7. En lo del pregon que vos el dicho almirante me escrivis que se dió sobre lo de los casados por otra my cedula vos envie á mandar que por algunas justas cabsas que aca nos movyeron se suspendyese el dycho pregon hasta tanto que vos enviaremos á mandar lo que en ello se avya de hacer porque aca paresce cosa recya sy al tienpo que esta recibierdes la dicha cedula no fuere llegada debeys tornar á dar otro pregon por el cual se declare que lo suspendéys hasta tanto que yo vos envie á mandar lo que sobre ello debeys hazer porque aca yo lo entiendo mandar ver é proveer sobre ello lo que se hallare que mas convenga al bien é utilidad de la ysla é de los vecinos é tratantes en ella y enviadnos el testimonio de como se pregonó.

8. El pregon que allá ficistes dar sobre la está de los conversos y extrangeros en esa ysla para que se guardase la prematica é mandamiento que sobre ello vos hemos enviado ha sydo muy bien fecho y vos el dicho almirante debeys tener mucho cuydado como lo suso dicho se guarde é cunpla é que ninguna persona de las susodichas proyvidas esten en las dichas islas so las penas que les estan puestas ecebto su sobrino de Bernardino de Grimaldo y á los que contra ello fueren esecutad vos el dicho almirante en sus personas é bienes las penas que estan declaradas y lo mismo se debe hacer en lo que toca á la prematica de los consejos y hacedme saber como sea conplido.

9. A lo que decis que enviareis relacion verdadera del repartimiento de los terminos desa isla é si conviene mudar algunos pueblos que diz que ay demasiados en ella para que yo mande lo que enello se haga está muy bien y para que mejor se entienda el dicho repartimiento de los terminos enviadme relacion particular de todos los vecinos é moradores de cada lugar poniendolos por sus nonbres y diciendonos cuantos son y esta deveys enviar lo mas presto que ser pueda.

10. Mucho me ha placido saber lo que escrevis que se comenzaba ya la yglesia de la villa de Santiago y paresceme que abastara por agora que se haga de una nave sola y que sea de manpuesto é las esquinas de piedra labrada con sus arcos y cubiertas de madera y porque yo deseo que las yglesias desa isla se hagan luego para que mas presto se puedan acabar porque en cada pueblo puedan tener el santo sacramento es mi voluntad que todo lo que se ubiere de los diezmos desa isla asi de las debdas recargadas como de lo que se cogiere de aqui adelante hasta que vayan los perlados se gaste en ellas y demas desto quiero que los cuatro mil é quinientos pesos que Luis de Liçaraço traya para nos que decia que eran de las rentas de los diezmos que vos Pasamonte los torneys á tomar de nuestras rentas para los gastar en las dichas yglesias y porque á mi es fecha relacion que alla ay necesidad de calices é ornamentos para las yglesias será bien que vos el dicho Miguel de Pasamonte envieys con el navio primero que viniere á los nuestros oficiales de la casa de la contratacion de las indias que reside en esta ciudad de Sevilla mil pesos de oro de los dichos diezmos para que dellos conpren calices é ornamentos conforme al memorial que vosotros les enviardes y debeysles enviar memorial de lo nescesario hasta en aquella contia de los dichos mil pesos.

11. Ansi mismo me parece bien lo que decis de la fortaleza de la Concibicion debeys mirar que no se gaste en ella sino lo que fuere nescesario para que se haga otra tal como la de Santo Domingo en cuanto al gasto de ella.

12. Tengos en servicio lo que escribis de las minas que se caban para nos y todavia seré muy servido que en ellas se pongan todos los indios que se pudieren sostener y que sean de los mejores desa ysla como es razon y que cada uno de vosotros ayude en lo que pudiere para que se saque dellas todo el mas oro que ser pudiere y porque á mi es fecha relacion que las minas de San Cristobal no son tan buenas como las de Cibao y que conviene á nuestro servicio que se muden los indios é esclavos que para nos hubieren de cabar las dichas minas de Cibao, por ende yo vos encargo é mando que luego vos junteys y enbieis por Bartolome de Sanpedro como veedor de las dichas minas y fagays llamar personas de las que mas saben en estas cosas de las minas é si fallardes que será mejor y mas provechoso pasar nuestros indios é esclavos á las minas de San Cristobal deys orden como se pasen de la manera que mas cunpla á nuestro servicio.

13. La manera que decis que se ha tenido para cobrar nuestras debdas del alcance de Santa Clara aunque aca ay tanta necesidad del dinero cuanta se puede decir porque los vecinos desa ysla no sean fatigados me ha parecido bien procureys tener mucho cuydado para que conforme á la orden que escribys se acaben de cobrar las dichas debdas lo antes que ser pueda.

14. Bien me parece lo que respondeys á lo que os mande escribir que no consyntiesedes vos el almirante estar en esa isla ninguna gente valdia syno que procurasedes que todos anduviesen en las minas y en sus grangerias pero todavia os lo torno á encomendar mucho que lo procureys con mucha diligencia.

15. Cuanto á lo que decis que se pone mucho recabdo para que no haya fraude en el oro que se coje debese poner mejor que hasta aqui porque á mi es fecha relacion que alguno ó algunos de los que han hecho fraude en ello no han sido castigados como era razon y que el alcalde Carrillo dió cierto mandamiento de que fuimos deservidos y es razon que vos el dicho almirante lo castigueis de manera que otro no tenga tal atrevimiento y pues vedes cuanto va á nuestro servicio en que aya gran recabdo para que no se pueda hacer fraude por ser servicio mio que se ponga en ello muy gran recabdo é deligencia é que vos el dicho almirante deys todo el favor que fuere menester para en las cosas de nuestra hacienda.