Vertiz.
Hay rúbrica.
EL REY.
Habiendose dignado la Divina misericordia conceder el beneficio, que con humildes ruegos implorabamos, del feliz y dichoso parto de la Princesa, mi muy Cara y amada Nuera, dando á luz una Infanta á las seis menos quarto de la mañana del dia diez del mes de Enero de este año, á la cual se ha puesto el nombre de Maria Amalia continuandola en la salud y buena disposicion, en que se halla, obligó este suceso á mi debido reconocimiento á tributar á Dios las mas rendidas gracias por sus misericordias, y benigna proteccion, con que nos favorece; y siendo igualmente este beneficio de singular consuelo á mis Reynos y Vasallos, he mandado, que general y particularmente concurran con el fervor y devota disposición, propia de su amor y religioso zelo, á rendir á su Divina Magestad las mas debidas gracias y lo he comunicado á mi Consejo de las Indias por un Real Decreto de dicho dia diez para su cumplimiento en la parte que le tocase; y en cuya consecuencia, por esta mi Real Cedula mando á mis Virreyes, á los Presidentes, Reales Audiencias, Gobernadores y Ciudades de aquellos distritos y de las Islas Filipinas; y ruego y encargo á los Prelados de ellos, assi Diocesanos, como Regulares, que cada uno en su respectiva Jurisdiccion lo haga publicar, para que todos me ayuden á dar á su Divina Magestad las mas debidas gracias, conforme en tales casos se acostumbra, por la singular piedad con que atiende á esta monarquía: lo cual es mi voluntad executen tambien por su parte el Presidente y Oidores de mi Real Audiencia de la Contratación en Cadiz; el Tribunal del Consulado de aquella Ciudad y el Juez de Indias en Canarias.
Fecha en el Pardo á veinte y quatro de Enero de mil setecientos setenta y nueve.
Yo El Rey.
Por mᵈᵒ. Del Rey nro. Sᵒʳ.
Para que en los Reynos de las Indias se den á Dios las debidas gracias por el nacimiento de la Infanta Doña Maria Amalia, hija de los Serenisimos Principes de Asturias.