Todos los demas, avnque les amonesté o rogué muchas vezes de mi á ellos que mirasen que lo que tenian se lo avia V. M. dado, que toviesen por bien de socorrer al enperador nuestro señor con lo que pudiesen; no aprovechava nada, aunque les hazia detener en la fundicion el oro que tenian; como esto ví dixeles que me viniesen a responder por antel dicho mi escrivano, y el primero que vino fue el thesorero Lope Hurtado, e dixo que no podia prestar nada si no se lo tomavan por fuerça, porque devia lo que alli tenia en la fundiçion á V. M.; como ove del esta respuesta dí vn mandamiento para suspendelle los yndios por ver sy por aquí les amedrentaria algo y pareçeme que fue mas que miedo el que tovieron, porque luego vinieron todos los que tenian oro en fundicion, que habian respondido de no, a dezir que tomase dellos lo que pudiesen dar, y cada uno dellos dió lo siguiente:

El dicho Manuel de Rojas, quatroçientos pesos de buen oro. CCCC pesos.
Francisco Aguero, dozientos pesos de buen oro. CC pesos.
Francisco Osorio, cient pesos de buen oro. C pesos.
El contador Pedro de Paz, dozientos e veynte e vn peso e vn tomin e siete granos de buen oro y trecientos e veynte pesos de oro de XIX quilates. CCXXI pesos, I tomin, VII granos.
Juan Escrivano, cient pesos de buen oro. C pesos.

Estos lo dieron de voluntad; para los demás fué necesario el ardid.

Lope Franco, cient pesos de buen oroC pesos.
El fator Hernando de Castro, dozientos pesos de oro de XIX quilates. CC pesos.
Bernardino de Quesada, cient pesos de oro de XIX quilates. C pesos.
Antonio Velazquez, sesenta pesos de oro de XIX quilates. LX pesos.
Yo Gonzalo de Guzman dí quinientos pesos de buen oro, los quales dí á sus oficiales como V. M. manda. D pesos.
IƆDCXXI pesos, I tomin, VII granos.

Por manera que monta todo lo que á V. M. se ha prestado mill e seysçientos e veynte e vn peso e vn tomin e siete granos de oro bueno, e seysçientos e ochenta de oro baxo de XIX quilates; de las cartas de V. M. que venian llenas se dieron quatro; quedan en mi poder las dos, la vna para Vasco Porcallo y la otra para Juan de Rojas; de las otras en blanco se an dado diez; faltaron que no prestaron nada, quatro; que son el thesorero Lope Hurtado, Diego de Orellana, Andrés de Parada y Juan Barba; quedan en mi poder en blanco çinco cartas; no las he dado porque hera por demás dallas, por no aver personas enesta cibdad ni avn en las otras villas que tengan posibilidad nada de lo que enellas se pudiese poner, porque ya que algunos sacan oro es tanta su miseria e debdas que ninguno mete a fundir cient castellanos que no deva sobre ellos tres tanto, porque acá tienen mucho ánimo para gastar e muy poca diligencia para granjear; porque crea V. M. que donde menos oro para es en poder de los que lo cogemos, porque las costas de sacallo son grandes y tambien porque creo que quiere Dios que aya menos donde piensan que ay mas.

Suplico á V. M. perdone la poquedad de mi servicio, porque no me fue posible mas, que avn para esto me socorri de mis amigos, yo quedo corrido de no poder cumplir lo que V. M. me mandava en su carta.

Todas estas partidas de oro del enprestado, eceto los quinientos que yo di á los oficiales de V. M., enbio á V. M. en un caxon de madera deregido á los oficiales de la casa de la çontratacion de Sevilla e con ello van asymismo las partidas de los oros siguientes.

De Hernando Cortés van los pesos siguientes:

De oro de XIII quilates. IU. CCXVIII pesos, IV tomines.
De oro sin quilates. CLXXIXI pesos, IV tomines.
De oro de XIX quilates. XVI pesos, VII tomines.
De oro sin ley bermejo. IU. CCCXX pesos, IV tomines.
Son. IIU. DCCCCXV pesos, III tomines.

Metióse á fundir quando a esta ysla se traxo este oro en XXVI de octubre de 1526 años, e salió de todos oros despues de (¿fundido?) e pagados derechos de fundidor y quinto á V. M. lo siguiente: