(Madrid, 14 de Febrero de 1510.)—Real cédula á los oficiales de la contratacion para que reconozcan á todos los que pasan á Indias, y otras cosas en contestacion á su carta de 19 de Diciembre. (A. de I., 139-1-4 lib. 2.º, fol. 103.)
El Rey=nuestros oficiales dela casa dela Contratacion de las yndias que Resydieis en la cibdad de Sevylla vi vuestra letra de 19 de Dizienbre del año pasado ala qual no se ha podido Responder hasta agora por las muchas ocupaciones que ha avido ha seydo bien proveydo esperar a enbiar nuestras cartas alas yndias en la nao de Diego deva surto pues alli van a buen Recabdo y duplicarse han como dezis para que en otro nabio se enbien.
lo que aveys fecho en lo dela paga de vicente yañez e gente de su capitania e de juan diaz de Solis esta bien y ansy mismo lo de los difuntos e pues dezis que de aquella manera se acostumbrava hazer se gaste ansy de aqui adelante y en lo dela paga delo que el vehedor Alonso paez ya difunto ovo de aver deste viaje pues no se ha dado quenta de lo que llevo a cargo no se pague hasta que la aya dado o se vea lo que quedo debiendo dello.
en lo que toca á juan diaz de estar preso en la carcel de la corte e determynarse ha delo que fuere justicia y parezceme muy bien todo lo que en ello dezis.
las muestras delos guanines que enbiastes con lorenço pinelo se recibieron aca por my mandado.
en lo de los maestros canteros para la obra delas yglesias de la española por my servicio deys mas pryesa en tomar asyento con ellos y enbiarlos porque desto ay nescesydad y ansy mismo en lo de enbiar del trigo y centeno que se ha de llevar.
tengo os en servicio el cuydado que tovistes de me avisar sobre lo de las quinientas mill maravedis que se pagaron en esta casa de nuestra hazienda por las bulas del Arzobispado e obispado delas yndias y por el palio y con la presente vos envio mi carta para que alla se cobren delos diezmos y las enbien como vereys solicitaldo hasta que se haga y avisadme dello.
ansy mismo os tengo en servicio el cuydado que dezis que teneys de mirar y examinar los que pasan alas yndias porque no vaya ninguno delos que por nos estan proybidos y ansy vos encargo e mando lo continueys con mucho cuydado e lo mireys como cosa que tanto ynporta al servicio de Dios e mio de manera que no pase ningund contra lo que tenemos mandado.
en lo delos esclavos y plata labrada ya por otra mi carta avreys visto que vos enbie á mandar que enbiasedes cinquenta esclavos para lo delas minas aquellos se enbien luego y demas dellos otros cinquenta para vender porque my voluntad es que se enbien en nuestro nonbre fasta en numero de doszientos esclavos y que vayan poco a poco y lo mas presto que ser pueda y bien me parezce lo que dezis de escrivir alos oficiales que Resyden en la española que vos enbien memorial delas Armas de que alla ay nescesydad porque conforme alo que escriviere se provea y ansy vos mando que se haga.
todavia tened cuydado de me enbiar lo mas presto que ser pueda los traslados delas hordenanças desa casa como vos lo he enbiado a mandar y para ynformar de palabra de algunas cosas que por escripto no podreys ynformar de venir uno de vosotros con la dicha ynformacion y este sed vos el fattor ochoa de ysasyga pues agora soys el menos ocupado y teneys mejor disposicion para venir que nynguno.