«de la carta para que uno pueda traer ciertas armas e las armas que quisiere pintadas pague al sello ciento e cinquenta maravedis.»

«de la carta por donde nos hizieremos a alguna villa cibdad lleve el sello quatrocientos maravedis e sy nos hizieremos a alguna aldea villa pague dozientos maravedis.»

«quando nos hizieremos a algund judio Rabi o viejo de aljama general o a algund moro alcalde de los moros general e sin limytacion de tiempo o por su vida demas e allende de los seyscientos maravedis que a nos a de dar e pagar pague por la carta al sello dozientos maravedis pero sy fuere por cierto tiempo pague la mytad e sy fuere para una cibdad o villa señaladamente syn limytacion de tienpo pague cient maravedis e sy fuere por limytacion de cierto tienpo pague cinquenta maravedis.»

«sy nos mandaremos dar nuestra carta en que confirmaremos alguna abenencia e canbio fecha entres partes si fuere de conçejo o cabildo o perlado o monesterio o aljama o otra hunyversidad que pague el tal concejo o cabildo o perlado o monesterio o aljama por la carta al sello ciento e cinquenta maravedis sy fuere de un ome con otro pague cinquenta maravedis cada uno e sy fuere de un conçejo o cabildo o monesterio o aljama con ome que pague el conçejo o la tal hunyversidad o perlado ciento e cinquenta maravedis y el monesterio cinquenta maravedis.»

«por nuestra carta que fuere dada executoria sobre termynos pague el conçejo por quien fuere dada la sentencia por la tal carta al sello ciento e veynte maravedis quier haya sido dada la sentencia o carta contra el conçejo o contra persona.»

«e sy fuere dada la sentencia entre dos personas sobre termynos pague el ome que llevare la carta sesenta maravedis.»

«quando nos mandaremos dar nuestra carta para alguna persona que saque destos nuestros Reynos cavallos o Rocines pague por cada cabeça por la tal carta al sello ciento y veynte maravedis.»

«e por la yegua o mula o muleta o haca pequeña pague por cada cabeça cinquenta maravedis.»