Los demas yndios que quedaron fuera de la dicha espiriencia que serian en número de otras quarenta personas, pocas mas o menos, dixeron que ternian por mejor de serbir alguna persona que los tratase bien que no de quedar con las condiciones de los otros, por que no se atrevian a las conplir, e por que nos pareció que devian de estar apartados, se depositaron en Juan de Vergara vezino e regidor de aquella villa para que se sirva dellos moderadamente e con ciertas condiciones, mediante las quales fuesen mejor tratados y esten en el dicho depósito hasta tanto que V. Magestad vea de la manera que estan los primeros e los segundos y mande de lo que se haga de los vnos y de los otros, y fueron contentos dello.

Destos segundos que quedaron depositados se sacaron seys personas para dar al bachiller Diego Lopez, dean desta yglesia, en conplimiento de la cédula de V. Magestad que para ello traxo, e por que dixo que al presente no tenia necessidad de tantas personas ni queria tanta costa, se le dieron vna muger e vn mochacho e se le señaló vn onbre para pescador, al qual no hemos podido traer a que le sirva, por que destos yndios los que son de mayor edad ninguno puede estar en nuestra conversacion; al dicho provisor que asimismo tenia necessidad de algun servicio, se le dio otra mujer e otro mochacho e otro se dio al dicho capellan Francisco Maldonado.

Concluydo lo susodicho el provisor e yo juntamente entendimos en saver qué personas otras avia que quissiesen pedir libertad y se les deviese dar conforme a la provision real que para ello nos enbio la enperatriz rreyna nuestra señora, al obispo desta ysla e a mi, la qual mucho antes estava pregonada e notificada en tantas partes que pudo bien venir e vino a noticia de todos los yndios de la tierra, como V. Magestad avra visto por el testimonio que dello le he enbiado.

Al tiempo que se notificó la dicha provision en las minas a todos los yndios que en ellas estavan, quatro o cinco personas onbres ladinos y al parecer medianamente entendidos, dixeron que vernian a pedir la dicha libertad y a ser exsaminados de su capacidad quando supiesen que el provisor e yo fuésemos venidos a la dicha villa de san Salvador para entender en ello, e bien se supo por ellos e por otros muchos en todas las comarcas como el dicho provisor e yo fuymos alli e lo que haziamos, pero no vino ni paresscio ninguno a la pedir.

Un yndio que se dize Diego, navoria de Diego de Ovando, vecino de la villa del Puerto del Principe, avia muchos dias que estava en aquella villa con su muger esperando a pedir la dicha libertad y la pidió, e por que le hallamos mal enseñado en las cosas de nuestra santa fee, avnque en la manera del vivir estava mas desenbuelto, le pusimos con su muger en la conpañia e asiento de los que quedan en la espiriencia para que con ellos sea dotrinado e pague e contribuya como los otros en las cosas que les quedan ynpuestas y fué contento dello.

Pidió libertad otro yndio que se dize Cascorro, de vn pueblo que a mi me esta encomendado cerca de aquella villa, al qual hallamos medianamente enseñado en las cosas de nuestra fee, e parecio venir con buena e santa yntincion, a cuyo rrespeto avnque en todo lo demas estava torpe, le pusimos en conpañía de los dichos libres e no le concedimos que por el pressente llevase consigo su mujer, por que nos pareció que no convenia por algunas cabsas y el fue contento dello.

E pidió libertad otro yndio que se dize Alonso Caveças, natural de la ysla Española, el qual antes mucho tiempo vivia como libre con quien se lo pagaba, o por que nos pareció que su conversacion haria provecho a los demas escogidos, le pusimos en su conpañia con su muger, que tiene a ley de bendicion, y para que como ellos contribuya en las dichas cosas y fue contento dello.

Demas de los susodichos que pidieron la libertad avia otros tres que la avian venido a pedir a aquella villa y nos lo avian hablado antes que llegásemos a entender en ello, e como sintieron o supieron las condiciones que avian de guardar, desaparecieron segun pareció, por que los mandamos buscar para los exsaminar e nunca los hallaron y en esta cibdad asimismo vino otro yndio bien plático é abil al parecer, e dixo que queria ser libre con su muger, e porque yo supe que ella era vieja e yndotrinable le dixe que se la dariamos sin su muger porque en este propósito vna muger vieja destos yndios daña y estraga mas que muchos ombres por malos que sean, e como el dicho yndio vido lo que se le dezia no volvió a pedir mas la dicha libertad.

Averiguóse lo que avian ganado e adquerido los dichos yndios todos que estavan en la espiriencia, por sus jornales e soldadas e la parte que dello se avia retenido para pagar a V. Magestad los tres pesos por cada cabeça como yo les mande notificar la primera vez que los visite, como a V. Magestad e escrito, e pagose dello los salarios que vbieron de aver las personas que los an tenido a cargo; e dióse a los que agora quedan nuevamente en la espiriencia doze pesos de oro en açadones y hachas para su labor, de que pareció que tenian necesidad, e rrestaron veynte pesos de oro que se dieron al thezorero Lope Hurtado para principio del vasallaje que a V. Magestad se ha de dar.

Averiguóse el oro que se metió a fundir por los dichos yndios en el tienpo que los tuvo a cargo Francisco Guerrero, clérigo, y no pareció que los officiales de V. Magestad vbiesen tomado dello mas parte de lo que perteneció a sus rrentas reales, y paresció como lo restante estava gastado e pagado por mandamiento de juez, las quales dichas cosas V. Magestad verá mas largamente por testimonio e testimonios del escrivano ante quien pasaron.