Del T:

1o Llevará un registro de los nombres nuevos de los A que forman su C.

2o Rendirá estricta cuenta, cada mes, de las cuotas recibidas, anotadas por los mismos A, con sus contraseñas particulares.

3o Dará un recibo, y hará que lo anote en el registro con el mismo puño y letra del donante todo donativo que exceda de un peso y no pase de cincuenta pesos.

4o El Tp conservará en la caja del Cp la tercera parte de las cuotas recogidas para las necesidades del mismo. El resto, cuando ascienda á diez pesos, lo entregará al TP, enseñándole su registro y escribiendo él mismo en el registro del TP la cantidad entregada. El TP dará entonces un recibo; y si está conforme con las cuentas, pondrá en el registro del otro su visto bueno. Iguales procedimientos se seguirán cuando el TP entregue fondos al ST, que pasen de diez pesos.

5o El TP retendrá de las cantidades á él entregadas por los Tp una décima parte para los gastos del CP.

6o Cuando algún A quiera dar á la LF una suma que exceda de cincuenta pesos, los depositará en Banco seguro, bajo su nombre vulgar, y entregará después el recibo al T que mejor le parezca.

Del S:

1o Dará cuenta en cada reunión de lo que se ha dispuesto y anunciará lo que se haya de hacer.

2o Redactará la correspondencia del C. En caso de ausencia ó imposibilidad, toda autoridad nombrará un sustituto, hasta que el C ponga [otro] en su lugar.