E despues de lo suso dicho, en Jueves nona, dies é syete dias del dicho mes de hebrero del dicho año, pareçió el dicho canonigo, Luis de Soria, é presentó un poder del dicho don Diego Colon que presenta aver pasado ante Manuel Sygura escrivano publico desta dicha cibdad, en veynte é un dias del mes de abril de mill é quinientos é nueve años, su thenor del qual dize en esta guisa[17].
E despues de lo suso dicho, en la dicha cibdad de Sevilla veynte é tres dias del dicho mes de hebrero del dicho año de mill é quinientos é treze años, ante el dicho señor teniente, pareçieron los dichos Ochoa de Ysasaga, comendador, y el dicho contador Lope de Recalde, en el dicho nonbre, é presentaron por testigos á Diego de Porras, pagador de Melilla, vezino desta dicha cibdad, del qual fué recebido juramento por Dyos é por Santa Maria é por las palabras de los Santos evangelios sobre la señal de la cruz, en que puso su mano derecha, so virtud del qual prometio de dezir verdad de lo que supiere e le fuere preguntado en esta razon, ques presentado por testigo.
E despues de lo suso dicho en la dicha cibdad de Sevilla, dies é ocho dias del dicho mes de março del dicho año, ante el dicho señor teniente, pareçieron los dichos comendador Ochoa de Ysasaga y el contador de Recalde é presentaron por testigos en la dicha razon á Diego Cabeçudo é á Diego Martin Barranco é á Pedro de Ledesma, de los quales é de cada uno dellos fué recibido juramento, etc.
E despues da lo suso dicho en la dicha cibdad de Sevilla veynte e un dias del dicho mes de março del dicho año de mill e quinientos e treze años, ante el dicho señor teniente parescieron los dichos comendador Ochoa de Ysasaga y el contador Lope de Recalde e presentaron por testigos en la dicha razon á Juan de Noya, tonelero, e a Martin de Arriera Tonelero, e a Viçente Añez Pinçon, e a Francisco de Porras, de los quales e de cada uno dellos fue recebido juramento en forma de derechos, etc.
E despues de lo suso dicho en la dicha cibdad de Sevilla miercoles seys dias del dicho mes de abril del año de mill e quinientos e treze años, paresçio el dicho comendador Ochoa de Ysasaga en el dicho nonbre, e presento por testigos en la dicha razon, juntamente con el dicho contador, a Ambrosyo Sanches, e a Juan Quexo, e a Juan Rodrigues, piloto, de los quales e de cada uno dellos fue recibido juramento en forma de derecho, etc.
E despues de lo suso dicho, en la dicha cibdad de Sevilla honze dias del dicho mes de abril de dicho año, antel dicho señor teniente, paresçio el dicho comendador Ochoa de Ysasaga e presentó por testigo a Juan Quintero, del qual fue recibido juramento en forma, etc.
Lo que los dichos testigos dixeron e depusieron por sus dichos e depusiciones, siendo preguntado por las preguntas del dicho ynterrogatorio y el ynterrogatorio por donde se esaminaron es lo syguiente:
Las syguientes preguntas sean hechas á los testigos que fueren presentados por el procurador fiscal de vuestra Alteza en el pleyto que tiene con el almyrante de las Indias[18].
Diego de Porras, I testigo.