I asi estos Mros. no tubieren titulo por ser de algunas Ciudadᵉˢ. donde no hay gremios forsosamente deberan ser examinados si quisieren incorporarse procediendo las mismas diligencias y pasando los mismos dros. arreglados por el articulo primero del Capitulo Segundo y en los dos articulos del Capᵒ. tercerᵒ., declarandose qᵉ. para incorporarse los Maestros de otros lugares aunqᵉ. tengan titulos han de pagar por dros. de su incorporasᵒⁿ. los mismos qᵉ. quedan referidos.
CAPITULO SEPTIMO
NOMBRAMIENTO Y DERECHOS DEL TESORERO DEL GREMIO
No pudiendo subcistir ningun Gremio Cuerpo u Universidad sin fondos correspondientes para socorro de las nececidᵉˢ. comunes quedan establecidos los dros. de que debe resultar este interes y para qᵉ. pueda conservarse en la Guarda y custodia necesaria se formara area bien segura con dos llaves donde se debera entrar todo el caudal.
Como se espera qᵉ. en lo subcesivo se aumentaran intereses mui conciderables: es forzoso nombrar persona no solo de conducta sino de correspondientes bienes para que pueda responder por las Cantidades qᵉ. reciviera y para qᵉ. en ningun tiempo pueda dudarse si poceía estas qualidadˢ. la persona qᵉ. tomase esta incumbencia procederan a su nombramᵗᵒ. todos los Maestros del Gremio entendiendose qᵉ. por este mismo hecho quedan responsables todos ellos en la misma forma qᵉ. el tesorero para cuia inteligᵃ. assi declara.
I para evitar argumentos y diferencias en el acto del nombramᵗᵒ. se practicara la elecion en forma siguiente. Cada Mro. asentara en una Esquela el nombre de qⁿ. elige por tesorero y cada uno separadamᵗᵉ. entregara la suia al Escrivano del Gremio para qᵉ. las pase todas juntas á casa del Director del Gremio.
I en presencia de los dos maestros maiores se hara el escrutinio por el Escrivano y sera tesorero el qᵉ. fuese nombrado pʳ. pluralidad de votos.
Immediatamᵗᵉ. pasara la eleccion el Escrivano del Gremio al del Cavildo pᵃ. qᵉ. haciendola presente al Ayuntamiento se apruebe desde cuio tiempo sera havido y reconocido por tal Tesorero. En su poder ha de estar la Caja del Deposito esto es en su Casa si fuese segura o en la de qualᵃ. otro Mercader que el quisiere quedandose con la llave y la otra quedara en poder del Escrivano del Gremio.
Todos los años en el día 8 de Enero se ha de proceder a nueva eleccion de Tesorero guardandose la misma forma establecida.
I porqᵉ. la guarda y custodia del dinero debe tener su correspᵗᵉ. recompensa se les señala uno y medio por ciento de dros. pʳ. razon del depositto.