Cesáreo Fernández Duro.


NÚMERO 1.

(Año de 1506.)—Apuntamiento para el Consejo de Indias de las provisiones del Almirante que se encontraron.—(Acad. de la Hist., colec. Muñoz, t. LXXV, fol. 73.)[4].

Entre otras cosas quitadas, una fué en que se mandaba: «Que los navíos que viajaren á Indias sin licencia de SS. AA. fuesen confiscados, y la tercera parte para el Almirante.»

Enmendóse una en que se decía: «No valiese lo que se tratase cerca de la negociacion de Indias faltando la persona puesta por el Almirante.» Quedó: «Que el Almirante pudiese poner persona para entender juntamente con las puestas por SS. AA.» Mostróse agraviado el Almirante.

Otra: «Que el Almirante cobrase octavo y décimo por cierto tiempo, aunque no haya contribuído con las costas.» Fué la enmienda en que él quería sacar primero el octavo, y se mandó fuese primero el décimo, e pagando las costas que haya el octavo, según la capitulación. También se agravió.