquen y conformen los Pilotos para lo asentar y pintar en las cartas.

Estareis adbertido, que como es dicho, los naturales de las partes de que en el capitulo treinta y treinta y uno desta Instrucion se hace mencion, son gente política, y rica, donde hay grandes Principes, y por que no entiendan que yendo de proposito á sus tierras por mandado de tan grande y poderoso Principe como es el Rey de Castilla, nuestro Señor, no les llebais presentes particulares de valor y prescio, no embargante que llebais algunas cosas buenas, y que serán estimadas entre ellos, y tambien por que no tengan ocasion de decir, que para ir á contratar á tierras tan lexanas, como son aquellas de vuestra tierra son pocas las mercaderías que llebais, les direis que vuestra derrota derecha no era para aquellas partes, si no que acaso los tiempos os dieron ocasion para que fuesedes á parar en ellas, aunque es verdad que alguna noticia se tiene entre nosotros que en aquellas partes hay Principes, y grandes Señores, y gente de mucha qualidad, con las quales Su Magestad desea tener toda buena amistad, y hermandad para que entre los subditos y vasallos delos unos y delos otros pueda haber comunicacion y contratacion, y ofrecerles heis esta amistad en su Real nombre dandoles algunos presentes delas mejores cosas que llebais y entendereis que alla mas les agradan; y en todo se os encarga os hayais muy prudentemente, como de vuestra persona se confia de manera que no vengais con ellos en rompimiento alguno, ni queden de vos, ni de vuestra gente resabiados, antes en toda paz, y amistad, y como deseen nuestro trato y comunicacion.

Quando quiera que en las partes que llegardes que sea tierra poblada vengais con los naturales dellas en platica y en terminos de paces, procurareis en todas maneras, que se hagan y asienten dentro dela Nao Capitana donde va vuestra persona; y quando no se pudieren asentar, si no en tierra, en tal caso las mandareis asentar y concertar por algunos de vuestros Capitanes, ó otras personas, por que por ninguna via converná que vuestra persona salga en tierra, asi por lo que toca á la autoridad del cargo que llebais, como porque los naturales delas tales partes, y tierras, entendiendo que vos sois el caudillo de toda el Armada, no se atreban á hacer alguna traicion; pero si se ofresciese que algun Principe gran Señor se quisiese ver con vos y asentar amistades y paces, y no se quisiese ir á meter en las Naos, ni asentar las paces con otro, si no con vos, en tal caso con parecer delas personas con que en semejantes casos habeis de tratar, podreis veros con el tal Señor, ó Principe en la Mar yendo en el Batel dela Capitana, y llebando en vuestra compañia los demas Bateles delas otras Naos muy bien aderezados con gente y Artilleria para si se os ofresciere necesidad defenderos de alguna traicion que os ordenaren, no os tomen descuidado, y para estas tales vistas, no os alexareis de las Naos, para que habiendo necesidad os puedan favorecer con el Artilleria, y la vuelta para ellas tengais cerca.

Y la persona que hubieredes de imbiar en tierra para asentar las dichas paces irá á lo menos con un par de Bateles bien armados y aderezados de gente y Artilleria, y la parte donde se hubiere de ver y comunicar con las que han de asentarlas sea en playa muy cerca de donde estubieren los Bateles, y á vista de las Naos para que si hubiere alguna traicion contra ellos, puedan con facilidad envarcarse en los Bateles, y recoxerse a las Naos; y antes que salgan en tierra, los que imbiaredes alo susodicho, procurareis que os den en rehenes algunos hombres principales, á los quales terneis en vuestra Nao en el entre tanto que se concluyen los conciertos haciendoles todo buen tratamiento, y si ellos os pidieren algunos delos vuestros en rehenes, podreisles dar alguno, ó algunos delos vuestros que menos falta os pueden hacer, aunque los perdiesedes; y siempre que alguno, ó algunos delos vuestros hayan de salir en tierra á hablar con los Indios, mandareis que primero tomen algunos rehenes para asegurarse dellos, y en ninguna parte salgan en tierra algunos soldados, ni Marineros, si no fueren los que para ello fueren señalados y nombrados.

En qualquier parte que estubierdes surtos en tierra poblada, mandareis tener gran vigilancia especialmente de noche sobre las amarras, porque suelen los Indios procurar de cortarlas, y atar á ellas sogas para llevar las Naos en tierra hasta hacerlas encallar para matar y robar los que van en ellas, y asi mismo de noche y de dia mandareis tener los Bateles quando estubieren á bordo delas Naos, atados con sus cadenas y candados, asi porque los hombres de aquellas partes no os los hurten, como porque algunos de vuestra compañia, como malos christianos, y desleales no se huyan en ellos.

En la tierra que poblaredes, ó en otra qualquiera de las otras á que llegaredes, aunque los Indios, ó los naturales de aquellas partes os combiden para festejaros, ó haceros algunos banquetes en sus casas, ó Pueblos, á vos, y á vuestros capitanes, en ninguna manera lo aceptareis, ni ireis á los tales combites, por que en ellos suelen ellos cometer grandes traiciones; y asi mismo adbertireis á los que inviaredes en tierra, que si los Indios les truxieren alguna comida guisada, ó algun Vino, ó Agua, hagan primero á ellos mismos que coman, y beban dello, por que en muchas partes de las de por alla acostumbran dar ponzoña, especialmente en las bebidas.