Rizal es el organizador de la Liga Filipina; el autor de sus Estatutos; el Presidente y orador de la reunión celebrada en casa de Doroteo Ong-junco, en la cual alentó á los concurrentes para agruparse organizados y trabajar unidos en persecución de
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la libertad y de la independencia filipina; el que en Dapitan recibía emisarios que solicitaban sus instrucciones y concurso, participándole que el pueblo se preparaba á la rebelión, cual á un Soberano se dieran noticias relativas á la situación y aspiraciones de sus súbditos; el que, en verdad, rechazaba la insurrección, pero no por criminal, sino por prematura y de éxito inseguro por carencia de los elementos precisos para la lucha; el que, finalmente, en escritos presentados durante la sustanciación de esta causa y unidos á la misma, declara reconociéndose, implícitamente, jefe de los enemigos de España, que el movimiento revolucionario se ha fraguado á sus espaldas y es digno de reprobación por los medios que emplea y por lo absurdo que es pensar en el triunfo sin cultura y sin recursos para lograrlo.
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Con esta intervención de Rizal, que resulta probada; con ésta su actitud y con tales antecedentes, igualmente probados por propia confesión y declaraciones testificales, ¿es D. José Rizal promovedor é inductor de la actual rebelión, en que como combatiente no ha tomado parte?
La respuesta afirmativa se impone, porque la inducción es directa y ejecutiva cuando por su naturaleza y condiciones pueda ser eficaz para determinar el agente; y aquí, la constante propaganda en masas ignorantes, crédulas, casi hipnotizadas por Rizal, ha producido el hecho de la rebelión fatal y necesariamente, como se produce la llama en el alcohol si se arroja una cerilla encendida, aún cuando después de arrojada pretenda el que la arrojó
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apagar el incendio definitivamente, ó para reproducirlo más tarde. Rizal, como todos los revolucionarios, ha promovido la rebelión sin precisar el momento en que había de estallar; que fuera antes ó después, poco importa. Es la consecuencia de un trabajo deliberadamente emprendido y que da sus frutos tempranamente.
Está, pues, bien calificado Rizal como promovedor del delito de rebelión consumado por medio del de Asociación ilícita; y es justa la sentencia que por sus propios fundamentos procede aprobar, disponiendo que se ejecute pasando al repetido Don José Rizal y Mercado Alonso por las armas, en el sitio y hora que V. E. tenga á bien designar, y con las formalidades que establece el 2º párrafo del art.o 637 del Código de Justicia Militar.
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