Y porque asi para dar exemplo á los que se ha de declarar y manifestar nuestra Santa Fé Catolica de los naturales de las tierras donde llegardes, como para cumplir lo que como christiano, y honrado Hijo-dalgo debeis al servicio de Dios, y de Su Magestad conviene que la gente que llebais á vuestro cargo en la dicha Armada viva catolica y christianamente, provehereis que asi se haga, y que el nombre de nuestro Señor, y de su gloriosa Madre sea siempre reverenciado y acatado, y no blasfemado, ni de sus Santos, y terneis muy especial cuidado desto y de que se castiguen los blasfemos, y pecados publicos con todo rigor.
Para que en la hacienda de los difuntos haya todo buen recaudo cuenta y razon, como conviene, señalareis personas de buena conciencia y crédito que sean tenedores de los bienes dellos, á los quales hareis tomar juramento, que usarán bien de los bienes que en su poder entraren de las personas que fallescieren, y que en las Almonedas y ventas que hicieren dellos, no consentiran que haya fraude, ni engaño alguno, sino que haran todo lo que convenga para el aprovechamiento dellos, como si fuese su propia hacienda, y que no deternan en si, ni en sus aprovechamientos particulares los tales bienes, antes como vengan Navios rexistrarán é inviarán en ellos lo procedido para sus herederos, inviando la claridad del nombre del difunto, y de donde es, y quien son sus herederos, y la cuenta y razon de todo; y vos terneis especial cuidado de que asi se haga y cumpla, y de mandar tomar cuenta á los tales tenedores, de manera que en ello no haya descuido, ni negligencia alguna; y por el trabajo que en esto los tales tenedores de bienes de difuntos han de tener, señalarles heis un tanto al millar, que sea cosa moderada y limitada, conforme á lo que se usa en esta Nueva España, por que el trabajo ha de ser poco.
Iten. Antes que os hagais á la vela dareis orden é instruciones firmadas de vuestro nombre al Almirante, Capitanes, Pilotos, y Maestres delos Navios de la dicha Armada para que sigan á la Nao Capitana, y á vuestra vandera y farol, dandoles sus nombres á cada Navio, y mandandoles lo que han de hacer y guardar en la Navegacion, y en todo lo demas tocante á la dicha jornada en todo el viage, asi á la ida, como á la vuelta segun se confia de vuestra prudencia y buen cuidado, y que no excedan dellas, so las penas que de parte de Su Magestad les pusierdes, las quales executareis en las personas y bienes de los que fueren reveldes, é inobedientes.
El mismo dia que todos se envarcaren para haceros á la vela, mandareis y provehereis, que luego en cada uno de los Navios de la dicha Armada se repartan las velas por sus quartos asi para de dia, como para de noche, sin eceptar á persona alguna, si no fuere por enfermedad para que no os acaesca alguna desgracia por ir descuidados: demas que importa que la gente se acostumbre á ello, para que no se extrañe al tiempo que de necesidad lo hayan de hacer.
Cumpliendo lo de suso declarado, y hechoos á la vela con la bendicion de Dios, siendoos el tiempo prospero y favorable, hareis vuestra Navegacion en demanda y descubrimiento de las Islas del Poniente ácia los Malucos, sin que por via, ni manera alguna entreis en las Islas de los dichos Malucos porque no se contravenga al asiento que Su Magestad tiene tomado con el Serenisimo Rey de Portugal, si no en otras Islas que están comarcanas á ellas, asi como son las Filipinas, y otras que están fuera del dicho asiento, y dentro de la demarcacion de S. M. que diz que tienen tambien especia, y para llegar á ellas, y conseguir el fin que Su Magestad principalmente pretende de traer á los naturales de aquellas partes al conoscimiento de nuestra Santa Fé Catolica, y descubrir la Navegacion de la vuelta á esta Nueva España para el acrescentamiento de su Patrimonio, y Corona Real de Castilla, asi por via de contratacion y rescates, como por otras que sean licitas, y que con buena conciencia se deban proseguir, y que se pueda traher alguna especeria, y de las demas riquezas que hubiere, correreis vuestra derrota derecho con parecer de los Pilotos que llebais gobernando derechamente á las dichas Islas en busca de la Isla Nublada, que descubrió Ruy Lopez de Villalobos; y reconocida la dicha Isla, desde alli ireis en demanda de la Isla llamada Roca partida, que está en altura de diez é siete grados, 110 leguas poco mas, ó menos de la Nublada, en la qual procurareis surgir para saber si tiene buen Puerto y aguada, sondandolo primero, y entender si es hondable, y que se pueda surgir sin riesgo, y reconocida la dicha Isla, desde ay correreis á las Islas de los Reyes, y de los Corales, donde podreis proveheros de agua, y del demas refresco que en ellas hubiere, como lo hicieron los que fueron con el Capitan Villalobos; y desde allí á las Filipinas, que están en muy buen comedio y comarca, donde se tiene noticia que hay especia, oro, y otras cosas de valor, y que es tierra muy rica; y si para llegar á ella pasaredes por las Islas de los Matalotes, y Arrecifes que estarán docientas leguas antes poco mas, ó menos, procurareis hablar con los naturales dellas, porque son grandes y pobladas, segun afirman los que fueron con Villalobos, y sabreis que poblazones y manera de vivir y contrataciones tienen, y lo que se puede rescatar en ellas, de manera que se entienda y sepa lo que alli hay.
Llegado que seais á las dichas Islas Filipinas, y á otras comarcanas á ellas, y á los Malucos, sin que como es dicho entreis en ellos, procurareis de descubrir y ver los Puertos que hay en ellas, y de saber y entender particularmente las poblaciones y riquezas que tienen, y la qualidad y manera de vivir de la gente, y que contrataciones y rescates acostumbran, y con que Naciones, y que valor, y prescio tienen las especias entre ellos, y que generos dellas y lo que valen las mercaderias y rescates, que de acá llebais, y quales otras serian provechosas, y trabajareis por todas vias de tomar y asentar con los naturales toda buena amistad y paz dando á los Señores y principales que os paresciere las cartas que de Su Magestad llebais para ellos dirigiendoselas primero y cerrandolas, y representarles heis la voluntad y amor que S. M. les tiene, dandoles algunos presentes que os parescan, y haciendoles todo buen tratamiento, y rescatareis con los rescates y mercadurias que llebais, la especia, drogas, oro, y otras cosas de valor y estima de las que hallardes que tienen; y si os paresciere que la tierra es tan rica, y de calidad que debeis poblar en ella, poblareis en la parte y lugar que mas vierdes que convenga, y donde mejor amistad os tubieren, la qual asentareis y guardareis inviolablemente; y si poblado entendierdes que conviene al servicio de Dios nuestro Señor, y de Su Magestad quedaros en aquellas partes en la donde asi poblardes con alguna gente y Religiosos hasta dar aviso dello á Su Magestad y á esta Real Audiencia en su nombre, imbiareis luego á esta Nueva España á la persona, ó personas de confianza, y en el Navio, ó Navios que os paresciere con la nueva y relacion de lo que hobieredes hecho, y de donde quedais trayendo las cosas que hubierdes rescatado, de manera que con toda brebedad, buen recaudo y diligencia posible, vuelvan á esta tierra para que se sepa y entienda la vuelta á ella que es lo que principalmente se pretende, pues se sabe ya que la ida se hace en brebe tiempo, y si acordaredes de dar la vuelta á esta tierra vos en persona, dexando en aquella que poblardes personas en vuestro lugar con alguna gente, y Religiosos, estareis adbertido que el caudillo que dexardes con la tal gente y Religiosos, sea hombre de toda confianza, y que quede bien provehido de lo necesario fasta que sea socorrido: al qual dexareis ordenado que conserve con los amigos la amistad que con ellos quedare asentada, sin hacerles agravio y mal tratamiento, y que esté siempre apercevido y con cuidado, de suerte que por descuidarse no se le pueda recrecer dagno alguno.
Y porque, como sabeis el año pasado[64] de mil y quinientos y quarenta y dos, Don Antonio de Mendoza Visorrey, y Gobernador que á la sazon era en esta Nueva España invió al descubrimiento de las dichas Islas del Poniente al dicho Capitan Rui Lopez de Villalobos con ciertos Navios y gente, el qual habiendo aportado á algunas de las dichas Islas Filipinas, y perdidosele entre ellas algunos Navios, quedaron entre los naturales de las dichas Islas algunos de los Españoles que fueron en su compañia. Y Su Magestad deseando el bien de sus vasallos es servido que se procure de saber si son vivos, y si están entre los dichos naturales; y siendo asi, sacarlos de aquella opresion y ponerlos en su libertad, y traherlos á sus Reynos para hacerles merced, procurareis de saber si hay algunos de los dichos Españoles vivos en algunas de las tales Islas, y trabajareis, aunque sea rescatandolos de los libertar, y traher á vuestra Armada á ellos, y á sus hijos si los tubieren, que dello serán Dios nuestro Señor, y Su Magestad servidos en sacarlos de poder de Infieles, demas que os darán lumbre y aviso de todo lo que han visto y entendido, y hay en las partes donde ellos han estado, y de las demas de que tubieren noticia.
Si llegados al parage de la Isla Nublada, ó de la Rocapartida, ó algo antes, ó despues los tiempos no os dieren lugar para hacer la Navegacion que está dicha en demanda de las Islas Filipinas derechamente, en tal caso correreis desde alli al Noroeste, quarta del Oeste, hasta poneros en altura de treinta y cinco á treinta y siete grados, y puesta en esta altura y punto, desde ahi navegareis derechamente al Poniente, y donde quiera que descubierdes alguna tierra, arribareis sobre ella, y ver que tal es, y que Puertos tiene, y si es poblada, y de gente rica, y de pulicia, y con los naturales della tomareis platica para informaros de las cosas que hay en ella, y para saber si se comunican con otras gentes de otras partes, y que contrataciones tienen, y lo que valen las mercadurias y rescates que llebais, y quales otras serian provechosas, como en el capitulo antecedente, que trata de las Islas Filipinas se declara, por que para lo que se pretende adelante importará mucho que las especias, y drogas sean de estima y valor entre ellos, pues quando S. M. fuese servido de desempeñar las tierras, é Islas del empeño las especias y drogas que hay en ellas, y en su demarcacion se podrian contratar en las partes donde tubiesen mas valor, y para este efecto llebais de todo genero de especies, y drogas para muestra con los demas rescates y mercadurias que se lleban en la Armada, por que de todo se tenga noticia para la contratacion de aquellas partes, como mas la Real Hacienda sea acrecentada; y procurareis toda via de llegaros á las dichas Islas Filipinas, y las demas á ellas comarcanas.
E informaros heis de los naturales destas Islas Filipinas, y de los Españoles que en ellas hubiere, y si algunos hallardes sobre si en ellas ó algunas dellas, ó en otras comarcas se ha hecho alguna poblazon ó Fuerza nueva por los Portugueses despues del asiento que entre Su Magestad y el dicho Señor Rey de Portugal se tomó, ó despues que el dicho Capitan Ruy Lopez de Villalobos llegó á ellas, y hareis la averiguacion que convenga en razon desto resciviendo informacion en forma, la qual trahereis ó embiareis con las primeras cartas y despachos que inviaredes á Su Magestad y á esta Real Audiencia en su nombre.