A la honze pregunta dixo, que dize lo que dicho tiene y en ello se afirma, e dixo que no sabe escrebir.—Christobal Matute, escrivano de su Alteza.

E asy tomados e rescebidos los dichos testigos en la manera que dicha es, el dicho Alonso de Mora, en nombre del dicho Almirante dixo, que pedia e pidio por testimonio todo lo suso dicho para guarda e conservacion de su derecho e de el dicho su parte, y el dicho señor teniente se lo mando dar firmado de su nonbre e firmado e signado de mi el dicho escrivano que es fecho, e paso en los dichos dia e mes e año de mill e quinientos e catorze años.—El Bachiller Peñalver.

E yo Cristobal de Matute, escrivano de la Reyna nuestra señora e su escrivano e notario publico en la su corte e en todos los sus Reynos e señorios, e escrivano que soy en el oficio y juzgado del dicho señor teniente, lo fize escrevir e fui presente en todo lo que dicho es e por ende fize aqui este mio sygno a tal en testimonio de verdad.=Cristobal Matute.=En la cibdad de Segovia, á syete dias del mes de Junio de mill y quinientos e catorze años, la presento Juan de la Peña, en nombre del Almirante de las Indias.


49.

(Año 1514.—Marzo 28, Madrid.)—Juan de la Peña, en nombre del Almirante D. Diego Colón, pide nueva prórroga para presentar probanzas.—(A. de I., 1-1-4/11. Pza. 5, fol. 29.)

Juan de la Peña, en nonbre del Almirante de las yndias digo, que ya sabe V. A. como en el pleyto que my parte trata con el fiscal sobre lo del Darien, mandó recebir á prueva y se han dado ciertos terminos al dicho fiscal y el postrimero de los dichos terminos se cunple presto, y el dicho my parte por la calidad del negocio y distancia de la tierra no ha podido acabar de fazer su provança: suplico á V. A. mande prorrogar otro año de termino por quarto plazo ó en aquella mejor forma y manera que oviere lugar, para lo qual ynploro vuestro Real oficio, y juro á Dios y á esta señal de cruz ♰, en anima de mi parte, demas y allende de ser abtor, que esta prorrogacion non pido maliciosamente.=Peña.

En la villa de Madrid, veynte é ocho dias del mes de Março de myll é quinientos é catorze años, la presentó en el Consejo de su Alteza el dicho Juan de la Peña en el dicho nonbre, é los señores del Consejo de su Alteza mandaron dar treslado al fiscal. En Madrid XXIX del dicho año, lo notifique al licenciado Pero Ruiz, fiscal de su Alteza, en su persona, é pidio traslado é se lo di.=Hay una rubrica.