Paseo de San Vicente, 20


1890


ENSAYO HISTÓRICO
SOBRE LA
LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS ESPAÑOLES DE ULTRAMAR

I.
INTRODUCCIÓN.

Es opinión por nadie contradicha, y puede en consecuencia elevarse á la categoría de verdad inconcusa, que las leyes que dió España á sus posesiones de Ultramar son uno de los más gloriosos monumentos de su historia nacional; no sólo con un fin práctico, sino también para penetrar su espíritu, desde la segunda mitad del siglo XVI empezaron á formarse copilaciones de esas leyes, y más tarde obras que tenían por objeto desentrañar su sentido y exponer en forma metódica sus disposiciones: el licenciado Antonio Maldonado, fiscal de Méjico, fué el primero, al decir de León Pinelo, que emprendió el trabajo de coleccionar las leyes de Indias, pues se despachó cédula á favor de su obra en 1556; pero no se sabe que la terminase, ni ha visto la luz pública, ignorándose en la actualidad su paradero.

Siguió á éste el doctor Vasco de Puga, oidor de la misma Audiencia de Méjico, por encargo del virrey D. Luis de Velasco, limitándose á reunir las cédulas y demás disposiciones que halló, de las despachadas desde el año de 1525 hasta el de 1563, en que imprimió su libro.

Empezóse por mandado de Felipe II, en 1570, aunque se ignora por quién, una recopilación de leyes análoga y con igual método al que se siguió para la Nueva Recopilación en el Consejo de las Indias, y se imprimió su principio en 1593, según consta de su título ó portada; el libro primero se terminó, y se conservaba m. s. en los archivos del Consejo, pero no llegó á imprimirse completo, y la obra no pasó adelante.