Si bien que no tanto aquella Gral. práctica de todo el Reyno (q.ᵉ efectivam.ᵗᵉ pido ratificarme en el concepto de ser tales vayles, á lo menos indiferentes) quanto el contener algunos desórdenes de estos mismos dias, me indujo á permitirlos en el determinado tpo. de Carnaval, sugetando así las diversiones en casas particulares, y de muchas familias, q.ᵉ se retiraban al campo á un punto de vista de todos los jueses y cavos militares encargados bajo de determinadas reglas y precauciones, de asegurar decente y honesto uso, y de ocurrir con prontitud á males y desarreglos, como lo expuso al Consejo por mi Representación de 20 de Abril del año pasado, instruído con la correspond.ᵗᵉ información, á que me remito. Todo lo q.ᵉ pongo en la noticia de Vd. para que se sirva pasarlo á la de S. M.
Nro. Sor. gue. á Vd. ms. as.
B.ˢ Ay.ˢ, 26 de Abril de 1774.
(Archivo General de la Nación.—Correspondencia de Vértiz. Año 1774).
NUMERO 3
El Gob.ᵒʳ de B.ˢ Ay.ˢ, en satisfacción de la R.ˡ Orn. de 14 de Enero ult.ᵒ, encargándole aplique su celo á remediar el escandaloso desarreglo de costumbres que domina en aquella Capital y otros Pueblos auxiliando las provid.ᵃˢ que el Rev.ᵈᵒ Obispo y sus curas dirijan, hace pre.ᵗᵉ los infundados motivos que han dado mérito para estos Informes al V. Confesor del Rey; expresando las provid.ᵃˢ con q.ᵉ ha acreditado la extinción de los excesos q.ᵉ se distinguían, y propendido al sosiego, tranquilidad y adm.ⁿ de Justicia en aquella Prov.ᵃ.
(Abril 26 de 1774)
Exmo. S.ʳ B.ᵒ fr. Dn. Julián de Arriaga.